INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN

Disposición 14/2024

DI-2024-14-APN-DPYC#INTI

Villa Lynch, Buenos Aires, 07/05/2024

VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2024-45343150-APN-DA#INTI, el Decreto-Ley N° 17.138 de fecha 27 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley N° 14.467, las Resoluciones del CONSEJO DIRECTIVO Nros. 8 de fecha 16 de marzo de 2018 y 3 de fecha 30 de enero de 2021, la Disposición de la DIRECCION DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACION N° 10 de fecha 17 de abril del 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467, se creó el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), como organismo descentralizado actuante en el ámbito del ex MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIA.

Que por la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO Nº 8/18, se fijaron las pautas generales para determinar la metodología de costeo, arancelamiento y bonificaciones otorgables sobre los servicios a ser aplicados por el sistema de Centros de Investigación y Desarrollo y los Programas del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), con excepción de aquellos que están regulados por reglamentaciones y/o disposiciones específicas.

Que mediante el artículo 2° de la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 3/21, se autorizó a la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN, a actualizar los valores de los aranceles de los servicios regulados y no regulados (sistematizados y no sistematizados), de conformidad con la metodología de arancelamiento establecida por el Anexo I de la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 8/18.

Que por la Disposición de la DIRECCION DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACION N° 10/24, se actualizaron a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina (19 de abril de 2024), los aranceles correspondientes a los servicios prestados por el Servicio Argentino de Calibración y Medición (S.A.C.), que conforman la oferta tecnológica que brinda el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), de conformidad al Anexo I (IF-2024-36023341-APN-SOIYC#INTI) que forma parte integrante de la citada Disposición, y que fueran establecidos oportunamente mediante la Disposición de la DIRECCION DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACION N° 4/24.

Que mediante el IF-2024-45491096-APN-GOMYC#INTI obrante en el orden número 2 de las actuaciones citadas en el VISTO, el Departamento de Desarrollo de la Infraestructura de la Calidad, dependiente de la GERENCIA OPERATIVA DE METROLOGÍA Y CALIDAD, informó acerca de la necesidad de otorgar a los laboratorios supervisados por el Servicio Argentino de Calibración y Medición (S.A.C.) del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), un plazo para que puedan adecuar su oferta a la actualización de los aranceles dispuesta por la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN a través de la Disposición N° 10/24.

Que en atención a ello, corresponde modificar el artículo 1° de la Disposición de la DIRECCION DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACION N° 10/24, de manera que la actualización allí dispuesta entre en vigencia a partir del 1° de junio de 2024.

Que la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INVERSIONES Y COSTOS, mediante la PV-2024-45523564-APN-SOIYC#INTI obrante en el orden número 4, la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN, mediante el IF-2024-45532149-APN-DPYC#INTI obrante en el orden número 5, la DIRECCIÓN OPERATIVA, mediante el IF-2024-45617722-APN-DO#INTI obrante en el orden número 8, la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, mediante el IF-2024-46387047-APN-DA#INTI obrante en el orden número 12, y la GERENCIA OPERATIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, mediante la PV-2024-46420622-APN-SOAYF#INTI obrante en el orden número 14, han tomado intervención sin tener objeciones que formular.

Que la GERENCIA OPERATIVA DE ASUNTOS LEGALES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2° de la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 3 de fecha 30 de enero de 2021.

Por ello,

EL DIRECTOR DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Modifíquese, el artículo 1° de la Disposición de la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN N° 10/24, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 1°.- Actualícense, a partir del 1° de junio de 2024, los valores de los aranceles correspondientes a los servicios prestados por el Servicio Argentino de Calibración y Medición -S.A.C.-, que conforman la oferta tecnológica que brinda el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), los que como Anexo I (IF-2024-36023341-APN-SOIYC#INTI) forman parte integrante de la presente Disposición.”

ARTÍCULO 2°.- Póngase oportunamente en conocimiento del CONSEJO DIRECTIVO.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, notifíquese a la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INFORMÁTICA, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Roberto Srour

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/05/2024 N° 27673/24 v. 09/05/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)