MINISTERIO DEL INTERIOR

Resolución 92/2024

RESOL-2024-92-APN-MI

Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-35712690- -APN-DGDYL#MI, la Ley N° 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias y las Disposiciones Nros. 2 de fecha 30 de junio de 2022 y 13 de fecha 3 de noviembre de 2022, ambas de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL, y

CONSIDERANDO:

Que por el documento OJ-2024-35817505-APN-DEYCE#MI se importó al Sistema GDE el Oficio Judicial que contiene el Expediente “S” 39/2015 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito RÍO NEGRO s/eleva anteproyecto de subdivisión de circuito electoral N° 63 General Roca (sección electoral 12)”, remitido por la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL.

Que se ha puesto en conocimiento de la propuesta en trámite a todos los partidos políticos reconocidos en el distrito pertinente.

Que en virtud de lo dispuesto por la Resolución N° 39 de fecha 7 de febrero de 2019, la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL resolvió aprobar el proyecto de subdivisión del circuito 63 y la creación de los circuitos 6300, 6301, 6302, 6303, 6304, 6305, 6306, 6307, 6308, 6309, 6310, 6311, 6312, 6313, 6314 y 6315, correspondientes a la sección electoral 12 (General Roca) y del circuito 71B de la sección electoral 13 (El Cuy), distrito RIO NEGRO.

Que mediante la Disposición N° 2/22, y su rectificatoria N° 13/22, ambas de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL, se ordenó la publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA -por el plazo de DOS (2) días- del extracto del Informe Técnico N° IF-2020-73952502-APN-DEYCE#MI, elaborado por la Dirección de Estadística y Cartografía Electoral, dependiente de dicha Dirección Nacional, encontrándose cumplido lo ordenado en el inciso 2 del artículo 40 del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 de fecha 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, en cuanto se refiere a la publicación del respectivo informe técnico.

Que agotado el plazo dispuesto por dicha norma, y no habiéndose verificado observaciones a la propuesta en trámite, corresponde aprobar el proyecto de demarcación de circuitos electorales elaborado por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de RIO NEGRO y remitido por la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL en el marco del Expediente “S” 39/2015 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito RÍO NEGRO s/eleva anteproyecto de subdivisión de circuito electoral N° 63 General Roca (sección electoral 12)”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha intervenido en el ámbito de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 40, del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 de fecha 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la subdivisión del circuito 63 y la creación de los circuitos 6300, 6301, 6302, 6303, 6304, 6305, 6306, 6307, 6308, 6309, 6310, 6311, 6312, 6313, 6314 y 6315, correspondientes a la sección electoral 12 (General Roca) y del circuito 71B de la sección electoral 13 (El Cuy), elaborado por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de RIO NEGRO y remitido por la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL en el marco del Expediente “S” 39/2015 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito RÍO NEGRO s/eleva anteproyecto de subdivisión de circuito electoral N° 63 General Roca (sección electoral 12)”.

ARTÍCULO 2º.- Procédase a la actualización de la información cartográfica pertinente por medio de la Dirección de Estadística y Cartografía Electoral, dependiente de la Dirección Nacional Electoral de la SECRETARÍA DE INTERIOR de este Ministerio.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-

Guillermo Francos

e. 10/05/2024 N° 27929/24 v. 10/05/2024