MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 385/2024
RESOL-2024-385-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 17/05/2024
VISTO el Expediente EX-2024-41939446- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J.
y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus
modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828
del 27 de septiembre de 2019 y N° 549 de fecha 19 de agosto de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que, ante la FISCALÍA FEDERAL DE PASOS DE LOS LIBRES Provincia de
CORRIENTES, interinamente a cargo del Doctor Fabián Aníbal MARTINEZ,
tramita el expediente Caso Coirón N° 15961/2022, caratulado “DOS
SANTOS, Williams- LOPEZ VIELMO, Hilson – LOPEZ VIELMO, José Anderson S/
LESIONES GRAVISIMAS (ART 91).
Que la mencionada FISCALÍA FEDERAL, solicitó a este Ministerio,
mediante oficio de fecha 4 de septiembre de 2023, se ofrezca recompensa
para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos
delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de
LOPEZ VIELMO Hilson, DOCBRA N° 04222705047 nacido el día 15 de julio de
1998, con último domicilio en Rua Vila Nova Nº 1197 Barra Do Quarai/Rs,
de LOPEZ VIELMO José Anderson, nacido el día 31 de diciembre de 1992
DOCBRA N° 02889197000 y de DOS SANTOS Williams, nacido el 25 de marzo
de 1989 CPF N° 022434960-03, sobre quienes pesa orden de captura
internacional y detención preventiva con fines de extradición desde el
día 6 de junio de 2022.
Que mediante, nota NO-2023-146632707-APN-OUVSAJ#MSG, se solicitó a la
FISCALÍA FEDERAL, que informe si el nombrado DOS SANTOS habría sido
abatido en un enfrentamiento con las fuerzas policiales y que los
hermanos LOPEZ VIELMO se hallarían actualmente detenidos.
Que mediante oficio de fecha 8 de febrero de 2024, dicha Fiscalía
informa que no cuentan con información del deceso del nombrado DOS
SANTOS, como tampoco de la detención de los hermanos LOPEZ VIELMO.
Que con fecha 5 de abril de 2024, la mencionada Fiscalía mediante
correo electrónico, informó que el 6 de enero de 2023, DOS SANTOS
Williams, fue abatido en un enfrentamiento armado con autoridades
policiales de las fuerzas de choque de la policía militar de Brasil en
inmediaciones del rio Quaraim (BRASIL), y que los hermanos LOPEZ VIELMO
aún continúan prófugos y se mantiene el interés de que sean ingresados
al Programa Nacional de Recompensas.
Que los nombrados, LOPEZ VIELMO Hilson y LOPEZ VIELMO José Anderson
continúan prófugos en orden a la investigación de los delitos de
Lesiones Gravísimas (Art.91), del Código Penal.
Que los hechos que se investigan tienen inicio con fecha 4 de abril de
2022, con motivo al delito de acción pública en infracción a Ley 22.415
y arts. 90, 91 y 80 Inc. 7 y 8 del Código Penal, ocurridos a primeras
horas del día 02 de abril de 2022, en oportunidad que una patrulla
fluvial de la Prefectura de Monte Caseros Corrientes, Prefectura Naval
Argentina, destacada en la intersección del Rio Miriñay a la altura del
Km 505, 6 del Rio Uruguay, se disponen a identificar una embarcación
con tres tripulantes a bordo, procedente del interior del Rio Miriñay
que se dirigía desde costa Argentina en sentido a costa Brasileña.
Conforme lo manifestado por los Suboficiales, luego de identificarse el
personal interviniente, recibe como respuesta disparos de armas de
fuego por parte de los tripulantes de la embarcación en cuestión,
quienes seguidamente se dan a la fuga, siendo el personal integrante de
la patrulla en su totalidad alcanzado por proyectiles de diferentes
calibres, aún no determinado. Cabe señalar al respecto, que ambos
suboficiales lograron manifestar haber reconocido a uno de los
masculinos integrantes de la embarcación agresora, y que se trataría
del ciudadano de nacionalidad brasileña conocido como “LOPEZ VIELMO
Hilson”, sindicado como uno de los posibles autores de la agresión
recibida. Que, en la comunicación, se le consultó si conoce al
ciudadano de nombre “LOPEZ VIELMO José Anderson”, manifestando que SI,
que se trataría del hermano de “LOPEZ VIELMO Hilson” y que ambos
vivirían en Barra do Quarai. Seguidamente manifestó que los citados
ciudadanos siempre andan juntos en compañía de un tercero de nombre
“DOS SANTOS William” y que se dedicarían a cometer distintos ilícitos,
como ser abigeato y robo de embarcaciones, entre otros.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido,
según lo estime la titular de esta Cartera.
Que, a través de la RESOL-2022-549-APN-MSG de fecha 19 de agosto de
2022, el “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE
PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA” pasó a denominarse “PROGRAMA
NACIONAL DE RECOMPENSAS”, el cual funciona dentro de la órbita de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PUBLICOS de
este Organismo.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la Dirección de Asuntos Legales, Asesoría y
Dictámenes de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este
Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la
RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000), (POR
CADA UNO DE LOS PRÓFUGOS) destinada a aquellas personas que, sin haber
intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que
permitan lograr las capturas de LOPEZ VIELMO Hilson, DOCBRA N°
04222705047 y LOPEZ VIELMO José Anderson, DOCBRA N° 02889197000 sobre
quienes pesa orden de captura internacional desde el día 6 de junio de
2022.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando
la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y
el Afiche de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o
televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad para que
procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, de los
afiches que obran como
(IF-2024-42493058-APN-DNCJYMP#MSG,-IF-2024-42488870-APN-DNCJYMP#MSG),
correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de
la presente Resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/05/2024 N° 30649/24 v. 20/05/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)