MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 403/2024
RESOL-2024-403-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 21/05/2024
VISTO el Expediente Nro. EX-2024-40168456- -APN-SS#MSG del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nro. 24.059 de Seguridad Interior y sus
modificatorias, la Ley de Ministerios Nro. 22.520 (t.o. 1992) y sus
modificatorias, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 943 del 14
de diciembre de 2023 y,
CONSIDERANDO:
Que las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales realizan en la
actualidad múltiples operativos y actuaciones en varias localidades del
territorio nacional, en cumplimiento de los requerimientos
jurisdiccionales que ordenan su labor como auxiliares del servicio de
administración de justicia.
Que la formación de unidades de mando unificado para coordinar
estratégicamente los medios existentes en el marco de planes de
seguridad interinstitucionales ha posibilitado optimizar y potenciar el
aprovechamiento de los efectivos y capacidades con las que cuenta cada
fuerza federal de seguridad para llevar a cabo sus funciones.
Que los resultados favorables obtenidos a partir de las labores
realizadas por los distintos comandos previamente establecidos y la
experiencia operativa acumulada hacen propicio y adecuado conformar un
nuevo Comando que, sin duplicar las funciones ya existentes en las
unidades activas, se aboque con especificidad al despliegue territorial
de tareas destinadas a la prevención y control del orden urbano para el
ejido de los territorios federales.
Que conforme lo establecido en el artículo 8 de la Ley Nro. 24.059, el
MINISTERIO DE SEGURIDAD tiene a su cargo la dirección superior de los
cuerpos policiales y de las fuerzas federales de seguridad del Estado
Nacional.
Que se dictó la Resolución N° 947 del 22 de diciembre de 2023, por la
que se creó el “COMANDO UNIFICADO URBANO” con el objetivo específico de
ejecutar tareas destinadas a la prevención y control del orden urbano
para el ejido de los territorios federales.
Que la Resolución citada en el párrafo que antecede, permitió
establecer un marco legal de actuación ante la emergencia de la
situación aconteciente, generando estándares de actuación tanto para la
efectiva resolución de los conflictos de orden público, así como la
profesionalización de los cuerpos policiales.
Que, sin perjuicio de lo expuesto, resulta necesario aprobar un nuevo
protocolo que reúna lo mejor de aquél y que contenga mayor claridad y
precisión sobre los criterios y activación del COMANDO UNIFICADO.
Que en tal sentido y atento las competencias asignadas al MINISTERIO DE
SEGURIDAD, resulta oportuno y conveniente crear el “COMANDO UNIFICADO
FEDERAL”, a fin de contribuir con una mejor y más eficiente
organización sobre el despliegue territorial de tareas destinadas a la
prevención y control del orden urbano para el ejido de los territorios
y objetivos federales.
Que para optimizar la eficiencia y agilizar la toma de decisiones del
COMANDO UNIFICADO FEDERAL, se designará como Coordinador General al
Titular de la Fuerza Federal que fuere dispuesta para el despliegue
operativo en el ejido federal donde fuera activado, considerando las
particularidades de cada emergencia.
Que resulta primordial establecer canales fluidos y continuos con los
representantes de las autoridades judiciales y del Ministerio Público
Fiscal presentes en los turnos correspondientes, a fin de poder
efectuar de manera ágil cualquier consulta que se requiera.
Que el servicio jurídico permanente de este Ministerio ha tomado la intervención que le corresponde.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
norma que comunica el art. 22 bis de la Ley de Ministerios (t.o. 1992)
y sus modificatorias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°:- Créase el COMANDO UNIFICADO FEDERAL, con el objetivo de
realizar operaciones de gestión y coordinación de los despliegues
especiales interfuerzas en un perímetro, optimizando las capacidades
organizativas y operativas a efectos de asegurar las condiciones de
seguridad, acorde a la emergencia suscitada, mediante la activación de
dicho comando en el ejido de los territorios federales.
ARTÍCULO 2°:- El COMANDO UNIFICADO FEDERAL estará integrado por la
SECRETARÍA DE SEGURIDAD, y la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA
CRIMINAL del MINISTERIO DE SEGURIDAD; la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, la
GENDARMERÍA NACIONAL, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, la POLICÍA DE
SEGURIDAD AEROPORTUARIA, el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y por los
representantes que eventualmente se designen, de los Ministerios con
competencia en la materia y de los cuerpos policiales de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de las provincias que adhieran al presente.
Los funcionarios designados poseerán, en el marco de sus funciones,
capacidad decisoria sobre el personal y los medios afectados al
operativo de seguridad.
ARTÍCULO 3°:- El COMANDO UNIFICADO FEDERAL será convocado y revocado
por la Ministra de Seguridad a propuesta de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 4°:- Desígnese como Coordinador General del COMANDO UNIFICADO
FEDERAL, al Titular de la Fuerza Federal que fuere dispuesta para el
despliegue operativo en el ejido federal donde fuera activado, en
función de las características específicas de cada caso, quien tendrá a
su cargo la conducción de los cuerpos policiales y las fuerzas de
seguridad afectadas al operativo, designación que el Titular de la
Fuerzas Federal podrá delegar en el funcionario que él destine.
ARTÍCULO 5°:- Invítase a participar a las autoridades del Ministerio
Público Fiscal de la Nación y el Ministerio Público Fiscal de la
provincia convocante, con el objeto de facilitar los canales de
comunicación institucionales, mediante la designación de un
representante que oficie de enlace con las Fuerzas que integran el
COMANDO UNIFICADO FEDERAL hasta su desactivación.
ARTÍCULO 6°:- Deróguese la Resolución N° 947 del 22 de diciembre de 2023, por la que se aprobara “COMANDO UNIFICADO URBANO”.
ARTÍCULO 7º:- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 8°:- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
e. 23/05/2024 N° 31716/24 v. 23/05/2024