MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 403/2024

RESOL-2024-403-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 21/05/2024

VISTO el Expediente Nro. EX-2024-40168456- -APN-SS#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nro. 24.059 de Seguridad Interior y sus modificatorias, la Ley de Ministerios Nro. 22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 943 del 14 de diciembre de 2023 y,

CONSIDERANDO:

Que las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales realizan en la actualidad múltiples operativos y actuaciones en varias localidades del territorio nacional, en cumplimiento de los requerimientos jurisdiccionales que ordenan su labor como auxiliares del servicio de administración de justicia.

Que la formación de unidades de mando unificado para coordinar estratégicamente los medios existentes en el marco de planes de seguridad interinstitucionales ha posibilitado optimizar y potenciar el aprovechamiento de los efectivos y capacidades con las que cuenta cada fuerza federal de seguridad para llevar a cabo sus funciones.

Que los resultados favorables obtenidos a partir de las labores realizadas por los distintos comandos previamente establecidos y la experiencia operativa acumulada hacen propicio y adecuado conformar un nuevo Comando que, sin duplicar las funciones ya existentes en las unidades activas, se aboque con especificidad al despliegue territorial de tareas destinadas a la prevención y control del orden urbano para el ejido de los territorios federales.

Que conforme lo establecido en el artículo 8 de la Ley Nro. 24.059, el MINISTERIO DE SEGURIDAD tiene a su cargo la dirección superior de los cuerpos policiales y de las fuerzas federales de seguridad del Estado Nacional.

Que se dictó la Resolución N° 947 del 22 de diciembre de 2023, por la que se creó el “COMANDO UNIFICADO URBANO” con el objetivo específico de ejecutar tareas destinadas a la prevención y control del orden urbano para el ejido de los territorios federales.

Que la Resolución citada en el párrafo que antecede, permitió establecer un marco legal de actuación ante la emergencia de la situación aconteciente, generando estándares de actuación tanto para la efectiva resolución de los conflictos de orden público, así como la profesionalización de los cuerpos policiales.

Que, sin perjuicio de lo expuesto, resulta necesario aprobar un nuevo protocolo que reúna lo mejor de aquél y que contenga mayor claridad y precisión sobre los criterios y activación del COMANDO UNIFICADO.

Que en tal sentido y atento las competencias asignadas al MINISTERIO DE SEGURIDAD, resulta oportuno y conveniente crear el “COMANDO UNIFICADO FEDERAL”, a fin de contribuir con una mejor y más eficiente organización sobre el despliegue territorial de tareas destinadas a la prevención y control del orden urbano para el ejido de los territorios y objetivos federales.

Que para optimizar la eficiencia y agilizar la toma de decisiones del COMANDO UNIFICADO FEDERAL, se designará como Coordinador General al Titular de la Fuerza Federal que fuere dispuesta para el despliegue operativo en el ejido federal donde fuera activado, considerando las particularidades de cada emergencia.

Que resulta primordial establecer canales fluidos y continuos con los representantes de las autoridades judiciales y del Ministerio Público Fiscal presentes en los turnos correspondientes, a fin de poder efectuar de manera ágil cualquier consulta que se requiera.

Que el servicio jurídico permanente de este Ministerio ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la norma que comunica el art. 22 bis de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°:- Créase el COMANDO UNIFICADO FEDERAL, con el objetivo de realizar operaciones de gestión y coordinación de los despliegues especiales interfuerzas en un perímetro, optimizando las capacidades organizativas y operativas a efectos de asegurar las condiciones de seguridad, acorde a la emergencia suscitada, mediante la activación de dicho comando en el ejido de los territorios federales.

ARTÍCULO 2°:- El COMANDO UNIFICADO FEDERAL estará integrado por la SECRETARÍA DE SEGURIDAD, y la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA CRIMINAL del MINISTERIO DE SEGURIDAD; la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, la GENDARMERÍA NACIONAL, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y por los representantes que eventualmente se designen, de los Ministerios con competencia en la materia y de los cuerpos policiales de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de las provincias que adhieran al presente.

Los funcionarios designados poseerán, en el marco de sus funciones, capacidad decisoria sobre el personal y los medios afectados al operativo de seguridad.

ARTÍCULO 3°:- El COMANDO UNIFICADO FEDERAL será convocado y revocado por la Ministra de Seguridad a propuesta de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD.

ARTÍCULO 4°:- Desígnese como Coordinador General del COMANDO UNIFICADO FEDERAL, al Titular de la Fuerza Federal que fuere dispuesta para el despliegue operativo en el ejido federal donde fuera activado, en función de las características específicas de cada caso, quien tendrá a su cargo la conducción de los cuerpos policiales y las fuerzas de seguridad afectadas al operativo, designación que el Titular de la Fuerzas Federal podrá delegar en el funcionario que él destine.

ARTÍCULO 5°:- Invítase a participar a las autoridades del Ministerio Público Fiscal de la Nación y el Ministerio Público Fiscal de la provincia convocante, con el objeto de facilitar los canales de comunicación institucionales, mediante la designación de un representante que oficie de enlace con las Fuerzas que integran el COMANDO UNIFICADO FEDERAL hasta su desactivación.

ARTÍCULO 6°:- Deróguese la Resolución N° 947 del 22 de diciembre de 2023, por la que se aprobara “COMANDO UNIFICADO URBANO”.

ARTÍCULO 7º:- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 8°:- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

Patricia Bullrich

e. 23/05/2024 N° 31716/24 v. 23/05/2024