MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución N° 946/96

Bs. As., 13/11/96

VISTO la Ley N° 24.557, sobre Riesgos del Trabajo (LRT), y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 de la mencionada norma creó la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO DE LA NACION (S.R.T.) como organismo de regulación y supervisión.

Que por Resolución M.T.S.S. N° 180 de fecha 1° de marzo de 1996 se aprobó la estructura organizativa y el organigrama de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO DE LA NACION.

Que por Resolución M.T.S.S. N° 612 de fecha 24 de julio de 1996, aquella estructura fue objeto de modificaciones a fin de cubrir las necesidades originadas en el cumplimiento de las funciones y facultades asignadas al organismo.

Que la plena vigencia del nuevo sistema de prevención de riesgos y reparación de daños derivados del trabajo, ha generado paralelamente el pleno ejercicio de las funciones que la Ley N° 24.557 asignó a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO DE LA NACION como ente de supervisión y fiscalización del funcionamiento del sistema.

Que a partir de la experiencia acumulada en la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO desde su creación se considera necesario adaptar la estructura organizativa del ente a fin de hacer más eficiente el cumplimiento del cometido que tiene asignado.

Que el mismo funcionamiento del sistema permite determinar con mayor precisión cuáles deben ser los objetivos y acciones de cada una de las dependencias que integran la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.

Que a tal fin el Señor Superintendente de Riesgos del Trabajo ha elaborado un organigrama que pone a consideración y aprobación de este Ministerio.

Que es necesario prever la continuidad de la gestión en los casos de ausencia temporaria del SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO.

Que asimismo teniendo en cuenta las complejas acciones a cargo de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, y la importancia de las labores encargadas, se hace necesario contar con profesionales que cuenten con antecedentes de idoneidad técnica y solvencia moral acordes con las responsabilidades asignadas.

Que como consecuencia de ello se hace necesario cubrir los cargos superiores del organismo con el objetivo de llevar a cabo un trabajo coordinado de conjunto y armónico entre las diferentes dependencias orgánicas del ente.

Que es previsible que en el futuro, frente al transcurso de un lapso de vigencia de la LEY SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO, pueda ser necesario efectuar adaptaciones de la estructura diseñada, como así también, y por razones de toda índole, cambio de las personas responsables de las unidades orgánicas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 24.557, siendo la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO DE LA NACION un organismo que opera en jurisdicción de este MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, conforme lo establece el artículo 35 del cuerpo legal antes mencionado.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase la estructura organizativa de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO DE LA NACION de acuerdo al organigrama que figura en el ANEXO I de la presente resolución.

ARTICULO 2º —- Apruébanse los Objetivos y Acciones indicados en el ANEXO II que se agrega a la presente.

ARTICULO 3º — Desígnase al Gerente de Relaciones y Control de Entidades como reemplazante del Superintendente de Riesgos del Trabajo en los supuestos de ausencia temporaria de éste.

ARTICULO 4º — Designar al Dr. Carlos María CORNEJO COSTAS (L.E. Nº 7.242.934) para el cargo de Gerente de Relaciones y Control de Entidades de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.

ARTICULO 5º — Designar a la Lic. Mara Ivana BETTIOL (D.N.I. Nº 21.719.460) para el cargo de Gerente de Operaciones de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.

ARTICULO 6º — Ratificar la designación del contador Mario José IGNES (D.N.I. Nº 13.839.273) para el cargo de Gerente de Administración de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.

ARTICULO 7º — Deróganse las Resoluciones M.T. y S.S. N° 180/96 y 612/96.

ARTICULO 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección nacional del Registro Oficial y archívese. Previa publicación en el Boletín Oficial — JOSE ARMANDO CARGO FIGUEROA, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

ANEXO I

ANEXO II

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

OBJETIVOS

Planificar, organizar, administrar, coordinar y controlar el sistema de prevención y reparación de las contingencias derivadas de los riesgos del trabajo.

Fiscalizar el cumplimiento de las normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Controlar las prestaciones reparadoras dinerarias y en especies que se brindan por daños producidos como consecuencia de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. Realizar estudios, investigaciones, capacitación y elaboración de políticas y normas complementarias de la Ley sobre Riesgos del Trabajo.

Autorizar y fiscalizar las entidades que integran el sistema y aplicar las sanciones que correspondan.

GERENCIA DE OPERACIONES

OBJETIVOS

Controlar el cumplimiento de las normas, aplicar políticas destinadas a incentivar la prevención; instrumentar medidas tendientes a asegurar la implementación de los Planes de Mejoramiento; controlar el otorgamiento en tiempo y forma de las prestaciones reparadoras.

ACCIONES

● Supervisar el grado de cumplimiento de las normas de Higiene y Seguridad y las condiciones y el ambiente de trabajo de los Planes de Mejoramiento acordados.

● Supervisar el otorgamiento de las prestaciones —tanto dinerarias como en especie— por parte de los obligados por la ley.

● Determinar la gravedad de los incumplimientos; intimar mejoras; labrar actas y proponer las sanciones que correspondan.

● Llevar a cabo la recopilación y el control de información que permitan mantener actualizado el Registro Nacional de Incapacidad Laboral.

● Colaborar con la Subgerencia Técnica en la determinación de las políticas a seguir en materia de Higiene y Seguridad; en el diseño del funcionamiento del Registro Nacional de Incapacidades Laborales; y en el diseño de la estrategia de fiscalización de las distintas entidades participantes del sistema.

SUBGERENCIA DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

OBJETIVOS

Controlar el cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Ley sobre Riesgos del Trabajo y sus reglamentos complementarios, en relación a la prevención de los riesgos derivados de las condiciones de higiene y seguridad y ambiente del trabajo y el cumplimiento de los Planes de Mejoramiento.

Auditar el rol de las Aseguradoras como entes de control.

ACCIONES

● Recomendar normas de higiene y seguridad y de condiciones y ambiente de trabajo para ser aplicadas por las empresas.

● Inspeccionar el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad y de condiciones y ambiente de trabajo en las empresas.

● Supervisar los Planes de Mejoramiento acordados y auditar su ejecución.

● Proponer a la Subgerencia de Control de Entidades los requerimientos de información (contenido, forma y oportunidad) que deben enviar las entidades, para posibilitar el control de las mismas y monitorear su cumplimiento.

● Establecer la gravedad de los incumplimientos, en especial aquellos que ocasionaron accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, realizar la intimación de mejoras, controlar su realización, labrar las actas correspondientes, fijar la sanción o el monto de recargo, o disponer la clausura de la empresa cuando correspondiere.

● Resolver discrepancias entre las Aseguradoras y sus empresas afiliadas o los trabajadores, recibiendo, investigando y evaluando las denuncias por incumplimiento, ya sea de las Aseguradoras en relación a la fiscalización de las condiciones de Higiene y Seguridad y Planes de Mejoramiento o de sus afiliados y de los empleadores respecto de las obligaciones de las Aseguradoras para con ellos.

● Brindar asesoramiento en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, empleadores, empresas autoaseguradas y todo otro ente dedicado al tema laboral.

SUBGERENCIA CONTROL DE PRESTACIONES

OBJETIVOS

Controlar el otorgamiento a los trabajadores de las prestaciones reparadoras en especie, establecidas por la Ley sobre Riesgos del Trabajo y sus reglamentos complementarios, en relación a los daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales.

ACCIONES

● Controlar la calidad de las prestaciones en especie, verificando si se cumple con su otorgamiento integro y oportuno: a) Asistencia médica y farmacéutica, b) Prótesis y ortopedia, c) Rehabilitación, d) Recalificación profesional, y, e) Servicio funerario.

● Proponer sanciones a las Aseguradoras y empresas autoaseguradas por incumplimiento en la provisión de las prestaciones.

● Elaborar y proponer, juntamente con la Subgerencia Técnica, normas e instrucciones relacionadas con la tarea de calificación de incapacidad laboral y control más eficiente de las prestaciones.

● Asesorar en la evaluación y en la búsqueda del desarrollo y perfeccionamiento del sistema. Informar y responder consultas al respecto.

● Acordar con la Gerencia de Coordinación de Comisiones Médicas de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, el control de la gestión de dichas comisiones, elaborar procedimientos para la indicación de estudios complementarios y el cumplimiento de la normativa respecto del proceso de evaluación y calificación de la incapacidad laboral.

● Efectuar inspecciones, intimar mejoras y verificar su instrumentación, en lo relativo a la reparación de daños de origen laboral. Promover la recalificación y la recolocación de los trabajadores damnificados.

● Estudiar y proponer medidas tendientes a optimizar el Control y las Fiscalizaciones de las áreas de Medicina del Trabajo o Medicina Preventiva de los entes autorizados.

● Establecer las pautas para los exámenes preocupacionales, periódicos y de egreso, fuente de información para determinar los factores de riesgo a los que han estado expuestos los trabajadores.

GERENCIA DE RELACIONES Y CONTROL DE ENTIDADES

OBJETIVOS

Planificar, desarrollar y mantener la imagen de la Superintendencia y activar canales de comunicación interactivos y abiertos con los diversos actores del Sistema de Seguro de Riesgos del Trabajo.

Autorizar y controlar a las diferentes entidades participantes del sistema.

ACCIONES

● Establecer y mantener las relaciones con entidades gubernamentales nacionales, provinciales y municipales.

● Representar a la Superintendencia, por delegación del Superintendente, en reuniones, ceremonias y agasajos sociales.

● Implementar el sistema de llamado directo de orientación sobre el funcionamiento del sistema de recepción de quejas, para los beneficiarios/usuarios del sistema.

● Ejecutar reuniones periódicas con los beneficiarios, entidades del Estado, organismos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y público interesado en el sistema.

● Preparar y mantener material informativo y promocional sobre el sistema y la actuación de la Superintendencia.

● Atender, dar curso y monitorear los reclamos presentados por los beneficiarios/usuarios de las A.R.T. y de las Empresas autoaseguradas.

● Proponer la autorización, rechazo o revocación de habilitaciones de las Aseguradoras, adjuntando informes con los antecedentes del caso. Evaluar la solvencia económico-financiera y la capacidad de gestión de las empresas que aspiren a ingresar al régimen de autoaseguro para proponer su autorización.

● Supervisar el contenido, la forma y el plazo de vigencia de los contratos de afiliación. Controlar la inclusión de las empresas en alguno de los dos regímenes, afiliación a una Aseguradora o habilitación como autoasegurada.

SUBGERENCIA DE CONTROL DE ENTIDADES

OBJETIVOS

Controlar el cumplimiento de las normas y procedimientos dispuestos por la Ley sobre Riesgos del Trabajo, sus reglamentos complementarios y las resoluciones emanadas de la Superintendencia, en relación a los aspectos administrativos, económicos, financieros y legales de las entidades (aseguradoras, compañías de seguros de retiro, empresas autoaseguradas).

ACCIONES

● Proponer la autorización o el rechazo de la habilitación de las aseguradoras, en conjunto con la Superintendencia de Seguros de la Nación. Elevar la revocación de la habilitación concedida a una aseguradora, por incumplimiento de sus obligaciones.

● Controlar la calidad de las prestaciones dinerarias, verificando si se cumple con su otorgamiento íntegro y oportuno.

● Controlar las afiliaciones de los empleadores. Verificar la inclusión del Plan de Mejoramiento en los contratos de afiliación. Controlar la inexistencia de multiafiliación por parte de los empleadores a las Aseguradoras. Instrumentar las acciones necesarias para la creación y mantenimiento de un archivo que contenga las relaciones empleador-Aseguradora.

● Evaluar y expedirse sobre las garantías que deberán presentar las empresas que aspiren a autoasegurarse, para afrontar el otorgamiento de las prestaciones, según se prevé en el artículo 20 de la Ley sobre Riesgos del Trabajo.

● Resolver discrepancias entre las Aseguradoras y sus empresas afiliadas y/o los trabajadores, recibiendo, investigando y evaluando las denuncias por incumplimiento.

● Controlar la inclusión de las empresas en alguno de los dos regímenes, afiliación a una Aseguradora o habilitación como empresa autoasegurada, verificando el cumplimiento de las obligaciones prescriptas.

● Centralizar los requerimientos (por sí y por cuenta de las demás áreas) a sus controlados, de la información necesaria para el correcto y legal funcionamiento de la Superintendencia, evitando, de este modo, multiplicidad de requerimientos.

● Desarrollar, mantener y actualizar el Registro Nacional de Incapacidades Laborales con los datos identificatorios del damnificado y su empresa, época del infortunio, prestaciones abonadas e incapacidades acordadas.

● Actualizar los siguientes Registros Nacionales, junto con las áreas de la Superintendencia, que tengan injerencia en los diferentes temas:

● Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales ocurridas en las empresas.

● De Aseguradoras y de empresas autoaseguradas.

● De planes de Mejoramiento de las condiciones de trabajo.

● De la permanencia y rotación de empresas en las Aseguradoras.

● Los demás registros necesarios para la operación de la Superintendencia.

● Colaborar con la Subgerencia Técnica en el diseño de los formularios para el registro de accidentes y enfermedades profesionales a nivel de: a) Los establecimientos, b) Las Aseguradoras y c) La Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

SUBGERENCIA TECNICA

OBJETIVOS

Diseñar y coordinar acciones destinadas a la eficaz implementación del nuevo sistema de prevención de riesgos y reparación de daños laborales contenidos en la Ley N° 24.557.

ACCIONES

● Recomendar las políticas a seguir sobre estudios e investigaciones en materia de condiciones y medio ambiente de trabajo y sus repercusiones sobre la salud y seguridad de los trabajadores, así como su relación con las políticas de ciencia y tecnología a nivel nacional y provincial.

● Recomendar los objetivos y políticas a mediano y largo plazo de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, para que se alcancen y mantengan los fines perseguidos por la nueva legislación en el tema.

● Participar, junto con la Gerencia de Operaciones, en el diseño, elaboración, planificación e implementación de mecanismos de fiscalización del cumplimiento de la normativa de higiene y seguridad, de otorgamiento de las prestaciones reparadoras y de los regímenes y condiciones que regulan el funcionamiento de las Entidades.

● Proponer al Superintendente las modificaciones en la estructura organizacional que la evolución de la actividad de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo demande como más eficientes.

● Complementar y perfeccionar la reglamentación de la Ley sobre Riesgos del Trabajo, resolviendo situaciones que presenten características excepcionales o no contempladas en las condiciones generales.

● Elaborar propuestas de difusión del nuevo sistema de prevención de riesgos laborales y de reparación de daños, contenidos en la Ley 24.557, sus decretos reglamentarios y las resoluciones de la Superintendencia.

● Participar, junto con la Gerencia de Administración, en el diseño de mecanismos para el financiamiento, gestión y control del Fondo de Garantía previsto en el artículo 33 de la Ley sobre Riesgos del Trabajo.

● Diseñar un sistema de información que garantice la transparencia necesaria para un correcto funcionamiento del sistema.

DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS Y ESTADISTICA

OBJETIVOS

Formular objetivos y políticas a mediano y largo plazo en materia de condiciones y medio ambiente de trabajo y sus repercusiones sobre la salud y seguridad de los trabajadores, así como su relación con las políticas de ciencia y tecnología a nivel nacional y provincial. Proponer estrategias para el logro de los resultados buscados con la implementación de la Ley sobre Riesgos del Trabajo y asegurar su mantenimiento en el tiempo.

ACCIONES

● Formular políticas, elaborar normas generales o particulares y promover investigaciones, vinculadas a la prevención y reparación en el área de Higiene y Seguridad y Medicina del Trabajo.

● Realizar el estudio y adaptación necesaria de las recomendaciones internacionales en materia de prevención de riesgos laborales.

● Estudiar y proponer medidas tendientes al mejor control y fiscalización de las empresas y las aseguradoras, colaborando con la Gerencia de Operaciones y con la Subgerencia de Asuntos Legales.

● Diseñar proyectos de actualización del Listado de Enfermedades Profesionales. Estudiar y proponer norma y acciones tendientes a la recalificación y recolocación de los trabajadores damnificados.

● Participar en la formación de recursos humanos, a nivel terciario y/o universitario, público y privado, trazando los requerimientos básicos para los perfiles profesionales que requerirá la implementación del nuevo sistema.

● Asesorar a la gerencia, planificar e instrumentar los medios adecuados, en materia de publicidad y difusión, para lograr comunicar en forma precisa y generalizada el espíritu del sistema.

● Planificar y coordinar actividades de promoción destinadas al mejoramiento de las condiciones y medio ambiente de trabajo y la salud y seguridad de los trabajadores.

● Desarrollar y administrar el sistema de información, controlando la integridad y seguridad de los registros y la generación y el flujo de información (indicadores operativos y de control) en tiempo y forma, que requiera el correcto y legal funcionamiento de la Superintendencia.

DEPARTAMENTO DE INFORMATICA

OBJETIVOS

Establecer los requerimientos de Hardware y Software de la Superintendencia y sus modificaciones a lo largo del tiempo.

ACCIONES

● Identificar los requerimientos de los clientes internos en relación a las aplicaciones informáticas.

● Diseñar e implementar desarrollos informativos.

● Mantener en buen estado y en condiciones normales de funcionamiento los equipos, programas y bases de datos.

● Brindar atención (capacitación a los clientes internos).

SUBGERENCIA DE ASUNTOS LEGALES

OBJETIVOS

Asesorar al superintendente y a las demás dependencias de la institución en materia legal.

Intervenir en la evaluación, perfeccionamiento y precisión de la estructura jurídico-normativa en materia de legislación de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

Representar y patrocinar judicialmente a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, actuando como denunciante o querellante cuando se verifique la comisión de hechos que pudieren constituir delitos. Establecer convenios u otros actos legales con organismos públicos o privados que tiendan a promover el mejoramiento y la eficacia del sistema.

Verificar el estricto cumplimiento de las disposiciones reglamentarias vigentes respecto de la contratación de bienes y servicios.

ACCIONES

● Revisar la normativa vigente (proyectos de ley, reglamentos, oficios, circulares, resoluciones y otras), emitiendo dictámenes y opiniones, a fin de respetar los debidos principios y procedimientos legales.

● Intervenir en el proceso de constitución, revocación y liquidación de entidades aseguradoras.

● Intervenir en las actuaciones a que dieren lugar las observaciones o impugnaciones que efectuare la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, previo a la resolución definitiva, substanciando la aplicación del régimen sancionatorio instituido por las leyes respectivas y efectuar los registros pertinentes.

● Representar y patrocinar al organismo en las causas judiciales donde interviene como parte activa o demandada. Informar las resoluciones de los expedientes a las áreas interesadas.

● Sustanciar los sumarios administrativos a las Aseguradoras o empleadores que hubieren incurrido en violaciones a la normativa vigente adoptando las resoluciones que correspondan.

● Requerir la información necesaria para el cumplimiento de sus competencias, pudiendo peticionar órdenes de allanamiento y auxilio de la fuerza pública. Comunicar la exigencia de las multas al Departamento de Contabilidad y Presupuesto, a efectos de sus contabilización.

● Expedir certificados de deudas, que servirán como título ejecutivo para el cobro de cuotas, recargos e intereses adeudados, así como multas, contribuciones a cargo de los empleadores privados autoasegurados y aportes de las Aseguradoras.

DEPARTAMENTO DE COMPRAS

OBJETIVOS

Encuadrar normativamente las acciones necesarias para el abastecimiento de bienes, materiales, tecnología y servicios, garantizando la transparencia, oportunidad, publicidad, equidad entre oferentes, adecuación de precios y calidad de los procesos de compras y licitaciones.

ACCIONES

● Definir los diferentes procesos de solicitudes de compras a efectuar.

● Definir el procedimiento a seguir, en función de las políticas, normas y procedimientos existentes, para efectuar una compra y/o contratación de servicios.

● Definir, junto con los iniciadores de la solicitud de compras y la Subgerencia Técnica, los parámetros de análisis y calificación de las propuestas presentadas y/o de las licitaciones a ejecutar.

● Elaborar juntamente con la Gerencia de Administración, un informe mensual indicando las compras efectuadas, las solicitudes pendientes, la situación presupuestaria (Real versus Prevista) y el estado de las licitaciones/compras en ejecución.

GERENCIA DE ADMINISTRACION

OBJETIVOS

Administrar los recursos humanos, físicos, patrimoniales y financieros de la entidad. Elaborar el presupuesto y controlar su cumplimiento. Gestionar el Fondo de Garantía. Disponer los actos vinculados con la compra de bienes, locación de servicios y prestación de servicios generales. Efectuar las registraciones dispuestas por la Ley de Administración Financiera y Control y efectuar el Control de Gestión.

ACCIONES

● Administrar, custodiar y conservar el patrimonio de la Superintendencia, asegurando la disponibilidad de bienes, servicios, prestaciones, etc., que sean necesarios para el funcionamiento del Organismo, disponiendo los actos de compraventa de bienes y locación de servicios u obras que sean necesarios.

● Llevar el plan de cuenta y su actualización. Controlar el correcto tratamiento de la documentación que genere la operatoria del sistema. Controlar los ingresos y egresos por distintos conceptos producidos en el Organismo.

● Elaborar, proponer y controlar el proyecto de presupuesto de la Superintendencia, su programación y control de ejecución. Definir objetivos y pautas para la elaboración de los anteproyectos sectoriales de presupuesto.

● Gestionar el cobro de los recargos, multas, intereses, etc., producto de incumplimiento u otras sanciones previstas por la legislación a beneficios del Fondo de Garantía.

● Fijar y actualizar aranceles o tasas para las prestaciones de la Superintendencia que lo requieran.

● Administrar el Fondo de Garantía.

● Emitir los balances de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y del Fondo de Garantía en tiempo y forma e informar los estados financieros mensuales.

● Asesorar a la Subgerencia Técnica en materia financiera y presupuestaria.

● Proponer a la Subgerencia Técnica o analizar a pedido de ésta, las modificaciones en la estructura organizacional que la actividad futura de la Superintendencia demande como más eficiente.

● Administrar los recursos humanos aplicando los regímenes laborales pertinentes.

● Ejecutar los procesos de compras y/o licitación dentro de las políticas, normas y procedimientos definidos.

● Asegurarse de la existencia de partidas presupuestarias y/u origen de los fondos requeridos para saldar lo comprado, antes de efectuar la compulsa o licitación.

DEPARTAMENTO DE TESORERIA Y PLANIFICACION FINANCIERA

OBJETIVOS

Planificar, organizar y administrar las finanzas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, recaudando, administrando y controlando los recursos propios, las partidas presupuestarias y del Fondo de Garantía y expidiendo un informe mensual sobre el estado financiero, siendo responsable por todos los ingresos y egresos de la Superintendencia.

ACCIONES

● Presupuestar las necesidades e ingresos de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, los flujos de caja y las aplicaciones y el financiamiento requerido.

● Efectuar los actos administrativos correspondientes para el cobro de los ingresos regulares de la Superintendencia y de multas que hubieran sido dictaminadas con motivo de incumplimiento de normas.

● Gestionar el Fondo de Garantía y los fondos de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, efectuando la guarda de las existencias en efectivo y la custodia de valores, llevando la cuenta de excedentes del Fondo, controlando su segura y rentable aplicación.

● Recepcionar las notificaciones de depósitos en concepto de multas, comisiones y gastos de funcionamiento, y administrar las relaciones bancarias de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

● Efectuar los pagos a proveedores, personal, gastos, aportes y contribuciones de ley, servicios públicos, locaciones y otros.

● Controlar el presupuesto financiero, asegurando la existencia de fondo para cada egreso, de manera de impedir un balance negativo de caja.

● Expedir el informe financiero mensual de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y consolidar las necesidades e ingresos de la misma en un presupuesto anual actualizado.

DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

OBJETIVOS

Diseñar y proponer las políticas y administrar los recursos humanos: Mecanismo de selección, administración, capacitación e incentivos de desempeño, incluyendo aspectos vinculados con la contratación de servicios temporarios.

ACCIONES

● Realizar las actividades y elaborar los actos administrativos referidos al ingreso, los movimientos y el egreso del personal.

● Coordinar los procesos de selección de personal incorporando las propuestas elevadas por cada una de las áreas respecto de la dotación y el perfil de los recursos humanos requeridos.

● Integrar las comisiones médicas regionales y la central dependiente de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, a través de la selección y la designación de dos médicos en cada una, que se sumarán a los tres que actualmente las constituyen.

● Coordinar con la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones las tareas necesarias a efectos de formular las precisiones presupuestarias de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, para responder a las obligaciones que demanden su funcionamiento y requerirle la información necesaria para ejercer el control de su aplicación.

● Diseñar, ejecutar y evaluar los programas de capacidad del personal en coordinación con cada una de las áreas.

● Definir los contenidos funcionales de los puestos de trabajo e implementar mecanismos de incentivos y sistemas de evaluación del personal y establecer los niveles salariales del personal no jerárquico.

DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y CONTROL DE GESTION

OBJETIVOS

Consolidar los anteproyectos sectoriales, conforme el presupuesto general del Organismo y previsionar y controlar las reservas necesarias. Registrar todas las operaciones, realizar el análisis de los estados contables y la evolución de los principales rubros. Preparar los balances dentro de las fechas programadas.

Confeccionar el presupuesto central del organismo y controlar su cumplimiento.

ACCIONES

● Llevar la contabilidad general de la institución y registrar contablemente sus operaciones, entendiendo en el registro de las operaciones, elaboración y análisis de los estados contables y de la evolución de los principales rubros.

● Efectuar la contabilidad del presupuesto general del Organismo y de los movimientos de fondo y valores, cumpliendo con el correspondiente seguimiento, analizando desvíos y efectuando las correcciones necesarias.

● Elaborar la normativa que registra los procedimientos administrativos.

● Preparar la Memoria y Balances de la Institución e informaciones periódicas sobre su estado financiero.

● Confeccionar el presupuesto anual.

● Controlar la ejecución del presupuesto

● Consolidar y controlar los planes de la distintas áreas.

● Realizar la auditoría del control de gestión de las facultades delegadas a los organismos provinciales del Trabajo y a las organizaciones en las cuales se ha celebrado convenio de delegación.

● Proponer y elevar informes mensuales de control de gestión.

● Realizar el cálculo de retenciones de impuestos en el caso que corresponda.

● Expedir los balances y estados financieros mensuales y la Memoria y Balances del Ejercicio en las fechas programadas.

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES

OBJETIVOS

Instrumentar las acciones necesarias, dentro del marco normativo, a fin de mantener en estado operativo la infraestructura de la Superintendencia.

ACCIONES

● Coordinar los requerimientos de las distintas áreas y proceder a su análisis. Implementar el plan general de suministros y la adquisición de bienes y la contratación de servicios.

● Atender la recepción, almacenaje y custodia de los bienes de uso y consumo.

● Implementar la programación de obras de infraestructura tendientes a un adecuado mantenimiento y conservación de los inmuebles.

● Registrar e inventariar los bienes muebles e inmuebles.

● Supervisar al personal que sea afectado a servicios auxiliares. Asegurar la prestación de los servicios de mantenimiento, intendencia y seguridad.

SECRETARIA GENERAL

OBJETIVOS

Brindar al Superintendente el soporte necesario para maximizar la eficiencia de su gestión.

ACCIONES

● Asegurar la distribución de la documentación administrativa a todas las áreas de la Superintendencia, el control de la circulación y el cumplimiento de la tramitación de los expedientes administrativos.

● Proporcionar a la Superintendencia, resúmenes de la información difundida por lo medios de comunicación que revista para la misma.

● Atender el despacho de la documentación, produciendo, registrando y archivando las resoluciones de alcance general y particular que fueran dictadas.

● Atender la Mesa de Entradas, garantizando la recepción, distribución interna y salida de la documentación oficial y correspondencia, de otros organismos públicos y privados o de personas particulares.

● Atender e informar al público, respecto de todos los temas relacionados con la responsabilidad primaria de la Superintendencia.

AUDITORIA INTERNA (M.T. y S.S.)

OBJETIVOS

Brindar al Superintendente el soporte necesario para posibilitar un examen general de la estructura organizativa, de los planes y de los métodos que permitan revelar las irregularidades y defectos e indicando posibles mejoras.

ACCIONES

● Elaborar el Plan General de Auditoría interna de acuerdo con las normas y procedimientos usuales en la materia. Remitir el mismo a la Sindicatura General de la Nación para su discusión y aprobación final.

● Asesorar al Superintendente en el dictado de normas, procedimientos e instructivos internos. Producir informes de Auditoría sobre las actividades desarrolladas, las conclusiones extraídas y formular la recomendación de mejoras u observaciones que correspondan.

Asegurar la corrección de los datos que se utilicen en la elaboración de la información.

● Efectuar el seguimiento de las observaciones y recomendaciones realizadas.

e. 25/11 N° 4727 v. 25/11/96