FONDOS PERMANENTES
Decreto 1340/96
Increméntase el monto del Fondo
Permanente de Protección Contra el Terrorismo Internacional creado por
el artículo 1° del Decreto N° 2023/94.
Bs. As., 27/11/96
VISTO el Decreto N° 2023/94, y
CONSIDERANDO:
Que a través del decreto mencionado se creó un Fondo Permanente de
Protección Contra el Terrorismo Internacional para ser destinado a
abonar recompensas a las personas que aporten datos, informes,
testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fehaciente
para esclarecer los atentados del terrorismo internacional perpetrados
en nuestro país, contra la EMBAJADA DEL ESTADO DE ISRAEL y la sede de
la ASOCIACION MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA, acaecidos con fecha 17 de
marzo de 1992 y 18 de julio de 1994, respectivamente, y para todos
aquellos derivados del accionar del terrorismo internacional.
Que resulta necesario incrementar el monto al que asciende el referido
Fondo con el objeto de propender al logro integral de la finalidad
perseguida.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Increméntase en
la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000) el monto del Fondo Permanente
de Protección Contra el Terrorismo Internacional creado por el artículo
1° del Decreto N° 2023/94.
Art. 2° — El gasto que demande
el cumplimiento del presente será imputado a la partida específica del
Presupuesto de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR.
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Carlos V. Corach.