FONDOS PERMANENTES

Decreto 1340/96

Increméntase el monto del Fondo Permanente de Protección Contra el Terrorismo Internacional creado por el artículo 1° del Decreto N° 2023/94.

Bs. As., 27/11/96

VISTO el Decreto N° 2023/94, y

CONSIDERANDO:

Que a través del decreto mencionado se creó un Fondo Permanente de Protección Contra el Terrorismo Internacional para ser destinado a abonar recompensas a las personas que aporten datos, informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fehaciente para esclarecer los atentados del terrorismo internacional perpetrados en nuestro país, contra la EMBAJADA DEL ESTADO DE ISRAEL y la sede de la ASOCIACION MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA, acaecidos con fecha 17 de marzo de 1992 y 18 de julio de 1994, respectivamente, y para todos aquellos derivados del accionar del terrorismo internacional.

Que resulta necesario incrementar el monto al que asciende el referido Fondo con el objeto de propender al logro integral de la finalidad perseguida.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Increméntase en la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000) el monto del Fondo Permanente de Protección Contra el Terrorismo Internacional creado por el artículo 1° del Decreto N° 2023/94.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida específica del Presupuesto de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. —  Carlos V. Corach.