ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

Decreto 1375/96

Apruébase la estructura organizativa del citado Organismo Descentralizado, dependiente de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano.

Bs. As., 29/11/96

B.O.: 05/12/96

VISTO la Ley N° 24.629 y el Decreto N° 558 del 24 de mayo de 1996. y

CONSIDERANDO

Que la sanción de la Ley N° 24.629 contiene las normas relativas al mejoramiento de funciones de los Organismos que componen la Administración Pública Nacional.

Que la Constitución Nacional establece en su artículo 41 las normas relacionadas con la preservación del patrimonio natural y la diversidad biológica, a la información y a la educación ambiental.

Que por el Decreto N° 558/96 se estableció la obligación para cada Jurisdicción de presentar una propuesta de estructura organizativa y distribución de las plantas de personal.

Que es necesario dotar a la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES de los medios que le permitan cumplir con los objetivos emergentes de la Ley N° 22.351 y de la política de desarrollo de nuevas Areas Naturales Protegidas, de acuerdo a la legislación que determina sus respectivas creaciones.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, Inciso 1, de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Apruébase la estructura organizativa de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, Organismo Descentralizado dependiente de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Presidencia de la Nación, de acuerdo con el Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I y II, forman parte del presente Decreto.

Art. 2°-Dentro del término improrrogable de DIEZ (10) días corridos contados a partir de la fecha del presente Decreto, la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, con la previa conformidad de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, deberá elevar a la Jefatura de Gabinete de Ministros. la propuesta de distribución de la planta de cargos concordante con las disposiciones contenidas en este Decreto.

Art. 3°-Facúltase a la Jefatura de Gabinete de Ministros a aprobar los Anexos correspondientes a la distribución de la planta de cargos de la estructura organizativa que se aprueba por el presente Decreto.

Art. 4°-La estructura organizativa que se aprueba por el presente Decreto, entrará en vigor el primer día hábil siguiente a la fecha del dictado de la Decisión Administrativa a que se hace referencia en el artículo anterior.

Art. 5°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Carlos V. Corach.

ANEXO I


ANEXO II

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

OBJETIVOS

Diseñar, conducir y controlar la ejecución de las políticas necesarias para conservar y manejar los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, existentes actualmente y las que eventualmente se incorporen, con el objeto de asegurar el mantenimiento de su integridad en todo lo relacionado con sus particulares características fisiográficas, asociaciones bióticas, recursos naturales y calidad ambiental de los asentamientos humanos y promover la creación de nuevas áreas en el marco de la Red Nacional de Areas Protegidas.

Programar, analizar, autorizar, fiscalizar y rescindir todo proyecto de obra pública o privada, de explotación de recursos naturales, de actividades recreativas y deportivas, priorizando sin excepciones el mantenimiento de la integridad e identidad de las áreas naturales protegidas ; sobre tales actividades asegurar la correcta percepción de los cánones, contribuciones, tasas, patentes, derechos y demás conceptos que pudieren corresponder, con el objeto de contar con un ingreso constante de recursos propios.

Fomentar y establecer vinculaciones de cooperación y asistencia con organismos públicos y privados nacionales, provinciales y municipales y -con la autorización del Poder Ejecutivo Nacional- internacionales y promover la difusión de las características generales de los Parques Nacionales y demás áreas protegidas en el ámbito de su competencia, a fin de inducir un incremento de la convivencia armónica con la naturaleza.

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el sistema de control interno, de acuerdo a lo establecido por el articulo 100 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas del Control del Sector Público Nacional, prestando un servicio a toda la organización, consistente en realizar los exámenes y evaluaciones de las actividades del Organismo, empleando el enfoque de control integral e integrado de manera de asegurar la continua optimización de los niveles de eficiencia, economía y eficacia de la gestión.

ACCIONES

En general, las que determina la Ley N° 24. 156, sus normas reglamentarias y las instrucciones de la Sindicatura General de la Nación, y en particular:

1) Confeccionar el planeamiento general de auditoría interna, de acuerdo a las Normas Generales de Control Interno y de Auditoría Interna, aplicando el modelo de control integral e integrado.

2) Elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna del Organismo y remitirlo a la Sindicatura General de la Nación para su discusión y aprobación final.

3) Participar en la elaboración de normas y procedimientos a efectos de establecer el Sistema de Control Interno y posteriormente efectuar su seguimiento.

4) Evaluar el cumplimiento de políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior.

5) Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad, financieros y ambientales.

6) Verificar que las erogaciones sean efectuadas de acuerdo con las normas legales, de contabilidad y de acuerdo a los niveles presupuestarios correspondientes.

7) Dictaminar mediante recomendaciones e informes, las modificaciones que estime pertinente realizar en los circuitos administrativos, con el fin de lograr que los recursos del Organismo se administren con economía, eficiencia y eficacia.

8) Efectuar el seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones e informes presentados a la máxima autoridad del Organismo.

9) Determinar la confiabilidad de los datos que se utilizan en la elaboración de la información en las distintas áreas del Organismo.

10) Determinar la precisión de las registraciones de los activos y las medidas de resguardo tomadas para protegerlos.

11) Producir informes sobre las actividades desarrolladas y, en su caso, formular las recomendaciones u observaciones que correspondan.

12) Consolidar los informes de los equipos interdisciplinarios, respetando el principio de unidad del Organismo, aplicando el sistema de control integral e integrado.

13) Remitir copia de los informes, recomendaciones y observaciones a la Sindicatura General de la Nación.

14) Informar a la Sindicatura General de la Nación, cuando específicamente así lo requiera, sobre aspectos relacionados con la gestión del Organismo.

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir, controlar y entender en todo lo relativo a asuntos de carácter jurídico a fin de brindar respaldo legal al Organismo en cuestiones de su competencia.

ACCIONES

1) Asesorar en materia Jurídica y dictaminar sobre la aplicación de las normas relacionadas con su competencia.

2) Intervenir en los anteproyectos de leyes, decretos, resoluciones y normas complementarias en lo relacionado con los aspectos técnicos jurídicos.

3) Efectuar los estudios, trámites y documentaciones requeridos para la participación del Organismo en asuntos de interés legal compartido con otros Organismos.

4) Entender en el patrocinio y en la representación Judicial del Estado Nacional en los juicios a cargo de la Administración de Parques Nacionales de acuerdo con las reglamentaciones vigentes designando letrados que deban intervenir.

5) Intervenir en la instrucción de sumarios administrativos cuando así lo disponga la autoridad competente del Organismo.

  1. Ejercer el control y seguimiento de los sumarios administrativos.

7) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de su incumbencia.

DIRECCION NACIONAL DE INTERIOR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir y supervisar la ejecución de la gestión operativa de las Areas Naturales Protegidas bajo administración del Organismo, en el cumplimiento de las políticas y los objetivos que para cada área determinen las máximas autoridades del mismo.

ACCIONES

1) Entender en la gestión operativa de las Areas Naturales Protegidas, coordinando el accionar de las respectivas Intendencias.

2) Supervisar las actividades del Cuerpo de Guardaparques Nacionales.

3) Supervisar el proceso de elaboración de los Planes Operativos Anuales de las Areas Naturales Protegidas.

4) Elaborar y supervisar el Programa de Prevención y Lucha contra Incendios en las Areas Naturales Protegidas.

5) Entender en el equipamiento de las Areas Naturales Protegidas.

6) Entender en el desarrollo de redes primarias y secundarias de comunicaciones, controlando sus niveles operativos y promoviendo su adecuación y actualización.

7) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de su incumbencia.

8) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de sus fines, en el marco de las facultades conferidas.

DIRECCION DE COORDINACION OPERATIVA

ACCIONES

l) Participar en la planificación del sistema de control y vigilancia y su diagramación operativa en las Areas Naturales Protegidas.

2) Participar en la planificación e implementación de los sistemas de prevención, presupresión y supresión de incendios forestales, planes de manejo de fuego y emergencias.

3) Participar en el desarrollo de los planes de estudio de los cursos de ingreso y de capacitación del Cuerpo de Guardaparques Nacionales.

4) Intervenir en los traslados internos del personal del tramo Ejecución y proponer los traslados interjurisdiccionales del Cuerpo de Guardaparques Nacionales.

5) Intervenir y atender en las cuestiones referidas al equipamiento e infraestructura, vinculadas a las tareas de control y vigilancia de las Areas Naturales Protegidas.

6) Dirigir los registros de infractores y de armas.

7) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de sus fines, en el marco de las facultades conferidas.

INTENDENCIAS

ACCIONES

1) Dirigir y administrar el Area Natural Protegida a su cargo.

2) Elaborar los Planes Operativos Anuales del Area Natural Protegida a su cargo.

3) Ejercer la representación del Organismo y establecer relaciones con las autoridades provinciales y municipales, propendiendo a la integración de las comunidades con los objetivos de conservación de cada área.

4) Fiscalizar y evaluar las prestaciones de servicios y trabajos que se ejecuten en el área bajo su responsabilidad.

5) Intervenir en la elaboración de los planes de manejo y operativos del área a su cargo.

6) Ejecutar los planes de manejo y operativos del área bajo su responsabilidad.

7) Ejercer la representación de Parques Nacionales frente a los medios de comunicación social, difundiendo las características del Area Natural Protegida y toda información que contribuya a incrementar la convivencia armónica con la naturaleza.

8) Disponer los traslados internos del Cuerpo de Guardaparques Nacionales, previa intervención de la Dirección de Coordinación Operativa.

9) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de su incumbencia.

10) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de sus fines, en el marco de las facultades conferidas.

DIRECCION NACIONAL DE CONSERVACION DE AREAS PROTEGIDAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la planificación, programación y formulación de políticas y estrategias de conservación y uso público de las Areas Naturales Protegidas de carácter nacional, abarcando los aspectos de investigación científica y monitoreo, protección, manejo, uso sustentable, interpretación y recreación.

ACCIONES

l) Definir prioridades y estrategias para la conservación de la diversidad biológica.

2) Elaborar la planificación general institucional en materia de conservación, manejo y uso público de las Areas Naturales Protegidas.

3) Entender en la identificación, evaluación, propuesta y gestión de nuevas áreas a ser incorporadas al Sistema de Parques Nacionales.

4) Evaluar el estado de conservación de las Areas Naturales Protegidas, identificar sus requerimientos y proponer las medidas de protección y mando para la preservación de comunidades bióticas, especies de flora y fauna, valores culturales y rasgos físicos y del paisaje de las mismas.

5) Entender en la temática reglamentaria referente a los aspectos sustantivos de la conservación.

6) Promover y entender en la realización de estudios e investigación científica aplicada en las Areas Naturales Protegidas.

7) Entender en los programas de gestión de los asentamientos humanos y uso sustentable de recursos naturales.

8) Entender en los programas de atención al visitante, referidos a la calidad de la visita y proponer las medidas necesarias para su mejoramiento, en materia de información y de interpretación de la naturaleza.

9) Entender y supervisar los programas de interpretación de la naturaleza, extensión y educación ambiental.

10) Entender en la elaboración y actualización de los Planes de Manejo.

11) Elaborar el sistema de información geográfica del organismo.

12) Intervenir en la elaboración de los Planes Operativos Anuales de las Areas Naturales Protegidas.

13) Supervisar el control del cumplimiento de las pautas establecidas en los Planes de Manejo de las Areas Naturales Protegidas, en los que se refiere a los aspectos de su conservación y uso público.

14) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de su incumbencia.

15) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de sus fines, en el marco de las facultades conferidas.

DIRECCION DE CONSERVACION Y MANEJO

ACCIONES

1) Entender en las gestiones propias de la conservación y manejo de ecosistemas y recursos naturales y culturales protegidos.

2) Formular los lineamientos e intervenir en la elaboración de los programas para la investigación científica aplicada que se desarrolla en las Areas Naturales Protegidas.

3) Formular los lineamientos e intervenir en la elaboración de los programas para el uso sustentable de los recursos naturales, culturales y el uso publico.

4) Participar en la elaboración de los programas de manejo de fuego y supervisar su gestión.

5) Formular lineamientos e intervenir en la gestión de los asentamientos humanos y las actividades que se desarrollan en las Areas Naturales Protegidas.

6) Elaborar las normativas de conservación y manejo de los recursos naturales, culturales y asentamientos humanos.

7) Intervenir y asesorar en todos aquellos aspectos que hacen a la evaluación de impacto ambiental.

8) Dirigir los registros sobre recursos naturales, culturales y asentamientos humanos.

9) Intervenir en el control del cumplimiento de las pautas establecidas en los planes de manejo de las Areas Naturales Protegidas, referidas a los aspectos de su conservación y uso público.

DIRECCION DE INTERPRETACION Y EXTENSION AMBIENTAL

ACCIONES

1) Intervenir y asesorar en la elaboración de los planes y programas de interpretación de la naturaleza, extensión ambiental y uso público de las Areas Naturales Protegidas.

2) Formular los lineamientos y normativas específicas para la interpretación de la naturaleza y la educación y extensión ambiental.

3) Elaborar y supervisar los lineamientos y normativas para diseñar senderos de interpretación, centros de visitantes y material impreso.

4) Elaborar y supervisar los contenidos y diseños del material de carácter didáctico e informativo (folletos, afiches, material gráfico) que complementan las actividades de conservación en las Areas Naturales Protegidas.

5) Intervenir en la elaboración de material de apoyo técnico para el personal (manuales, instructivos, etc.) o de divulgación científica.

6) Coordinar y supervisar el servicio de información y atención al publico.

7) Promover e intervenir en la elaboración y ejecución de actividades de difusión.

8) Intervenir en la evaluación de la calidad de la visita en las Areas Naturales Protegidas y en la propuesta de medidas necesarias para mejorarlas.

DELEGACIONES REGIONALES

ACCIONES

1) Analizar el estado de conservación de la naturaleza de las Areas Naturales Protegidas de su región y la calidad de visita ofrecida al público en ellas, e identificar los requerimientos para mejorarlos.

2) Relevar, analizar, volcar y ampliar la información científica existente sobre la diversidad biológica y las características de las Areas Naturales Protegidas de su región, elaborando planes de monitoreo de áreas, comunidades bióticas y/o especies, detectando los temas prioritarios de investigación y fomentando la misma.

3) Intervenir en la evaluación y en la autorización de los proyectos de investigación que se planee realizar en las Areas Naturales Protegidas de su región.

4) Proponer las medidas de protección y/o manejo que se estimen necesarias para la preservación de las comunidades bióticas, de las especies de la flora y fauna, de los rasgos físicos y del paisajes de las áreas de su competencia.

5) Proponer las medidas de manejo de visitantes y características de los servicios cuya prestación recomiende.

6) Proponer las pautas y condiciones técnicas a las que deberán ajustarse los aprovechamientos de los recursos naturales en las áreas de su competencia, y efectuar su control técnico.

7) Elaborar planes y proponer pautas de manejo relativos a los asentamientos humanos rurales existentes, procurando su compatibilización con los objetivos de conservación de las áreas de su competencia.

8) Proponer los desarrollos convenientes en materia de interpretación de la naturaleza para las áreas de su competencia, y brindar asistencia técnica a las intendencias.

9) Analizar los proyectos de obras públicas o privadas, de uso y/o desarrollo turístico, evaluando su justificación y su factibilidad según el impacto ecológico de cada proyecto y su encuadre en los planes de manejo.

10) Intervenir en la elaboración y actualización de los Planes de Manejo de las Areas Naturales Protegidas de su región y asesorar a las intendencias respectivas para su aplicación.

11) Brindar asistencia a las Intendencias para la formulación de sus respectivos planes operativos.

12) Participar en la identificación, evaluación y propuesta de áreas naturales que convenga incorporar al Sistema de Parques Nacionales o para ampliar las que ya lo integran.

13) Participar en la elaboración de material de difusión pública o de apoyo técnico para el personal.

14) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de sus fines en el mareo de las facultades conferidas.

DIRECCION GENERAL DE COORDINACION

ADMINISTRATIVA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la gestión económica financiera y de bienes patrimoniales de la Administración de Parques Nacionales. Entender en la política de Recursos Humanos del Organismo. Entender en la política de Capacitación del personal. Entender en la política de Obras e Inversión Pública. Entender en las concesiones para la prestación de servicios a los visitantes en las Areas Naturales Protegidas.

ACCIONES

1) Coordinar la planificación, programación y elaboración del Presupuesto Anual de recursos y erogaciones del Organismo.

2) Coordinar, dirigir y controlar las actividades de las Direcciones a su cargo.

3) Conducir la Mesa General de Entradas, Salidas y Despacho, asegurando la distribución de la documentación administrativa a las dependencias del Organismo, el control de circulación y el cumplimiento de los plazos de tramitación de los expedientes administrativos; la recepción, salida y archivo de la documentación y las notificaciones, asegurando el cumplimiento de los recaudos prescriptos en la normativa de aplicación.

4) Participar en todas las acciones operativas y de conservación de la naturaleza que tengan relación con las Areas de su incumbencia.

5) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de sus fines, en el marco de las facultades conferidas.

DIRECCION DE ADMINISTRACION

ACCIONES

1) Ejecutar y controlar el Presupuesto Anual de erogaciones y el cálculo de recursos de la Administración de Parques Nacionales.

2) Recaudar, registrar, disponer y controlar los recursos de la Administración de Parques Nacionales y administrar, custodiar y disponer los fondos y valores provenientes de las recaudaciones o de cualquier otro ingreso permanente o eventual del área de su competencia, como así también los valores y documentos que los representen.

3) Ejecutar las actividades relacionadas con la adquisición, contratación y suministro de bienes y servicios.

4) Administrar y coordinar la realización de las tareas de conservación, vigilancia, registro y mensura de los inmuebles de la Administración de Parques Nacionales y de sus bienes patrimoniales. Coordinar las actividades de mantenimiento de bienes y equipos mecánicos, asegurando la eficiente prestación de los servicios internos.

5) Diseñar e implementar sistemas administrativos contables de control y auditoría en lo referido a aspectos operativos, económicos financieros y patrimoniales de la Administración de Parques Nacionales.

6) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de su incumbencia.

7) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de sus fines, en el marco de las facultades conferidas.

DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y CAPACITACION

ACCIONES

1) Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de planeamiento organizacional y de administración de recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal.

2) Coordinar y asistir técnicamente los procesos de búsqueda, selección e integración del personal.

3) Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes.

4) Desarrollar las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional. Elaborar y proponer las modificaciones de las estructuras organizativas que correspondan en consecuencia.

5) Entender en la temática reglamentaria del Cuerpo de Guardaparques Nacionales.

6) Custodiar y mantener organizados los legajos del personal y las bases de datos correspondientes.

7) Coordinar y asistir técnicamente el proceso de evaluación de desempeño, asistiendo a las autoridades intervinientes y Comités de Evaluación en el cumplimiento de sus responsabilidades y en la administración de los resultados del proceso.

8) Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos, de la higiene y seguridad laboral y organización de las estructuras y procedimientos de trabajo.

9) Analizar, diseñar y ejecutar los programas y propuestas de capacitación específica, con la intervención de las áreas competentes.

10) Asistir técnicamente a la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera.

11) Intervenir en los programas de capacitación generales para la Administración Pública.

12) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de su incumbencia.

13) Intervenir en los traslados, comisiones y todo otro movimiento de personal que implique una erogación.

DIRECCION DE OBRAS E INVERSION PUBLICA

ACCIONES

1) Intervenir en la propuesta y solución de las obras necesarias, preparando el anteproyecto del plan de inversiones públicas y participando así en la ejecución de los planes operativos de manejo.

2) Proyectar, supervisar su ejecución y aprobar todas las obras de cualquier tipo que se efectúen en las Areas Protegidas, de conformidad con lo determinado por los planes de manejo operativos aprobados.

3) Aprobar los planes de mantenimiento de las obras existentes, apoyando y supervisando las acciones que en dichos aspectos realizan en forma directa las Intendencias.

4) Programar y supervisar las obras viales en la jurisdicción de las Areas Protegidas, coordinando las acciones pertinentes para la ejecución de las mismas con los entes nacionales y provinciales de Vialidad.

5) Asistir en los planes y disposiciones para el ordenamiento y desarrollo de los núcleos urbanos existentes en las Areas Protegidas.

6) Asistir en las condiciones técnicas a las que deberán ajustarse los aprovechamientos de los Recursos Naturales, las concesiones de obras de infraestructura recreativa.

7) Asistir supervisando y aprobar las obras que realicen concesionarios, pobladores y demás terceros en el ámbito de las áreas protegidas.

8) Definir e implementar un programa de mantenimiento de los dos edificios centrales de la Administración de Parques Nacionales.

9) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de su incumbencia.

10) Dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de sus fines, en el marco de las facultades conferidas.

DIRECCION DE APROVECHAMIENTO DE RECURSOS

ACCIONES

1) Proponer los objetivos, políticas y programas a establecerse para los servicios a los visitantes.

2) Proponer las reglamentaciones e instrucciones generales a dictarse con relación a los servicios a los visitantes.

3) Coordinar las tareas relacionadas con: a) Búsqueda, selección y designación de prestadores de servicios; b) Formalización de las respectivas contrataciones; c) Vencimientos, renovaciones, modificaciones o conclusión de contrataciones y; d) Verificación del cumplimiento de las obligaciones de los prestadores de servicios.

4) Determinar el tipo de información que deberán producir las unidades serviciales a efectos de evaluar el desenvolvimiento de las mismas.

5) Coordinar la atención de las quejas, reclamaciones e iniciativas que se reciban sobre los servicios.

6) Suministrar información sobre los servicios que se brindan a los visitantes así como sobre la incorporación de nuevos servicios o la modificación o supresión de los existentes.

7) Suministrar información para la implementación de acciones de capacitación vinculadas con laprestación de servicios a los visitantes.

8) Efectuar el control y seguimiento de todas las acciones de su incumbencia.