COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES

Decreto 1449/96

Apruébase la estructura organizativa de la mencionada Comisión.

Bs. As., 12/12/96

VISTO la Ley Nº 24.629, los Decretos Nº 558 del 24 de mayo de 1996, 660 del 24 de junio de 1996 y 1374 del 29 de noviembre de 1996, y la Resolución Conjunta SG-CTFN Nº 140 del 11 de noviembre de 1996 y

CONSIDERANDO:

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL viene desarrollando una acción destinada a dar solución a la situación existente respecto de las tierras fiscales nacionales en las que se han instalado, de manera pacífica y por largos años, grupos familiares de escasos recursos.

Que por el Decreto Nº 558/96 se estableció la obligación, para cada jurisdicción, de presentar una propuesta de estructura organizativa y distribución de las plantas de personal, a cuyo efecto se tomará como base la organización de niveles establecida por el Decreto Nº 660/96.

Que el Decreto Nº 1374/96 deja sin efecto la transferencia de la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "PROGRAMA ARRAIGO" de la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION a la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION dispuesta por el Decreto Nº 660/96.

Que la Resolución Conjunta SG-CTFN Nº 140/96 transfiere a la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "PROGRAMA ARRAIGO" de la PRESIDENCIA DE LA NACION, CINCO (5) agentes de la planta permanente de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que ha tomado intervención la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO creada por el artículo 1 del Decreto Nº 558/96.

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por la Ley Nº 24.629.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa de la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "PROGRAMA ARRAIGO" de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de acuerdo con el organigrama, objetivos, responsabilidades primarias, acciones y planta permanente que, como Anexos I, II y III, forman parte integrante del presente Decreto.

Art. 2º — Transfiérese del MINISTERIO DEL INTERIOR, a la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "PROGRAMA ARRAIGO" de la PRESIDENCIA DE LA NACION, al personal cuyo detalle obra como Anexo al presente artículo.

Art. 3º — Ratifícase la Resolución Conjunta SG-CTFN Nº 140 del 11 de noviembre de 1996, cuya copia autenticada se agrega y forma parte de la presente medida, como Anexo al presente artículo.

Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a los créditos de las partidas específicas asignadas a la Jurisdicción 2001 - PRESIDENCIA DE LA NACION, Servicio Administrativo 301 - Secretaría General.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Carlos V. Corach.

ANEXO II

OBJETIVOS

COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "PROGRAMA ARRAIGO"

Impulsar, cuando corresponda, todas aquellas acciones tendientes a lograr la regularización dominial de las tierras fiscales nacionales mediante su transferencia a favor de sus actuales ocupantes, promoviendo, para tal fin la participación de los organismos provinciales y municipales competentes en la materia y de las organizaciones sociales destinatarias del programa.

DIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION Y GESTION

Responsabilidad Primaria:

Asistir a la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "Programa ARRAIGO" en la planificación global de las actividades, entendiendo en la gestión de los proyectos de investigación y urbanización, las acciones de regularización de la situación de los asentamientos existentes en tierras fiscales ocupadas en todo el país, y el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias entre sí y en su relación con el Estado.

Acciones:

1. Realizar la programación global de actividades, participando en el diseño de planes, programas y proyectos tendientes a la regularización dominial de tierras fiscales nacionales, mediante su transferencia a favor de sus actuales ocupantes.

2. Coordinar la complementación de los planes específicos con otros similares de organismos públicos y/o de organizaciones no gubernamentales, con vistas a la optimización de resultados.

3. Coordinar las acciones desarrolladas por las Direcciones técnicas en el marco de la programación general anual establecida y realizar la evaluación de las acciones emprendidas.

4. Relevar el impacto producido en la sociedad por la aplicación de los programas implementados y constrastarla con los objetivos deseados en los lineamientos políticos, proponiendo, en su caso, medidas correctivas.

5. Realizar el análisis y evaluación de los estudios y propuestas presentados ante la Comisión.

DIRECCION DE INVESTIGACIONES Y PROYECTOS

Acciones:

1. Elaborar el plan de tierras fiscales nacionales y los programas consecuentes.

2. Coordinar el relevamiento nacional de las tierras fiscales ocupadas por asentamientos irregulares o destinados a planes sociales de tierra y vivienda y desarrollar un banco de datos de tierras aptas para la ejecución de los planes.

3. Analizar las solicitudes de asistencia o subsidios que se formulen y realizar las evaluaciones y recomendaciones correspondientes.

4. Elaborar el plan y su correspondiente cronograma para le ejecución de las actividades de la Comisión.

5. Establecer contactos con organismos gubernamentales y no gubernamentales a efectos de intercambiar información y perfeccionamiento técnico.

6. Elaborar y desarrollar los proyectos de investigación u otros, necesarios para el cumplimiento, o como base de ejecución, de los objetivos de la Comisión.

DIRECCION DE REGULARIZACION DOMINIAL

Acciones:

1. Desarrollar las gestiones administrativas necesarias para posibilitar la transferencia de las tierras a sus actuales ocupantes.

2. Requerir informes, efectuar consultas y asesorar a cualquier área pública que tenga vinculación con temas de su competencia.

3. Realizar la programación de las actividades técnicas necesarias para el cumplimiento de los objetivos enunciados.

4. Brindar asistencia técnica y asesoramiento a los organismos ejecutores de las provincias y de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires en el marco de la legislación vigente en materia de tierras fiscales nacionales.

5. Efectuar el asesoramiento jurídico y tramitar las respuestas a requerimientos judiciales.

DIRECCION DE FORTALECIMIENTO DE POLITICAS SOCIALES

Acciones:

1. Realizar y/o coordinar censos para determinar la situación socioeconómica de los destinatarios de los planes y efectuar el diagnóstico de las necesidades de capacitación de las organizaciones comunitarias proponiendo las actividades a desarrollar para responder a las demandas.

2. Promover el co-patrocinio y financiamiento internacional de actividades específicas y programas de capacitación y promoción social.

3. Promover la participación de las organizaciones comunitarias destinatarias de los planes, mediante la realización de mesas de trabajo nacionales, provinciales o de otros distritos.

4. Organizar talleres de capacitación y promoción social invitando a las provincias, municipalidades y otras organizaciones sociales a sumarse a los mismos.

5. Realizar encuentros nacionales, regionales y seminarios para la compatibilización de las acciones a desarrollar.

6. Desarrollar un registro de organizaciones no gubernamentales que trabajen en temas afines e implementar convenios de colaboración.

(Nota Infoleg: Por art. 1º del Decreto Nº 215/97 B.O. 18/03/1997 se rectificó el número de documento y el grado de la agente Da. Mabel Alejandra GABELLINI, debiendo considerarse que donde dice "13.478.878" y "E O", debe decir "13.477.878" y "E2", respectivamente.)

Anexo al artículo 3º

Resolución Conjunta 140

Bs. As., 11/11/96

VISTO los Decretos 997 del 27 de diciembre de 1995 y 1251 del 17 de julio de 1992, y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que por la primera de las medidas mencionadas se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION y por la segunda la correspondiente a la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "PROGRAMA ARRAIGO", también en Jurisdicción de la PRESIDENCIA DE LA NACION, estableciéndose las dotaciones de las plantas permanentes que las componen.

Que el Presidente de la Comisión de Tierras Fiscales Nacionales - "Programa Arraigo" propone la transferencia de cinco agentes, tres con cargos de Nivel D y dos con cargos de Nivel E, pertenecientes a la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que motiva tales propuestas razones de servicio impostergables.

Que las transferencias de las que se trata no significa alteración alguna en el detalle de distribución de cargos y horas cátedra que figuran financiados en la Planilla Nº 11, anexa al artículo 13 del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional aprobado por Ley Nº 24.624 para el ejercicio 1996.

Que la presente medida se dicta frente a las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 1545/94 y en el Artículo 8º de la Resolución SFP Nº 422/94.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL Y EL PRESIDENTE DE LA COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "PROGRAMA ARRAIGO" DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVEN:

Artículo 1º — Sustitúyense los Anexos III y IV de las estructuras organizativas de la SECRETARIA GENERAL y de la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "PROGRAMA ARRAIGO", ambas en Jurisdicción de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por los Anexos III y IV que forman parte integrante de la presente Resolución Conjunta.

Art. 2º — Transfiérese a la COMISION DE TIERRAS FISCALES NACIONALES - "PROGRAMA ARRAIGO" a los agentes de la SECRETARIA GENERAL, ambas en Jurisdicción de la PRESIDENCIA DE LA NACION, que se detallan en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese y archívese. — Arq. MIGUEL ANGEN LICO, Secretario de Estado, Comisión Tierras Fiscales Nacionales "Programa Arraigo", Presidencia de la Nación. — Dr. ALBERTO A. KOHAN, Secretario General, Presidencia de la Nación.