RADIODIFUSION

Decreto 1465/96

Apruébanse los actos del concurso público sustanciado por el COMFER para la adjudicación de la licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radieditusi6n sonora por modulación de amplitud y una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, ambas en la ciudad de Buenos Aires.

Bs.As., 13/12/96

VISTO el Expediente N° 1030-COMFER/94, del Registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y el decreto N° 873/94.

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 22.285 determina que las licencias para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de amplitud serán adjudicadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL mediante concurso público.

Que a tales fines se dicto el decreto citado en el Visto, a través del cual se autorizó al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION a llamar a concurso publico para la adjudicación de la licencia para la instalación. funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud en la ciudad de Buenos Aires, la que debería emitir en la frecuencia de 1110 Khz.

Que, en virtud de ello, el mencionado acto administrativo dejo sin efecto, al solo fin de la substanciación del referido procedimiento concursal, las disposiciones del Decreto N° 1151/84 que suspendiera el Plan Nacional de Radiodifusión aprobado mediante el Decreto N° 462/81.

Que. a través del Decreto N° 873/94, también se autorizo al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION a elaborar el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que regiría los actos concursales correspondientes, facultando a quien resultase adjudicatario a instalar una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en idéntica localización y operable en la frecuencia de 97.5 Mhz.

Que, en cumplimiento de las facultades conferidas, el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, por Resolución N° 1416 del 27 de diciembre de 1995, dispuso llamar a concurso público para la adjudicación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud y, optativamente, una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, las que operarían, respectivamente, en las frecuencias de 1110 Khz. y 97.5 Mhz., ambas en la ciudad de Buenos Aires.

Que el 1° de marzo de 1996 se realizo el acto de apertura con la presencia del: profesional delegado de la ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO, quedando registradas las propuestas presentadas por RADIO FUTURO SOCIEDAD ANONIMA (en formación): RADIO AL SUR SOCIEDAD ANONIMA (en formación); RADIODIFUSORA LR2 SOCIEDAD ANONIMA (en formación); RADIO SIGLO XXI SOCIEDAD ANONIMA (en formación) y RADIO CADENA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (en formación), como oferentes al concurso referido.

Que el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, a través de la opinión conjunta emitida por las DIRECCIONES GENERALES CONCURSOS PUBLICOS Y JURIDICOS Y NORMATIVA con ajuste al principio de celeridad. economía, sencillez y eficacia en los procedimientos administrativos previstos por el artículo 1°, inciso b) de la Ley N° 19.549 y en cumplimiento, en el caso de la última de las áreas mencionadas, de lo prescripto por el artículo 7°, inciso d) del citado plexo normativo, practico un exhaustivo examen de las ofertas en los aspectos exigidos por el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares antes referido.

Que la autoridad superior del organismo interviniente evaluó el resultado de los análisis y estudios efectuados, resolviendo las impugnaciones deducidas y arribando a la conclusión que ninguna de las propuestas reunía las condiciones exigidas para acceder a la titularidad de la licencia en cuestión, entendiendo procedente, por ello, declarar fracasado el concurso substanciado y propiciar un nuevo llamado con idéntica finalidad que la expresada en el Decreto N° 873/94 precedentemente mencionado.

Que el curso de acción propiciado por el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION en orden a la previa calificación asignada al concurso. si bien no prevista por el ordenamiento legal en vigencia, resulta suficientemente sustentado en los informes emitidos por las áreas competentes de dicha jurisdicción.

Que como consecuencia en lo expuesto, se a tornado abstracta la decisión sobre recurso de alzada Interpuesto subsidiariamente por la oferente RADIO AL SUR S A (e.f.) contra la Resolución N° 799/COMFER/96 y la Disposición N° 2/COMFER/DGCP/96.

Que el presente se dicta de conformidad con lo establecido par el articulo 99, inciso 1. de la CONSTITUCION NACIONAL y en ejercicio de las facultades otorgadas por el articulo 39. inciso a) de la Ley N. 22 285

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NAC1ON ARGENTINA

DECRETA

Artículo 1°- Apruébanse los actos del concurso público sustanciado por el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION para la adjudicación de la licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud y una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, operables en las frecuencias de 1110 Khz. y 97. 5 Mhz., respectivamente, ambas en la ciudad de Buenos Aires. conforme a lo enunciado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, aprobado por la Resolución N° 1416-COMFER/95,

Art 2°-Desestimase las propuestas ocurrentes al concurso público mencionado en el artículo precedente. presentadas por RADIO FUTURO SOCIEDAD ANONIMA (en formación), integrada por los señores: Sergio Carlos SPADONE (DNI 18.047.035); Leonardo Francisco SPADONE (DNI 21.474.249); Ariana Graciela SPADONE de PARERA (DNI 20.350.909); Juan Francisco Lorenzo SPADONE (DNI 7.710.787); Ricardo Alberto Kleinman (LE 4.304.102); Emilio Remo NOSEDA (DNI.5.795.208); Antonio Francisco SALONIA (LE 6.829.152); Rodolfo GIMENEZ (DNI 4.579.596); Pastor Oscar MAGDALENA (LE 423.771); Lorena Beatriz SPADONE de FINDOR (DNI 21.587.568) y Claudia Mabel LITWIN (DNI 18.307.251); RADIO AL SUR SOCIEDAD ANONIMA (en formación) integrada por los señores: Enrique Raúl ALBISTUR (LE 7.608.941); María de los Angeles DIAZ (DNI 11.543.781); Luis Moisés SUEZ (LE 4.138.880); Sofía MASRI de SUEZ (LC 3.202.911); Julio Francisco Antonio AURELIO (LE 4.392.479) y Felix Francisco NEBBIA (DNI 5.530.498); RADIODIFUSORA LR2 SOCIEDAD ANON1MA (en formación), integrada por los señores: Antonio CARROZZI (LE 5.010.687); Manuel Benito CAO (LE 4.211.938); Rodolfo Enrique PAGANINI (LE 7.610.361); A1fredo Pedro CHINI (DNI 10.633.939) y Rodolfo Rafael MUNOZ (DNI 5.082.985); RADIO SIGLO XXI SOCIEDAD ANONIMA (en formación), integrada por los señores: Carlos Norberto FIORONI (LE 4.404.425) y Remo Alberto FIORONI (LE 4.298.511) y RADIOCADENA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (en formación). integrada por los señores: Gustavo DE FILIPPI (DNI 8.313.808); Carlos Alfredo FERLA (DNI 11.188.652); Pedro Mario PEREYRA (LE 7.937.728) y José Gregorio VARGAS (LE 7.934.452).

Art. 3°- Declarase fracasado d concurso público convocado por d acto administrativo mencionado en el artículo 1° y autorizase nuevamente al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION a llamar a concurso público para la adjudicación de la licencia para la instalación. funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud y una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia operables en las las frecuencias de 1110 Khz. y 97.5 Mhz., respectivamente. ambas en la ciudad de Buenos Aires.

Art. 4°-Autorizase igualmente al mencionado organismo a elaborar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares que regirán los actos inherentes al nuevo concurso público autorizado por el artículo anterior.

Art. 5°-Declarase abstracta la cuestión suscitada como consecuencia de recurso de alzada interpuesto subsidiariamente por la oferente RADIO AL SUR S.A. (e.f.) contra la Resolución N° 799/COMFER/96 y la Disposición N° 2/COMFER/DGCP/96.

Art. 6° - Comuníquese, Publíquese, Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese. - MENEM.- Carlos V. Corach.