BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Decreto 1.575/96

Apruébase el Presupuesto de Gastos, el Plan de Acción y el Cálculo de Recursos para el ejercicio 1996 de la citada Institución.

Bs. As., 19/12/96

VISTO el artículo 29 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1996), y las modificaciones introducidas en la CONSTITUCION NACIONAL, y

CONSIDERANDO:

Que por la norma legal mencionada en primer término se determina que el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobará anualmente el Plan de Acción y el Presupuesto de Gastos y Recursos de las Instituciones pertenecientes al Sistema Bancario Oficial.

Que a esos efectos es menester propiciar la presente medida, por la cual se aprueba el presupuesto perteneciente al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

Que el artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional y el artículo 29 de la ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1996) facultan la realización del proyecto de referencia.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase el Presupuesto de Gastos y el Plan de Acción para el ejercicio 1996 correspondiente al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, de acuerdo con el detalle obrante en planillas anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Apruébase el Cálculo de Recursos afectados a la financiación del presupuesto de la Institución a que se refiere el artículo 1 de la presente medida, de acuerdo con el detalle obrante en planilla anexa a este artículo, que forma parte integrante del mismo.

Art. 3º — Facúltase al Directorio del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA a disponer las reestructuraciones que considere necesarias dentro de los gastos corrientes y de capital, sin compensar créditos entre ellos, ni exceder la suma total fijada en el artículo 1.

Art. 4º — Dése cuenta oportunamente al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art.5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Roque B. Fernández.

NOTA: Este Decreto se publica sin Planillas Anexas. La documentación no publicada puese ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).