COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA
Decisión Administrativa N° 517/1996
Apuébase la estructura organizativa del citado Organismo Descentralizado.
Bs. A.s, 19/12/96
VISTO los Decretos Nros. 558 del 24 de mayo de 1996, 660 del 24 de junio de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que por el primer Decreto se estableció que las Jurisdicciones,
Organismos centralizados y descentralizados de la Administración
Pública Nacional deben presentar una propuesta de estructura
organizativa y distribución de las plantas de personal hasta el nivel
de Dirección Nacional, general o equivalentes o primer nivel operativo
con dependencia del nivel político.
Que por el artículo 46 y el Anexo III del Decreto N° 660 del 24 de
junio de 1996, se disponen los ámbitos jurisdiccionales en los que
actuarán los organismos descentralizados de la Administración Pública
Nacional.
Que, en cumplimiento de dichas normas, la COMISION NACIONAL DE ENERGIA
ATOMICA, Organismo Descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE
CIENCIA Y TECNOLOGIA del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, ha elevado
una propuesta de estructura organizativa.
Que la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA viene cumpliendo con la
reestructuración que surge de los lineamientos del Decreto N° 1540 del
30 de agosto de 1994.
Que se encuentra actualmente aprobada una nueva estructura orgánico funcional mediante Decreto N° 674 del 11 de mayo de 1995.
Que la reestructuración mencionada fue complementada luego por los
Decretos Nos. 826 del 15 de junio de 1995 y 1286 del 12 de noviembre de
1996, por los cuales se pasa al ámbito empresarial las actividades de
Radioisótopos y Radiaciones y ciclo de combustible que estaban a cargo
de dicha Institución.
Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO, ha tomado la intervención que le compete expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTOS
DECIDE:
Artículo 1° - Apruébase la
estructura organizativa de la COMISON NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA,
organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE CIENCIA Y
TECNOLOGIA del MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA del MINISTERIO DE
CULTURA Y EDUCACION, de acuerdo al Organigrama, Responsabilidad
Primaria y Acciones y Planta Permanente que, como Anexos I, II y III
forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
Art. 2° - Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del regsitro Oficial y
archívese. - Jorge A. Rodríguez - Susana B. Decibe.
ANEXO II - RESPONSABILIDAD PRIMARIA Y ACCIONES
COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA
GERENCIA GENERAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Conducir las actividades ejecutivas de la Comisión Nacional de Energía Atómica, de acuerdo con las pautas establecidas
por el directorio.
ACCIONES
1. Administrar los recursos humanos, materiales presupuestarios y organizacionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica.
2. Participar en la elaboración de las políticas en materia de desarrollo nuclear.
3. Participar en la elaboración de los programas de investigación y desarrollo tecnológico.
4. Presentar al directorio, para su discusión y aprobación antes del
inicio de cada ejercicio, la asignación de recursos para cada uno de
los sectores principales.
GERENCIA DE TECNOLOGIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en los proyectos de desarrollo tecnológico y en las investigaciones asociadas a ellos.
ACCIONES
1. Planificar el desarrollo tecnológico y la investigación científica
asociada, determinando recursos, rentabilidad potencial y asignación de
prioridades.
2. Propiciar y coordinar los distintos proyectos de desarrollo tecnológico.
3. Efectuar el control de gestión de los proyectos.
4. Coordinar con las gerencias de los centros atómicos la ejecución de
los proyectos de desarrollo tecnológico y la investigación científica
asociada.
5. Participar en el diseño de los programas de formación de recursos humanos.
GERENCIA CENTRO ATOMICO BARILOCHE
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir las actividades de investigación científica y asistencia
técnica, la compatibilización de proyectos, la implementación de
sistemas de apoyo y control y las actividades de formación de los
recursos humanos del Centro Atómico Bariloche.
Acciones
1. Desarrollar una estructura con capacidad para llevar a cabo los
programas de investigación y desarrollo de la Comisión Nacional de
Energía Atómica.
2. Administrar el Centro Atómico Bariloche.
3. Asignar prioridades y recursos para las investigaciones básicas y aplicadas en ciencias exactas, naturales y en ingeniería.
4. Dirigir las actividades del Instituto Balseiro y procurar la capacitación continua del personal de su dependencia.
5. Coordinar y optimizar en colaboración con los gerentes de los otros
centros atómicos y con el gerente de tecnología, las actividades de
investigación y desarrollo, asistencia técnica y el apoyo a los
proyectos de desarrollo tecnológico.
6. Establecer programas de asistencia técnica, de generación y
transferencia de tecnología con entes nacionales públicos y privados,
en coordinación con la Gerencia de Cooperación y Transferencia de
Tecnología.
GERENCIA CENTRO ATOMICO CONSTITUYENTES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir las actividades de investigación científica y asistencia
técnica, la compatibilización de proyectos, la implementación de
sistemas de apoyo y control y las actividades de formación de los
recursos humanos del Centro Atómico Constituyentes.
ACCIONES
1. Desarrollar una estructura con capacidad para llevar a cabo los
programas de investigación y desarrollo de la Comisión Nacional de
Energía Atómica.
2. Administrar al Centro Atómico Constituyentes.
3. Asignar prioridades y recursos para las investigaciones básicas y aplicadas en ciencias exactas, naturales y en ingeniería.
4. Impartir formación técnica y universitaria y procurar la capacitación continua del personal de su dependencia.
5. Coordinar y optimizar en colaboración con los gerentes de los otros
centros atómicos y con el gerente de tecnología, las actividades de
investigación y desarrollo, asistencia técnica y el apoyo a los
proyectos de desarrollo tecnológico.
6. Establecer programas de asistencia técnica, de generación y
transferencia de tecnología con entes nacionales públicos y privados,
en coordinación con la Gerencia de Cooperación y Transferencia de
Tecnología.
GERENCIA CENTRO ATOMICO EZEIZA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir las actividades de investigación científica y asistencia
técnica, la compatibilización de proyectos, la implementación de
sistemas de apoyo y control y las actividades de formación de los
recursos humanos del Centro Atómico Ezeiza.
ACCIONES
1. Desarrollar una estructura con capacidad para llevar a cabo los
programas de investigación y desarrollo de la Comisión Nacional de
Energía Atómica.
2. Administrar el Centro Atómico Ezeiza.
3. Asignar prioridades y recursos para las investigaciones básicas y aplicadas en ciencias exactas, naturales y en ingeniería.
4. Impartir formación técnica y universitaria y procurar la capacitación continua del personal de su dependencia.
5. Coordinar y optimizar en colaboración con los gerentes de los otros
centros atómicos y con el gerente de tecnología, las actividades de
investigación y desarrollo, asistencia técnica y el apoyo a los
proyectos de desarrollo tecnológico.
6. Establecer programas de asistencia técnica, de generación y
transferencia de tecnología con entes nacionales públicos y privados,
en coordinación con la Gerencia de Cooperación y Transferencia de
Tecnología.
GERENCIA DE COOPERACION Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en los programas de cooperación técnica nacional e
internacional y en la transferencia de tecnología en el área nuclear y
temas vinculados a la misma.
ACCIONES
1. Intervenir en el establecimiento de convenios, programas y planes de
cooperación y asistencia técnica con organismos extranjeros e
internacionales.
2. Coordinar la realización de convenios con entes nacionales, públicos o privados.
3. Fomentar la generación y desarrollo de emprendimientos tecnológicos externos al organismo.
4. Promover y gestionar la transferencia de tecnología generada por el
organismo, e incorporar al mismo las tecnologías generadas fuera de él
que le sean de utilidad.
5. Promover la generación de sistemas de responsabilidad tecnológica en
entes estatales y privados relacionados con el campo nuclear.
6. Promover la capacitación del personal en centros de excelencia del extranjero.
GERENCIA DE ADMINISTRACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la planificación, determinación, coordinación y control de
los recursos humanos, financieros, tecnológicos y materiales.
ACCIONES
1. Intervenir en la formulación y elaboración del presupuesto de la
Comisión Nacional de Energía Atómica, efectuar la programación física y
financiera de su ejecución y el registro contable correspondiente.
2. Conducir y controlar la gestión económica, financiera, contable e
impositiva, responsabilizándose de la custodia de fondos y/o valores,
como así también del ingreso y egreso de los mismos.
3. Otorgar a cada sector principal, el comienzo de cada ejercicio, las partidas presupuestarias asignadas por el directorio.
4. Organizar y supervisar la tramitación de contrataciones, incluyendo compras y locación de bienes y/o servicios.
5. Dirigir la administración y el control de los recursos humanos del organismo.
6. Coordinar y controlar la gestión de los bienes muebles e inmuebles afectados al organismo y efectuar su registro patrimonial.
7. Coordinar la capacitación del personal en materia administrativa.
SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar en los aspectos jurídicos relacionados con la actividad de la
Comisión Nacional de Energía Atómica, intervenir en la formación de los
actos administrativos y ejercer la representación judicial del
organismo.
ACCIONES
1. Dictaminar en todas las cuestiones jurídicas relacionadas con la actividad de la Comisión Nacional de Energía Atómica.
2. Representar y ejercer el patrocinio letrado en los juicios en que la institución sea parte.
3. Supervisar la instrucción de los sumarios administrativos.
4. Clasificar y registrar la documentación legal nacional e internacional que hacen a las actividades de la institución.
5. Asesorar en materia de derecho nuclear y mantener relaciones en el
orden interno e internacional con sectores que cumplen tareas
normativas y de estudio en dicha especialidad del derecho.
DEPARTAMENTO SECRETARIA Y DESPACHO
ACCIONES
1. Conducir las actividades administrativas de apoyo directo a la Gerencia General.
2. Coordinar la publicación de los boletines administrativos público y reservado de la institución.
3. Efectuar la clasificación y registro de la documentación oficial que se tramite, recepcione o despache en la institución.
DEPARTAMENTO RELACIONES PUBLICAS
ACCIONES
1. Coordinar la difusión y promoción de las actividades de la Comisión
Nacional de Energía Atómica, así como la elaboración de material
informativo y de divulgación.
2. Coordinar el ceremonial de la institución.
3. Promover la divulgación interna de las políticas y actividades del organismo.
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD
Efectuar los exámenes y evaluaciones de las actividades de la Comisión
Nacional de Energía Atómica, a posteriori de su ejecución, en función
de lo dispuesto por la ley 24156 Ver Texto y sus reglamentaciones,
utilizando el enfoque de control integral e integrado, de manera de
asegurar la eficacia, eficiencia y economía de las operaciones.
ACCIONES
1. Elaborar el plan anual de auditoría de acuerdo con las normas
generales de control interno y de auditoría interna producidas por la
Sindicatura General de la Nación y remitirlo a la misma para su
discusión y aprobación final.
2. Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de
establecer, en acuerdo con la presidencia de la institución, el sistema
de control interno y posteriormente efectuar su seguimiento.
3. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos
establecidos por la autoridad superior, revisando y evaluando la
aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad y
financieros.
4. Verificar si las erogaciones son efectuadas de acuerdo con las
normas legales y de contabilidad aplicables y a los niveles
presupuestarios correspondientes, determinando la confiabilidad de los
datos que se utilizan en la elaboración de la información, así como la
precisión de las registraciones de los activos y las medidas de
resguardo tomadas para protegerlos.
5. Producir informes sobre las actividades desarrolladas y, en su caso,
formular las recomendaciones y observaciones que corresponda,
efectuando su posterior seguimiento y remitiendo copia de todo lo
actuado a la Sindicatura General de la Nación.