Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 46/97

Apruébase el Plan Fundamental de Numeración

Bs. As., 13/1/97

VISTO lo dispuesto por el artículo 42 de la CONSTITUCION NACIONAL, el Decreto N° 952/96 modificado por su similar 1620/96, y las Resoluciones del registro de esta Secretaría Nros. 57/96, 136/96, 156/96 y 25.835/96, y lo tramitado en el Expediente CNT N° 5295/94, y

CONSIDERANDO

Que a efectos de dar cumplimiento al mandato constitucional de garantizar la libertad de elección en la relación de consumo, el PODER EJECUTIVO NACIONALO fijó como objetivo de esta secretaría el dictado de los planes fundamentales que garanticen la futura prestación competitiva de servicios de telecomunicaciones.

Que a tales fines por Resoluciones (S.C.) 57/1996 y 136/1996 se suspendieron los efectos de los planes aprobados por resoluciones (C.N.T.) 272/1996 y 346/1996 a fin de prepararlos para el futuro mercado abierto y competitivo.

Que por Resolución 156/1996 se adoptó el procedimiento previsto por el artículo 44 del Reglamento General de Audiencias Públicas y Documentos de Consulta para las Comunicaciones, a efectos de dictar el Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que a través de dicha norma esta secretaría formuló una serie de preguntas relativas al Plan Fundamental a fin de que el sector empresarial responda a las mismas en un plazo predeterminado.

Que a estos efectos se remitieron copias del mencionado documento de consulta al CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACIONES, TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM S.A., TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., TELECOMUNICACIONES INTERNACIONALES DE ARGENTINA - TELINTAR S.A., STARTEL S.A., COMPAÑIA DE RADIOCOMUNICACIONES MOVILES S.A., MINIPHONE S.A., TELECOM PERSONAL S.A., TELEFONICA COMUNICACIONES PERSONALES S.A., C.T.I. COMPAÑIA DE TELEFONOS DEL INTERIOR S.A., C.T.I. NORTE COMPAÑIA DE TELEFONOS DEL INTERIOR S.A., A.T. & T. SERVICIOS DE COMUNICACIONES ARGENTINA S.A., M.C.I. ARGENTINA S.A., IMPSAT S.A., COMSAT S.A., ASOCIACIÓN ARGENTINA DE TELEVISION POR CABLE, CAMARA ARGENTINA DE PRESTADORES DE AUDIOTEXTO, CAMARA ARGENTINA DE BASE DE DATOS Y SERVICIOS EN LINEA, CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA EN TELECOMUNICACIONES, ELECTRONICA Y COMPUTACION (COPITEC), CABLEVISION, T.C.I. S.A., VIDEOCABLE COMUNICACION, MULTICANAL S.A., FEDERACION DE COOPERATIVAS TELEFONICAS DEL SUR (FECOSUR), CAMARA DE INFORMATICA Y COMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (CICOMRA), CAMARA DE COMERCIO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EN LA REPUBLICA ARGENTINA, CAMARA ARGENTINA DE APLICACIONES SATELITALES (CADAS), RADIOMENSAJE S.A., RADIOLLAMADA S.A., MTEL S.A., BUENOS AIRES TRUNKING S.A., MAC CAW ARGENTINA S.A., CONECTEL S.A., NAHUELSAT S.A., y a todas las compañías interesadas en la prestación de servicios de telecomunicaciones que requieran facilidades de numeración, tanto en el presente como en el futuro.

Que habiéndose receptado las presentaciones efectuadas por las distintas empresas del sector, se instrumentó una ronda de reuniones con los representantes designados por éstas, con motivo de aclarar y complementar las opiniones vertidas oportunamente.

Que teniendo en cuenta el marco regulatorio vigente, la política del Gobierno nacional en la materia y los comentarios y opiniones recogidos, se elaboró un anteproyecto del Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que el precitado anteproyecto fue puesto a conocimiento público y a las distintas empresas del sector por Resolución (S.C.) 25.835/1996.

Que en razón del mismo se dio nuevamente participación a las empresas opinantes a efectos de que presenten objeciones y sugerencias.

Que cumplido ello esta secretaría organizó nuevas reuniones con el sector, propiciando debatir el contenido del anteproyecto del plan precitado.

Que en el marco del debate generado, las cámaras empresariales y las compañías intervinientes aportaron opiniones enriquecedoras al anteproyecto de Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que habida cuenta de las distintas reuniones celebradas entre esta secretaría y el sector privado, cabe entender que se ha alcanzado consenso en lo relativo a las normas que regirán la numeración.

Que el mercado de las telecomunicaciones requiere planes fundamentales, coherentes y sólidos a fin de alentar la productividad, la innovación tecnológica y el crecimiento del sector.

Que en este sentido debe tenerse en cuenta que el Plan Fundamental de Numeración Nacional propuesto importa un cambio global para un mercado de servicios de telecomunicaciones y prestadores múltiples que es el objetivo trazado para el sector desde el inicio del proceso de desregulación.

Que con el dictado del presente acto, se pretenden en definitiva establecer reglas claras y transparentes que garanticen la competencia efectiva y eviten abusos de posición dominante o distorsiones que puedan desalentar el ingreso al mercado de nuevos operadores, así como fomentar su crecimiento y desarrollo.

Que en atención a lo precedentemente expuesto, habiéndose garantizado la transparencia, publicidad y participación de los interesados en el proceso de elaboración de normas de importancia decisivas para el sector de telecomunicaciones, procede la aprobación del Plan Fundamental de Numeración Nacional por parte de esta secretaría.

Que la Dirección de Asuntos Legales de esta secretaría ha tomado intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el decreto 1620/1996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1Ί – Apruébase el Plan Fundamental de Numeración Nacional que como anexo I integra el presente acto.

Art. 2Ί – Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. –Germán Kammerath.

PLAN FUNDAMENTAL DE NUMERACION NACIONAL

I INTRODUCCION

II DEFINICIONES BASICAS

III ESTRUCTURA DEL NUMERO NACIONAL

IV PROCEDIMIENTOS DE MARCACION

V PREVISIONES PARA LA FUTURA EVOLUCION

VI ASIGNACION Y ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DE NUMERACION

VII PROCESO DE MIGRACION

I INTRODUCCION

I.1. Objetivos

Este Plan Fundamental de Numeración Nacional (PFNN) tiene como objetivo servir de base para el adecuado uso y administración de la numeración como un recurso nacional limitado, en beneficio de los usuarios y prestadores de servicios de telecomunicaciones. Los criterios rectores de este plan son la asignación eficiente y no discriminatoria de los recursos disponibles. Un aspecto de máxima importancia es que la numeración debe ser fácil de entender y utilizar por parte de los usuarios.

I.2. Antecedentes y necesidad del cambio

La numeración actualmente disponible permite el normal crecimiento de todos los servicios que se están brindando, inclusive la demanda de los nuevos prestadores que ingresen al mercado hasta el momento de la expansión a 10 dígitos del número nacional. Se advierte la necesidad de establecer un nuevo Plan de Numeración que responda al esquema regulatorio vigente y que proporcione una solución integral para el desarrollo de múltiples servicios y prestadores. Desde esta perspectiva y teniendo en cuenta la ocupación actual de la numeración en el A.M.B.A., es posible prever que la misma estará exhausta en el corto plazo. Igual diagnóstico puede hacerse para el interior del país, en el que se observan algunas zonas comprometidas, donde se necesitará de una mayor capacidad de numeración. La multiplicidad de nuevos servicios y el acelerado desarrollo de los existentes, junto con la incorporación de nuevos prestadores con la futura apertura a la competencia en los segmentos aun en exclusividad, creará una mayor demanda de recursos de numeración que será necesario atender para continuar con la evolución de las redes de telecomunicaciones.

I.3. Situación actual

El actual sistema de numeración utiliza números nacionales de longitud fija de 8 dígitos, compuesto de un indicativo interurbano de longitud variable (de 1 a 3 dígitos) y un número de abonado de longitud variable (de 5 a 7 dígitos). Si bien la ocupación actual de la numeración en su conjunto es menor al 10 % a nivel nacional, en el indicativo interurbano 1 (AMBA), la ocupación es cercana al 50 %. Los códigos de los servicios especiales tienen el formato 1XY, con excepción de los servicios de operadora (19 y 000).

I.4. Consideraciones y premisas para la elaboración del nuevo plan

1. El Plan Fundamental de Numeración Nacional (PFNN) debe ofrecer capacidad adecuada para identificar unívocamente todos los destinos y equipos terminales dentro del territorio nacional durante su período de vigencia.

2. Debe ofrecer flexibilidad y capacidad de expansión para satisfacer los futuros requerimientos de crecimiento.

3. Debe ser fácil de entender y usar.

4. Debe estar estructurado para facilitar el análisis numérico y el encaminamiento de las llamadas.

5. Debe ofrecer a los usuarios estabilidad y largos períodos sin cambios en sus números de abonado.

6. Debe utilizar la menor longitud posible de dígitos durante el proceso de marcación consistente con las necesidades de los servicios.

7. Debe permitir la apertura de nuevos servicios y destinos sin afectar al plan en su conjunto.

8. Debe ser compatible con las recomendaciones internacionales correspondientes al tema.

9. Los números nacionales deben consistir solamente de dígitos decimales.

10. Debe reservar apropiada capacidad para el uso de prefijos y futura expansión.

11. Debe permitir una administración equitativa, y eficiente de la numeración

12. Se considerará en todo momento al PFNN y sus elementos como un recurso nacional, la asignación de algún recurso no implica propiedad sobre el mismo. Su uso se regirá por la entidad administradora.

13. La definición de las áreas de prestación de los prestadores de servicios es independiente de este PFNN.

14. El proceso de migración debe mantener la significación geográfica y tarifaria de los indicativos interurbanos y considerar los inconvenientes técnicos y económicos de los actuales prestadores y usuarios.

II - DEFINICIONES BASICAS

Area de servicio local

Es una zona geográfica definida o autorizada por la autoridad regulatoria,

Característica de central

Dígito o combinación de dígitos que identifican a un conjunto de 10.000 números consecutivos.

Código de servicios especiales

Es el conjunto de dígitos que identifica a un servicio especial (por ejemplo, bomberos).

Código de operador de larga distancia

Es el conjunto de dígitos que identifica una red de larga distancia de un prestador determinado y permite entregar las llamadas a dicha red.

Formato de marcación

Secuencia de dígitos que se deben marcar para alcanzar a un usuario o a un servicio.

Indicativo de país

Dígito o combinación de dígitos asignadas por la UITT que identifican a cada país.

Indicativo interurbano o código de área

Dígito o combinación de dígitos que identifican a una zona en un país determinado.

Número internacional

Número que debe marcarse o solicitarse después del prefijo de acceso internacional para comunicarse con un destino de otro país. El número internacional está compuesto por el indicativo de país de destino seguido del número nacional.

Número nacional

Es un conjunto de dígitos que identifica a un destino dentro de un país determinado

Número nacional geográfico

El número nacional está formado por el indicativo interurbano y el número de abonado.

Número nacional no geográfico

Número que al ser marcado por un usuario, antes de su encaminamiento, requiere de una traducción hecha por algún elemento de una red nacional para encontrar el número geográfico de destino y cuya identidad no está asociada a una zona específica (por ejemplo, el servicio 800).

Número local o de abonado

El número de abonado está compuesto por la característica de central y el número interno de central.

Número interno de central

Combinación de cuatro dígitos que identifican a cada abonado dentro de una característica de central.

Portabilidad entre prestadores de un mismo servicio

Es la capacidad que permite al cliente cambiar de prestador de servicio en la misma localidad y para el mismo servicio, conservando su número nacional.

Portabilidad entre servicios

Es la capacidad que permite al cliente cambiar de tipo de servicio en la misma localidad, conservando su número nacional (por ejemplo, cancelar el teléfono fijo y contratar un celular).

Portabilidad entre localidades

Es la capacidad que permite al cliente cambiar de ubicación geográfica dentro del territorio nacional, conservando su número nacional.

Prefijo de acceso

Es el conjunto de uno o más dígitos que siendo parte de una marcación permite seleccionar diferentes formatos de números, redes de tránsito y/o servicios. No forman parte del número.

III - ESTRUCTURA DEL NUMERO NACIONAL

III.1. Estructura del número nacional

III.1.1. Longitud

La longitud de los números nacionales será uniforme a 10 dígitos.

III.2. Estructura de los números geográficos

III.2.1.1. Estructura del número nacional geográfico

El número nacional geográfico, se forma con el indicativo interurbano y el número de abonado y estará compuesto de 10 dígitos, tal como se presenta en la tabla 3.1

Tabla 3.1. Estructura del Número Nacional Gográfico.

Características:

Restricción del uso del dígito 0 como primer dígito del Número Nacional. El uso del dígito cero (0) como primer dígito del Número nacional está restringido, ya que está asignado para los prefijos de acceso.

III.2.1.2. Estructura del número de abonado

El número de abonado permite identificar usuarios dentro de un área de servicio local y que tiene un mismo indicativo interurbano pudiendo estar formado por seis, siete u ocho dígitos (longitud variable). Está compuesto por la característica de central y el número interno de central y su formato aparece en la tabla 3.2

Tabla 3.2. Estructura del número de abonado

Características

Restricción del uso del dígito 0 como inicio de característica de central. El uso del dígito cero (0) como primer dígito de la característica de central está restringido, ya que está asignado para prefijos de acceso.

Restricción del uso del dígito 1 como inicio de característica de central. El uso del dígito uno (1) como primer dígito de la característica de central está restringido.

Número interno de central. Siempre estará compuesto de cuatro dígitos, de 0000 a 9999 (g, h, i, j).

III.3. Estructura de los números no geográficos

III.3.1. Estructura de los números no geográficos

La estructura genérica para los números no geográficos se muestra en la tabla 3.3

Tabla 3.3. Estructura de los Números No Geográficos

Características:

Restricción del uso del dígito 0 como primer dígito del Número Nacional. El uso del dígito cero (0) como primer dígito del número nacional está restringido, ya que está asignado para prefijos de acceso.

En la tabla 3.4 se muestran los servicios No Geográficos Nacionales definidos.

Tabla 3.4 Descripción de los Números No Geográficos

III.4 Estructura de los Códigos de Servicios Especiales

III.4.1. Estructura de los códigos de Servicios Especiales

Los servicios especiales están destinados a establecer comunicaciones de urgencia, servicios a la comunidad y atención a clientes de los prestadores de servicios de telecomunicaciones.

Los servicios especiales se brindarán con el formato (a excepción de los servicios de operadora):

1XY

En donde:

1 Es el indicativo de servicios especiales

X Es el indicativo genérico del tipo servicios especiales

Y Es el indicativo del servicio específico (0 a 9)

Los grupos de servicios especiales definidos por el genérico X, se muestran en la tabla 3.5.

Tabla 3.5. Grupos de Indicativos de Servicios Especiales

III.4.2. Códigos asignados para los servicios especiales

En la tabla 3.6 se muestran los códigos asignados para los servicios especiales

Tabla 3.6. Indicativos asignados para Servicios Especiales

III.5. Estructura del Código de Identificación de Operador de Larga Distancia

El código de operador tiene la siguiente estructura:

IV - PROCEDIMIENTOS DE MARCACION

IV-1. Procedimiento de Marcación para Llamadas Locales

Un usuario utiliza el procedimiento de marcación mostrado en la Tabla 4.1 para realizar llamadas locales

Tabla 4.1. Procedimiento de Marcación para Llamadas Locales

Una llamada con origen y destino dentro de la misma área de servicio local y el mismo indicativo interurbano, con 6 dígitos de número de abonado:

e f g h i j

Una llamada con origen y destino dentro de la misma área de servicio local y el mismo indicativo interurbano, con 7 dígitos de número de abonado:

d e f g h i j

Una llamada con origen y destino dentro de la misma área de servicio local y el mismo indicativo interurbano, con 8 dígitos de número de abonado:

c d e f g h i j

Si se autorizaran llamadas con origen y destino dentro de la misma área de servicio local y diferente indicativo interurbano se marcarán en número nacional.

–––––––––

NOTA: La Autoridad Regulatoria podrá autorizar a prestadores de servicio local la marcación en Número Nacional (con o sin el prefijo de acceso de larga distancia nacional), para una llamada local.

IV.2 Prefijos de acceso

Todos los prestadores de servicios deberán utilizar los mismos prefijos de acuerdo a la tabla 4.2, cuando dichos prefijos sean necesarios para ofrecer un servicio.

Tabla 4.2. Prefijos de acceso

Las marcaciones precedidas del carácter "*" quedan reservadas para el libre uso de los prestadores de servicio local.

IV.3 Procedimiento de Marcación para Llamadas Interurbanas Automáticas

Un usuario utiliza el procedimiento de marcación mostrado en la tabla 4.3 para realizar una llamada nacional (fuera de su área local).

Tabla 4.3. Procedimiento de Marcación para Llamadas Interurbanas Automáticas

Donde:

PQR = Código de operador de larga distancia

IV.4. Procedimiento de Marcación para Llamadas Internacionales Automáticas

Un usuario utiliza el procedimiento de marcación mostrado en la tabla 4.4 para realizar una llamada internacional.

Tabla 4.4. Procedimiento de Marcación para Llamados Internacionales.

Donde:

PQR = Código de operador de larga distancia

IV.5. Procedimiento de Marcación para el Acceso a los Servicios Especiales

Un usuario utiliza el procedimiento de marcación mostrado en la tabla 4.5 para comunicarse a los servicios especiales.

Tabla 4.5. Procedimiento de Marcación para el Acceso a los Servicios Especiales

(*) Para aquellos servicios provistos por un operador de larga distancia.

Donde:

PQR = Código de operador de larga distancia

IV.6. Procedimiento de Marcación para Números Nacionales No Geográficos

IV.6.1. Procedimiento de Marcación para Números Nacionales No Geográficos

Un usuario utiliza el procedimiento de marcación mostrado en la tabla 4.6 para realizar llamadas a números nacionales no geográficos.

Tabla 4.6. Procedimiento de Marcación a Números Nacionales No Geográficos

Nota: Para ciertos servicios no geográficos se podrá utilizar la selección de operador de larga distancia, de acuerdo al procedimiento de la tabla 4.3.

IV.6.2. Procedimiento de Marcación para Números No Geográficos de otros países

Un usuario utiliza el procedimiento de marcación mostrado en la tabla 4.7 para realizar llamadas a números no geográficos de otros países. Esta modalidad de marcación estará sujeta a lo dispuesto por la autoridad regulatoria y a los criterios recomendados por los organismos y acuerdos internacionales.

Tabla 4.7. Procedimiento de Marcación para Llamadas a Números No Geográficos de otros países

(*) El número no geográfico internacional incluye el indicativo de país.

Nota 1: Para ciertos servicios no geográficos internacionales se podrá utilizar la selección de operador de larga distancia, de acuerdo al procedimiento de la tabla 4.4.

IV.7. Procedimiento de Marcación a Operadora de Larga Distancia Nacional

Un usuario utiliza el procedimiento de marcación mostrado en la tabla 4.8 para comunicarse con la operadora de larga distancia nacional.

Tabla 4.8. Procedimiento de Marcación a Operadora de Larga Distancia Nacional

Donde:

PQR = Código de operador de larga distancia

IV.8. Procedimiento de Marcación a Operadora de Larga Distancia Internacional

Un usuario utiliza el procedimiento de marcación mostrado en la tabla 4.9 para comunicarse con la operadora de larga distancia internacional.

Tabla 4.9. Procedimiento de Marcación a Operadora de Larga Distancia Internacional

Donde:

PQR = Código de operador de larga distancia

IV.9. Procedimiento de Marcación con la modalidad "abonado llamante paga"

Un usuario utiliza el procedimiento de marcación mostrado en la tabla 4.10 para acceder a servicios con la modalidad "abonado llamante paga".

Tabla 4.10. Procedimiento de Marcación con la modalidad "abonado llamante paga"

V . PREVISIONES PARA LA FUTURA EVOLUCION

V.1. Premisas

Una parte indispensable de un plan de numeración eficiente y adecuado, incluye determinar cuál será su evolución a largo plazo para proporcionar una capacidad suficiente para todas las necesidades de servicios futuros, tomando en consideración las necesidades de los usuarios y prestadores de servicios, las recomendaciones internacionales y los posibles cambios tecnológicos.

V.2. Números reservados para Prefijos de Acceso y Códigos de Servicios Especiales

Existen en reserva los siguientes números, que pueden utilizarse como prefijos de acceso o como códigos para servicios especiales.

Tabla 5.1 Reserva de los prefijos y servicios especiales

V.3. Primer dígito de los Números Nacionales (reserva de rangos)

Los siguientes rangos de numeración, se mantienen en reserva para abrir nuevos indicativos interurbanos o nuevos servicios no geográficos.

Tabla 5.2. Reserva del primer dígito de los Números Nacionales

V.4. Primer dígito de los Códigos de Operador de Larga Distancia

El primer dígito P=0 de los códigos de operador de larga distancia se mantiene en reserva para una futura expansión.

VI . ASIGNACION Y ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS DE NUMERACION

VI.1. Premisas

. La autoridad regulatoria es la responsable de administrar el plan fundamental de numérica nacional.

. La autoridad regulatoria conservará en forma indelegable la interpretación de este PFNN y la resolución de disputas relativas al mismo.

. El administrador del PFNN, tendrá las siguientes funciones y responsabilidades:

1. La notificación a los prestadores de servicios de telecomunicaciones de las asignaciones de numeración efectuadas.

2. La asignación de las características de central

3. La asignación de los números no geográficos

4. La definición y apertura de nuevos códigos de servicios especiales o la modificación de los existentes

5. La asignación y modificación de los indicativos interurbanos

6. La asignación de los códigos de operador de larga distancia

7. La supervisión y control sobre los recursos del PFNN

8. Otros relacionados con la correcta administración e instrumentación del PFNN

. Se creará el comité consultivo del PFNN con el propósito de actuar como un organismo permanente de consulta del sector de telecomunicaciones en lo relativo al PFNN. Este foro será abierto a todo el sector y estará presidido por un representante de la autoridad regulatoria

. El administrador deberá consultar con el comité consultivo del PFNN las aperturas y cambios de códigos de servicios especiales, prefijos de acceso, indicativos interurbanos e indicativos de servicios no geográficos.

Se requiere de un procedimiento administrativo mediante el cual se lleve el control de la utilización de la numeración en el país y se pueda atender de manera oportuna las diferentes solicitudes de numeración de los prestadores.

. Los subgrupos de números del PFNN son:

a) Números geográficos

b) Números no geográficos

c) Códigos de servicios especiales

d) Códigos de operador de larga distancia

e) Prefijos de acceso a servicios

Cada uno de los subgrupos requiere un procedimiento distinto para su administración.

VI-2. Pautas para la Asignación de Números Geográficos

VI.2.1. Lineamientos

. Todos los prestadores de servicios de telecomunicaciones podrán solicitar números geográficos.

. El procedimiento debe estar definido de tal forma que las asignaciones solicitadas se atiendan en una forma ágil y expedita a fin de que los prestadores de servicios puedan operar eficientemente.

. El sistema de información será flexible y contendrá información detallada acerca de la numeración (en servicio, asignada y libre) y de los prestadores que tengan asignada numeración, para lograr un control preciso de este recurso.

. El administrador podrá verificar el correcto uso de la numeración anteriormente asignada de acuerdo al tipo de servicio que se proporciona, cantidad de usuarios y a la cantidad de equipo instalado.

. La información podrá ser consultada por los prestadores de servicios de telecomunicaciones

. Una vez asignada numeración a un prestador de servicios, éste dispone de un plazo de 1 año para iniciar su utilización, de lo contrario el administrador podrá revocar la asignación.

. Una vez recibida la notificación fehaciente de puesta en servicio, todos los prestadores deberán realizar las operaciones necesarias en sus redes, para permitir el correcto encaminamiento de dichos números hasta la red del prestador en cuestión, en un plazo que no podrá exceder de 2 meses.

. En la circunstancia en que la demanda requerida por un prestador de servicios en una localidad sea menor a 1000 números, el administrador podrá asignar una característica de central para ser compartida entre varios prestadores (en bloques de 1000 números).

VI-3. Pautas para la Asignación de Numeración para Servicios No Geográficos

VI.3.1. Lineamientos

Esta numeración es virtual.

Un número virtual es aquel que en su estructura no corresponde directamente a un equipo terminal de red, sino que requiere de una traducción para encontrar el número real asociado a dicho equipo terminal de red.

En el futuro, el usuario que tenga asignado un número no geográfico deberá seleccionar expresamente, y podrá cambiar, el prestador con el que esté suscrito sin modificar su número no geográfico. Desde este punto de vista, estos números son portables. Sin embargo, al entrar en vigor el presente plan, los números no geográficos pueden ser no portables.

VI.3.2. Asignación de Números No Geográficos no portables

Mientras no exista portabilidad, el administrador asignará los números no geográficos a los prestadores de servicios, considerando los siguientes puntos:

Los prestadores de servicios autorizados, podrán solicitar una característica que le será asignada al azar, en bloques de 10.000 números.

Cuando el prestador de servicios autorizado justifique que ha asignado a usuarios finales el 60 % del grupo de números que el administrador le asignó para un servicio, podrá solicitar otra característica.

VI.3.3. Asignación de Números No Geográficos portables

. Estos números se asignan al cliente y éste puede cambiar de prestador de servicio conservando su número no geográfico.

. Los clientes pueden solicitar números específicos al administrador a través de un prestador de servicio autorizado, el cual presentará al administrador una solicitud expresa del cliente.

En este caso en particular, los números deberán ser puestos en operación en un plazo no mayor de 60 días; si no se ponen en servicio antes del vencimiento de este plazo, el número deberá ser regresado a la reserva de números por asignar del administrador.Las solicitudes de números específicos se atenderán en un estricto orden; la primera en llegar, será la primera en atenderse.

Los prestadores de servicios, podrán tener en reserva 1000 números no geográficos por tipo de servicio, para asignar a sus clientes.

Del grupo de números asignado a cada prestador de servicio autorizado por el administrador, el prestador de servicio autorizado podrá asignar números no geográficos a clientes que lo soliciten, considerando que:

. El prestador de servicios deberá notificar al administrador dicha asignación (indicando el número no geográfico y el cliente, antes de transcurridos 10 días hábiles).

. El número asignado al cliente no se puede transferir a terceros, venderse o negociarse.

Un cliente podrá utilizar un número no geográfico mientras no lo cancele o deje de estar suscripto a un prestador de servicio autorizado por un período superior a 30 días consecutivos, en este caso el número se da de baja y regresará al conjunto de números no asignados y controlados por el administrador.

Se procurará que la reasignación de los números dados de baja no se realice antes de 6 meses.

VI.3.4. Asignación Descentralizada de Números No Geográficos

Para los servicios que por sus características y su forma de traducción permiten tener números repetidos, no se requiere una asignación centralizada y el prestador de servicio autorizado puede asignarlos de acuerdo a las necesidades de sus clientes.

VI.3.5. Apertura de indicativos para Servicios No Geográficos

Si un prestador desea brindar un servicio no geográfico diferente a los existentes, deberá solicitar la apertura de un indicativo de servicio no geográfico al administrador. La solicitud incluirá una descripción del servicio que se prestará y el Indicativo de servicio no geográfico propuesto.

El administrador realizará una consulta al comité consultivo para recibir comentarios y dará el fallo correspondiente en un plazo no mayor a 60 días.

VI.4. Pautas para la Asignación de Números para Servicios Especiales

VI.4.1. Lineamientos

. El código definido para un servicio especial será homogéneo para todos los prestadores y sólo podrá ser usado para el servicio especial que se defina por el administrador.

. Los servicios especiales prestados a través de estos códigos son: Los servicios de emergencia, de interés comunitario y los relacionados con la atención al cliente del servicio de telecomunicaciones.

. El prestador final del servicio especial será el prestador de servicios de telecomunicaciones local, o las entidades gubernamentales o de servicio social que den servicios de emergencia autorizados por el administrador, y que tengan presencia en la localidad donde se origina la llamada, excepto en los servicios especiales de larga distancia en cuyo caso el prestador local entregará la llamada al operador de larga distancia que haya sido seleccionado mediante presuscripción por el usuario.

. Cuando el prestador de telecomunicaciones sea el prestador final del servicio, la prestación del servicio estará sujeta a la decisión del mismo.

. Cuando el prestador final del servicio sea una entidad gubernamental, o de servicio social, el prestador local estará obligado a entregar la llamada al prestador final del servicio, condicionado solamente, a que el prestador final del servicio tenga presencia y disponibilidad en la localidad donde se origina la llamada y que esto sea técnicamente factible.

. Cuando el prestador final del servicio sea un operador de larga distancia, los prestadores locales estarán obligados a entregar la llamada al operador de larga distancia con el que esté presuscripto el cliente que originó la llamada.

. Para proporcionar un nuevo servicio, utilizando códigos de servicios especiales, los prestadores solicitarán al administrador la autorización siguiendo el procedimiento del punto 4.2.

. Las tarifas para los servicios que se presten a través de códigos de servicios especiales no son materia del plan de numeración.

VI.4.2. Procedimiento de Cambios

. Si un prestador quiere brindar un servicio no contemplado o asignado con anterioridad, puede presentar una propuesta (incluyendo clasificación de servicio y código) al administrador, para obtener la autorización/asignación correspondiente.

. El administrador, previa consulta con el comité consultivo, define un código para el servicio especial solicitado (igual o diferente al propuesto por el prestador solicitante); en caso que se decida no asignar un código de servicio especial, podrá recomendar el uso de un esquema de marcación diferente, por ejemplo con números 800 o números locales.

. A partir de este momento, cualquier otro prestador que se interese en ofrecer el mismo servicio, deberá adoptar el código previamente asignado.

. Por lo tanto, se requiere que el administrador, establezca y norme la administración de códigos de servicios especiales, valide la inclusión o cancelación de códigos para este tipo de servicios, autorice nuevas asignaciones, y vigile que el uso de cada código corresponde a la asignación oficial.

VI.5. Pautas para la Asignación de Códigos de Operador de Larga Distancia

VI.5.1. Lineamientos

Cada operador de larga distancia será identificado con un conjunto de 3 dígitos (PQR) único, para la prestación del servicio de larga distancia nacional y/o internacional.

VI-5.2. Procedimiento para Asignación de Código de Operador de Larga Distancia

. Los operadores de larga distancia propondrán al administrador el código de operador de larga distancia que más les convenga de acuerdo al formato arriba mencionado.

. En el caso en que dos operadores seleccionen el mismo código, se sorteará el código en conflicto entre ellos y el/los perdedores seleccionarán otro código y su asignación seguirá el procedimiento anterior.

. Uno y solamente un código será asignado a cada operador de larga distancia.

. Un código de operador de larga distancia no podrá ser asignado a más de un operador, a menos que éstos lo soliciten de común acuerdo.

VI.6. Apertura o modificación de Prefijos de Acceso

Si un prestador desea brindar un nuevo servicio que requiere un prefijo de acceso diferente a los existentes o modificar un prefijo, deberá solicitar la apertura o modificación al administrador. La solicitud incluirá una descripción del servicio que se prestará y el prefijo propuesto.

El administrador, previa consulta con el comité consultivo dará el fallo correspondiente en un plazo no mayor a 60 días.

VII . PROCESO DE MIGRACION

VII.1. Premisas

Este programa asume que la portabilidad de números no geográficos puede no estar disponible para la fecha de entrada en vigor de este plan. Si la portabilidad no estuviera disponible, se asignarán por sorteo bloques de números no geográficos a cada prestador siguiendo los principios establecidos al efecto en VI.3.2.

VII.2. Programa de cambios (general)

Los cambios que se realicen durante esta transición deberán ser difundidos ampliamente para explicar sus motivos y fundamentos, así como permitir que los usuarios entiendan el nuevo PFNN.

VII.3. Programa de Cambios detallado

. Cambio de la longitud de los Números Nacionales a 10 dígitos

Este proceso se llevará a cabo en dos fases, de modo que la migración total a 10 dígitos de número nacional quede absolutamente realizada antes del 31 de enero de 1999.

Expansión de la numeración local: A todos los números de abonado actuales, se les antepone el dígito "4" para conformar el nuevo número de abonado. Con el agregado de un dígito, se logra expandir en 10 veces la capacidad de numeración en el área de cada indicativo interurbano.

Ejemplo:

Expansión de los Indicativos interurbanos: Los nuevos indicativos interurbanos, resultan de anteponer a los actuales indicativos interurbanos un nuevo dígito "A". Este proceso que expande la cantidad de indicativos interurbanos disponibles y ofrece la posibilidad de crecer los números locales reduciendo el indicativo interurbano en un dígito cuando sea necesario. Con este proceso, se logra la flexibilidad necesaria para la futura evolución del PFNN. Los nuevos indicativos interurbanos que se requieran en el futuro podrán tomarse de los que estén libres en A = 2 o 3 o de los que están en reserva en el plan.

Los dígitos que se anteponen en la migración son:

Ejemplo

. Migración de los actuales usuarios celulares que tienen números que no corresponden a sus áreas locales.

A partir de la publicación de este PFNN, los prestadores de servicios celulares que tengan usuarios con identificadores interurbanos diferentes a sus puntos de interconexión, podrán solicitar numeración integrada para comenzar la migración gradual. Para el 31 de enero de 1999, deberán liberarse las antiguas numeraciones no integradas.

. Migración de los Números No Geográficos

A los actuales números no geográficos "600" y "800" se les antepone dos dígitos resultantes de repetir el primer dígito del número del cliente después del identificador del servicio no geográfico.

Ejemplo:

Los otros servicios no geográficos que se encuentran operando actualmente, deberán migrar a su nuevo indicativo de servicio no geográfico antes del 31 de julio de 1999.

. Apertura de los prefijos para selección de operador de larga distancia

Una vez recibida la notificación correspondiente por parte de la autoridad regulatoria, los prestadores de servicio local dispondrán de un plazo de 6 meses para desarrollar la capacidad de selección de operador de larga distancia por medio de la marcación de prefijos.