Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

PRESUPUESTO

Resolución 116/97

Apruébase el Presupuesto del ejercicio 1997 de Patrimonio en Liquidación - Banco Nacional de Desarrollo.

Bs. As. 23/1/97

VISTO el Expediente Nº EXPMEYOSP E. 080-006163/96 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en el que se tramita la aprobación del Presupuesto del ejercicio 1997 formulado por el PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO, actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene el el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.

Que obra en el Expediente visto, el informa favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.

Que el Artículo Nº 49 de la mencionada Ley y el Decreto Reglamentario Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE

Artículo 1º - Apruébase el Presupuesto del ejercicio 1997 de PATRIMONIO EN LIQUIDACION - BANCO NACIONAL DE DESARROLLO, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente Resolución.

Art. 2º - Estímase en la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 50.600.000) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIEN ($ 25.879.100) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE OPERACION) estimado en PESOS VEINTICUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL NOVECIENTOS ($ 24.720.900) de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 3º - Estímase en la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 50.600.000) los ingresos corrientes y fijase en la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA ($ 50.774.830) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA ($ 174.830) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 4º - Estímase en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA ($ 174.830) los ingresos de capital y fijase en la suma de PESOS CERO ($ 0) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente Resolución, estímase el Resultado Financiero (EQUILIBRADO) para el ejercicio 1997 en PESOS CERO ($ 0) de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 5º - Comuníquese, públíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Roque B. Fernández.


NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).