Secretaría de Hacienda

BONOS

Resolución 24/97

Apruébase la compra de Bonos de Consolidación Proveedores en moneda nacional y la venta de Bonos Par, en los términos del Artículo 46 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1996).

Bs. As., 28/1/97

VISTO el Artículo 46 de la Ley Nº 11.672, COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO ( t.o. 1996) y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 46 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1996) se autorizó a la SECRETARIA DE HACIENDA a realizar operaciones de compra y venta de los pasivos del TESORO NACIONAL operaciones de pase, opciones, conversiones y otro tipo de operación habitual en los mercados cualquiera sea el instrumento que lo exprese.

Que el TESORO NACIONAL ha recibido una propuesta de compra de Bonos Par por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES VALOR NOMINAL ORIGINAL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES TRES MIL (u$svno 241.003.000).

Que en contrapartida el Tesoro Nacional recibirá Bonos de Consolidación Proveedores en moneda nacional por un importe PESOS VALOR NOMINAL ORIGINAL CIENTO CINCUENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS SESENTA ($vno 158.370.960).

Que la operación se realizará considerando los precios de mercado prevalecientes al día 30 de enero del corriente.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto se encuentra autorizado para el dictado de la presente de acuerdo a lo establecido por el Artículo 46 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1996).

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase la compra en los términos del Artículo 46 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1996) de Bonos de Consolidación Proveedores en moneda nacional por hasta un monto de PESOS VALOR NOMINAL CIENTO CINCUENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS SESENTA ($vno 158.370.960).

Art. 2º — Apruébase la venta en los términos del Artículo 46 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1996) de Bonos Par por un importe equivalente a DOLARES ESTADOUNIDENSES VALOR NOMINAL ORIGINAL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES TRES MIL (u$svno 241.003.000.-).

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Eugenio Pendas.