MONUMENTOS CONMEMORATIVOS

Decreto 125/97

Establécese que la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, llamará a concurso público nacional de proyectos para la realización del monumento que perpetúe la memoria de María Eva Duarte de Perón, en la Ciudad de Buenos Aires.

Bs. As., 12/2/97

VISTO y CONSIDERANDO:

Que es deber ineludible del Gobierno Nacional mantener viva en el pueblo argentino la memoria de doña María Eva Duarte de Perón.

Que, oportunamente, el Honorable Congreso de la Nación, a través de la Ley N° 23.376, dispuso la erección de un monumento destinado a perpetuar el reconocimiento de la sociedad por la labor desarrollada en favor de los sectores más humildes y desposeídos.

Que ese texto legal previó, además, que dicho homenaje debía realizarse en la Ciudad de Buenos Aires, en algún lugar próximo a aquellos en los que la señora de Perón desarrollaba habitualmente su trascendente labor humanitaria.

Que, en ese sentido, se estima procedente proponer la ubicación del mismo dentro del predio comprendido por las Avenidas General Las Heras y del Libertador General San Martín y las calles Agüero y Austria.

Que, por otra parte, corresponde solicitar al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires la adopción de las medidas pertinentes a tal fin.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99,incisos 1 y 2, de la Constitución Nacional y las otorgadas por el artículo 3° de la Ley N° 23.376.

Por ello.

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-En cumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 23.376, la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en un plazo máximo de TREINTA (30) días contados a partir de la fecha de publicación del presente Decreto, llamará a concurso público nacional de proyectos, para la realización de un monumento que perpetúe la memoria de la señora María Eva Duarte de Perón, en el que podrán intervenir solamente artistas plásticos argentinos.

Art. 2°-La selección de la obra escultórica estará a cargo de un jurado constituido por UN ( I ) representantes de cada una de las siguientes jurisdicciones: Ministerio del Interior, Ministerio de Cultura y Educación, e Instituto Nacional Juan Domingo Perón de Estudios e investigaciones Históricas, Sociales y Políticas.

La SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION designará a los integrantes del jurado a que se refiere el presente artículo. a propuesta de cada una de las mencionadas entidades.

Art. 3°-Por el Ministerio del Interior se invitará al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION para que designe un representante por cada Cámara Legislativa, a efectos de integrar el jurado.

Art. 4°-A los mismos fines y por el Ministerio de Cultura y Educación se invitará a la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la universidad de Buenos Aires y al Instituto Universitario del Arte.

Art. 5°-Por el Ministerio del Interior se solicitará al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que arbitre las medidas que fuere menester a fin de emplazar el monumento a la señora María Eva Duarte de Perón en el predio delimitado por las Avenidas General Las Heras y del Libertador General San Martín y las calles Agüero y Austria.

Art. 6°-Facúltase a la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION para dictar las normas complementarias y aclaratorias que estime necesarias para el cumplimiento del presente Decreto.

Art. 7°-El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a las partidas que, a tal efecto, se asignen de la Jurisdicción 2000 - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 8°-Comuníquese. publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese MENEM-Carlos V. Corach.