Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

BONOS EXTERNOS

Resolución 45/97

Dispónese la compra en los términos del Artículo 46 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1996) a la Administración Nacional de la Seguridad Social de Bonos Externos de la República Argentina series 1987 y 1989.

Bs. As., 3/2/97

VISTO el Artículo 46 de la Ley N° 11.672, COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO (t. o. 1996) y

CONSIDERANDO:

Que en el día de la fecha se produce el vencimiento de una operación de venta presente y compra futura efectuada por el TESORO NACIONAL por cuenta y orden de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Que el citado organismo ofrece en venta al TESORO NACIONAL los Bonos Externos de la República Argentina serie 1987 y serie 1989 involucrados en la citada operación.

Que la adquisición a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL se realizará considerando lo precios de mercado prevalecientes al día 3 de febrero del corriente.

Que el servicio jurídico permanente del MlNISTERIO de ECONOMIA y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto se encuentra autorizado para el dictado de la presente de acuerdo a lo establecido por el Artículo 46 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t. o. 1996).

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA RESUELVE:

Artículo 1°-Dispónese la compra en los términos del Artículo 46 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t. o. 1996) a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de Bonos Externos de la República Argentina serie 1987 VALOR NOMINAL ORIGINAL VEINTITRES MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS (u$svno 23.119.600) a un valor equivalente a DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS (u$s 2 926.941,36) y Bonos Externos de la República Argentina serie 1989 VALOR NOMINAL ORIGINAL OCHENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS (u$s 81.636.800) a un valor equivalente a DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS CON CUARENTA CENTAVOS (uss 30.042.342,40).

Art. 2°-Encomiéndase a la TESORERIA GENERAL DE LA NACION y a la DIRECCION DE ADMINISTRACION DE LA DEUDA PUBLICA a instrumentar los aspectos operativos que deriven de la presente Resolución.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Pablo E. Guidotti.