MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
Resolución N° 75/97
Bs. As., 13/2/97
VISTO el Decreto N° 1285/96 y la Resolución N°1558, del 21 de junio de
1996, del Registro de la ex-SECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 1° del Decreto del Visto aprobó el modelo de Convenio
de Donación de los fondos provenientes del FONDO MULTILATERAL DEL
PROTOCOLO DE MONTREAL, suscrito entre la NACION ARGENTINA y el BANCO
INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO, con destino a la
financiación del PROYECTO DE REDUCCION DE LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA
CAPA DE OZONO.
Que el PROYECTO DE REDUCCION DE LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE
OZONO, tiene como objetivo la reconversión industrial para la
sustitución y/o progresivva eliminación del consumo de sustancias que
agotan la capa de ozono en el marco del PROGRAMA PAIS, aprobado el 27
de julio de 1994, por el COMITE EJECUTIVO DEL FONDO MULTILATERAL DEL
PROTOCOLO DE MONTREAL.
Que la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS debe intreveneir en el desarrollo
del proceso de reconversión industrial que se ejecutará para cumplir
con los objetivos y compromisos asumidos por el Gobierno Nacional y por
lo tanto es necesario la creación de una UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS
(en adelante UEPRO).
Que por la Resolución del Visto se creó con dependencia directa de la
ex SECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES, actual SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS
PUBLICOS, LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE), encargada de la
coordinación y supervisión del diseño, negociación y ejecución de los
panes, proyectos y programas que le sean asignados por el secretario
del área.
Que el Artículo 4° del Decreto N° 1285/96, encomienda a la SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS la ejecución de todas las tareas conducentes a
lograr los objetivos y propósitos del PROYECTO DE REDUCCION DE LAS
SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO, conformes al modelo de Convenio
aprobado por el Artículo 1° del precitado Decreto.
Que para la ejecución del PROYECTO a través de la mencionada
Secretaría, se torna necesariala creación de la UNIDAD EJECUTORA DE
PROYECTOS (UEPRO), en el ámbito de la UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES
(UPE), que depende directamente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas en el Artículo 4° del Decreto N° 1285/96.
EL SECRETARIO DEL INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° - Créase en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, con dependencia directa de la UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES
(UPE), la UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO), encargada de
adminitrar la ejecución del PROYECTO DE REDUCCION DE LAS SUSTANCIAS QUE
AGOTAN LA CAPA DE OZONO.
ARTICULO 2° - La UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO), tendrá a su
cargo la ejecución del PROYECTO DE REDUCCION DE LAS SUSTANCIAS QUE
AGOTAN LA CAPA DE OZONO, con vigencia hasta la finalización del mismo,
y contará con la estructura, misiones y funciones que figuran como
Anexo I de la presente Resolución.
ARTICULO 3° - La UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO),estará a cargo
de un coordinador, el que será responsabe de la administración del
PROYECTO, según se detalla en el Anexo II de la presente Resolución.
ARTICULO 4° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. - Dr. ALIETO A. GUADAGNI, Secretario de
Industria, Comercio y Minería.
ANEXO I
PROYECTO DE REDUCCION DE LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO
UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO)
I ESTRUCTURA
a) La UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO), tendrá dependencia directa
de la UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES, dependientes de la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS.
b) La dotación de personal necesaria para el funcionamiento de UEPRO
será asignada según las previsiones del Convenio de Donación de los
fondos provenientes del FONDO MULTILATERAL DEL PROTOCOLO DE MONTREAL,
suscrito entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE
RECONSTRUCCION Y FOMENTO y deberá garantizar la ejecución eficaz y
eficiente del mismo.
II MISIONES Y FUNCIONES
a) Establecer los planes, definir y realizar las acciones apropiadas para cumplir con los objetivos del PROYECTO.
b) Realizar el seguimiento de los plazos y objetivos de todos los estudios, planes y aciones del PROYECTO.
c) Realizar los contratos y adquisiciones necesarias para la ejecución del PROYECTO.
d) Asegurar que los fondos de donación se utilicen con eficiencia y eficacia para los fines que fueron asignados.
e) Intervenir en la realización de los convenios subsidiarios de
donación con las empresas beneficiarias de los fondos del Protocolo de
Montreal.
f) Informar a las empresas beneficiarias sobre los requisitos y
mecanismos que deben cumplir para la obtención de los fondos destinados
a los SUBPROYECTOS.
g) Gestionar los desembolsos de los fondos provenientes del Fondo Multilateral del Protocolo de Montreal.
h) Organizar y mantener un registro de los movimientos de fondos que se
originen en su funcionamiento y los destinados a su fortalecimiento
institucional, administrándolos eficientemente.
i) Realizar los informes de situación que le sean solicitados.
j) Controlar los subproductos de reconversión industrial que ejecuten las empresas beneficiarias.
k) Informar a la Oficina del Programa Ozono sobre el desarrollo de los SUBPROYECTOS.
ANEXO II
COORDINADOR DE LA UNIDAD EJECUTORIA DE SUBPROYECTOS (UEPRO)
FUNCIONES
a) Celebrar los actos administrativos, contratos y adquisiciones
necesarios para la ejecución del PROYECTO según las previsiones del
Convenio de Donación y del Decreto N° 1285/96.
b) Definir los lineamientos generales de los temas de estudio, planes
de acción, mecanismos administrativos y financieros y supervisar su
ejecución.
c) Suscribir los convenios de cooperación, asistencia técnica, o del
tipo que fuere necesario para la mejor ejecución del PROYECTO, con
instituciones públicas y privadas.
d) Llevar el registro y archivo de toda documentación de la UEPRO.
e. 5/3 N° 177.299 v. 5/3/97