DEUDA PUBLICA

Ley 24794

Dispónese la publicación en el Boletín Oficial, de la nómina de los pagos realizados en cumplimiento de lo establecidos en los incisios b) y c) del artículo 7º de la ley nº 23982.

Sancionada: Marzo 5 de 1997.

Promulgada de Hecho: Abril 4 de 1997

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc, sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º: El Poder Ejecutivo nacional, por intermedio del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, dispondrá la publicación en el Boletín Oficial, en el mes siguiente a aquel en el que se hubieran efectuado, de la nómina de los pagos realizados en cumplimiento de lo establecido en los incisos b) y c) del artículo 7º de la Ley Nº 23982.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

ALBERTO R. PIERRI - CARLOS F.RUCKAUF.- Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo - Edgardo Piuzzi.