LEY N° 11.753- Aprobando el Tratado de Comercio suscripto el 3 de Junio de 1933, entre la República Argentina y a la República de Chile.

Por cuanto:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de:

LEY

Artículo 1° – Apruébase el Tratado de Comercio suscripto el 3 de Junio de 1933 entre la República Argentina y la República de Chile.

Art. 2°– Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 29 de Septiembre de 1933.

R. Patrón Costas

Juan F. Cafferata

Gustavo Figueroa

David Zambrano

Registrada bajo el N° 11.753

 

Buenos Aires, Octubre 4 de 1933

Por tanto:

Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Nacional y archívese.

ROCA

DEOPOLDO MELO