Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL

Resolución 212/97

Prorrógase el plazo para presentar a la Contaduría General de la Nación la información requerida por la Resolución Nº 47/97,

Bs. As., 29/4/97

VISTO la Resolución N° 47 de la SECRETARIA DE HACIENDA de fecha 5 de febrero de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que la norma legal mencionada en el VISTO de la presente Resolución aprobó las "Instrucciones para el Procedimiento de Valuación aplicable al Relevamiento de Bienes Inmuebles, Muebles, de Cambio, de Consumo y Activos Financieros".

Que la mencionada Resolución estableció el plazo del 30 de abril de 1997 para presentar a la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION los correspondientes Cuadros Anexos A, B, C, D, y E.

Que con motivo de las consultas efectuadas e inconvenientes planteados por los entes que integran el Sector Público Nacional, se detectaron serias dificultades operativas de los mismos en cuanto al relevamiento y valuación de los bienes en su conjunto.

Que la mayoría de los entes citados en el considerando anterior, como consecuencia de dichas dificultades, efectuaron las correspondientes solicitudes de prórroga a los fines de cumplimentar adecuadamente la información prevista en la Resolución N° 47/97 de la SECRETARIA DE HACIENDA.

Que consecuentemente, frente a dicha situación y a los efectos que los Estados Contables muestren apropiadamente la universalidad patrimonial corresponde extender el plazo de presentación originariamente establecido.

Que la presente medida se dicta en virtud del artículo 2° de la Resolución N° 853/96 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Por ello,

EL SECRE TARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Art.1º -Prorrógase hasta el 30 de junio de 1997 el plazo para presentar la información requerida por la Resolución S.H. N° 47/97.

Art. 2.-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Julio A. Cáceres.