Secretaria de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA

Resolución 377/97

Apruébase la solicitud de excepción presentada por Altatención Sociedad Anónima, referida a operaciones de ventas locales, en el marco de la Resolución N° 824/95-MEYOSP.

Bs. As., 2/5/97

VISTO el Expediente N° 060-007151/95 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVCIOS PUBLICOS, por el que la firma ALTATENSION SOCIEDAD ANONIMA, con domicilio legal en Calle 108 y 4, Parque Industrial Sur, San Luis, Provincia de San Luis solicita se le otorgue el beneficio instituido por la Resolución M.E. y O. y S.P. N° 824 del 7 de junio de 1995, la Resolución ex-S.I. Nº 13 del 14 de agosto de 1995, y la Resolución S.I.C. y M. Nº 60 del 24 de enero de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable con respecto al ítem consignado en el 1listado anexo a la presente, no viéndose alcanzada por la suspensión establecida en el Artículo 1° del Decreto N° 977/96 y sus disposiciones reglamentarias.

Que la Dirección de Aplicación dependiente de la Política Industrial, dependiente de la Dirección Nacional de Industria, en el ámbito de la Subsecretaria de Industria, ha evaluado la misma de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 1º de la Resolución ex-S.I. N° 13/95.

Que la Delegación III de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en el Artículo 2° de la Resolución M.E. y O. y S.P. N° 824/95 y en el Articulo 5° de la Resolución ex-S.I. N° 13/95.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA RESUELVE:

Artículo 1°-Apruébase, en el marco de la Resolución M.E. y O. y S.P. N° 824/95, la solicitud de excepción presentada por la firma ALTATENSION SOCIEDAD ANONIMA, con domicilio legal en Calle 108 y 4, Parque Industrial Sur, San Luis, Provincia de San Luis, referida a las operaciones de ventas locales, que se detallan en listado anexo de la presente resolución que consta de UNA (1) foja.

Art. 2°-Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por la Resolución M.E. y O. y S.P. N° 824/95, la Resolución ex-S.I. N° 13/95, su modificatoria la Resolución S.I.C. y M. N° 60/97, y por la presente.

Art. 3º-Dejase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma ALTATENSION SOCIEDAD ANONIMA, constituye domicilio especial en Avenida Rivadavia 413, Piso 6°, l er. Cuerpo, Capital Federal, donde serán validas todas las notificaciones Judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4°-La presente resolución comenzara a regir a partir del día siguiente de su notificación.

Art. 5°-Remítase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA.

Art. 6°-Notifíquese a la interesada.

Art.7°-Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívase. -Alieto A. Guadagni.

ANEXO A LA RESOLUCION N° 377

VENTAS LOCALES DE BIENES DE CAPITAL PRESENTADOS POR ALTATENSION S.A.

Posición N.C.M.
Descripción detallada del bien de capital
Cantidad (unidades)
Valor $

Precio Facturado
Valor $

Precio

Neto *
Razón Social del

Comprador **
8504.21.00
Transformadores de potencia

Trifásico de 13.2

KV + / -2x2,5 % / 0,4

KV. Potencia 630

KVA

7

73.815,0

62.742,75
EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGIA (SANTA FE)


* Precio neto p/aplicación Decreto 937/93.

** Razón social del comprador del bien de capital.