Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALMENTARIA

Resolución 312/97

Desígnanse vocales del Concejo de Administración, con carácter "ad-honorem".

Bs. As., 13/5/97

B.O.: 19/05/97

VISTO el expediente N° 3708/97 del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado de esta Secretaría, y

CONSIDERANDO:

Que se da cuenta la necesidad de proceder a la Integración del Consejo de Administración del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. creado por Decreto N° 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996.

Que conforme lo establecido en el artículo 5° de la citada norma legal se invito a las Cámaras y Entidades de la actividad privada a proponer una terna de candidatos, a fin de proceder a la elección de los miembros que integraran el citado Consejo en calidad de vocales.

Que en ese sentido, se han recibido las propuestas de SOCIEDAD RURAL ARGENTINA (SRA), CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS (CRA), FEDERACION AGRARIA ARGENTINA (FAA), CONFEDERACION INTERCOOPERATIVA AGROPECUARIA COOPERATIVA LIMITADA (CONINAGRO), COORDINADORA DE LAS INDUSTRIAS DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS (COPAL), las Cámaras que nuclear a las industrias de la carne y pesquera.

Que es necesario designar a los integrantes de dicho Consejo a efectos de dar inicio a su funcionamiento.

Que los candidatos elegidos reúnen las condiciones de idoneidad y antecedentes necesarios para el desempeño de las funciones que le serán asignadas.

Que la DELEGACION II de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que conforme lo establecido en el artículo 11 del Decreto N° 1585 del 19 de diciembre de 1996 el suscripto es competente para resolver en esta instancia.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

Artículo 1°-Desígnanse vocales del Consejo de Administración del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado de esta Secretaría, por el término de DOS (2) años y con carácter "ad-honorem", a las personas que se mencionan en Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, en representación de las Cámaras y entidades que en cada caso se indica.

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Felipe C. Sola.

ANEXO

NOMBRE Y APELLIDO            TIPO Y NUMERO DE         REPRESENTANTE DE     
                                DOCUMENTO                                  

Horacio Francisco        L.E. N° 4.100.329        SOCIEDAD RURALARGENTINA  
GUTIERREZ                                         (SRA)                    

Roberto GAY              D.N.I. N° 11.211.243     CONFEDERACIONES RURALES  
                                                  ARGENTINAS (CRA)         

Rubén Alberto VOLANDO    D.N.I. N° 11.142.078     FEDERACION AGRARIA       
                                                  ARGENTINA (FAA)          

Gonzalo ALVAREZ          L.E. N° 8.006.092        CONFEDERACION            
MALDONADO                                         INTERCOOPERATIVA         
                                                  AGROPECUARIA             
                                                  COOPERATIVA LIMITADA     
                                                  (CONINAGRO)              

Jorge TAPPER             L.E. N° 5.128.612        INDUSTRIA PESQUERA       

Natalio TASSARA          D.N.I . N° 10.297.011    DEMAS INDUSTRIAS         
                                                  ALIMENTARIAS             

Marcelo RABASA           D.N.I. N° 4.921.755      DEMAS INDUSTRIAS         
                                                  ALIMENTARIAS