Secretaría General

ADHESIONES OFICIALES

Resolución 566/97

Declárase de interés nacional la IX Edición Nacional y VI Internacional de la "Fiesta Nacional del Algodón y la Exposición Agroindustria1, Comercial, Cultural Artesanal "Ferichaco '97".

Bs. As., 14/5/97

B.O.:20/05/97

VISTO, el Expediente N° 1722/97 del Registro de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación por medio del cual tramita la solicitud de declarar de interés nacional la IX Edición Nacional y VI Internacional de la "Fiesta Nacional del Algodón" y la Exposición Agroindustrial, Comercial, Cultural y Artesanal "Ferichaco '97", y

CONSIDERANDO:

Que estas muestras se vienen realizando con marcado éxito desde hace varios años, lo que ha llevado a constituirse en una importante expresión del potencial agroindustrial, económico y cultural de la Provincia del Chaco.

Que estos acontecimientos propenden a incentivar la producción e industrialización del cultivo del algodón en el país y su proyección en los sectores de la industria y el comercio, así como también de otros productos provenientes del resto de las provincias y de países limítrofes.

Que los MINISTERIOS DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han tomado la intervención correspondiente dictaminando favorablemente.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

Artículo 1°-Declárase de interés nacional la IX Edición Nacional y VI Internacional de la "Fiesta Nacional del Algodón" y la Exposición Agroindustrial, Comercial, Cultural y Artesanal "Ferichaco '97", a desarrollarse del 8 al 18 de mayo de 1997, en la ciudad de Presidencia Roque Saénz Peña, Provincia del Chaco.

Art. 2º. -La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3° -Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alberto A. Kohan