MERCOSUR/GMC/RES. 7/97

AJUSTE DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Y SUCORRESPONDIENTE AEC

B.O.: 20/05/97

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 22/94 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N. 35/95 y 36/95 del Grupo Mercado Común, la Directiva N° 8/96 v la propuesta N. 1/97 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.

CONSIDERANDO:

Que es necesario ajustar la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumento esencial de la Unión Aduanera.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1°-Ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común. conforme el estudio de solicitudes de apertura presentadas por los Estados Partes. que figura como anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2°-La presente Resolución entrara en vigencia el 1°/VII/97.

XXV GMC - Asunción, 25/IV/97.