MERCOSUR/GMC/RES. Nº 8/97
NOMINA DE PUNTOS DE FRONTERA DE CONTROLES INTEGRADOS ENTRE LOS ESTADOS PARTES
B.O.: 20/05/97
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 1/92; 5/93 y 12/93 del Grupo Mercado Común, las Resoluciones N° 91/93 y 8/94 del Grupo Mercado Común, y la Propuesta N° 4/97 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.
CONSIDERANDO:
Que en el Punto de Frontera de Andresito (Arg.)/Capanema (Br.) se están ejecutando obras de infraestructura, que en un futuro próximo posibilitarán el establecimiento de un control integrado.
Que a su vez la condición de frontera seca que reviste el Punto de Frontera de Bernardo de Irigoyen {Arg.)/Dionisio Cerqueira (Br.) amerita el establecimiento de controles integrados.
Lo acordado en la reunión sobre controles integrados y pasos fronterizos entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil, celebrada en la ciudad de Buenos Aires durante los días 7 y 8 de abril de 1997.
Que en razón de ello se impone la necesidad de proceder a la sustitución de la Resolución GMC Nº 8/ 94, tal como lo recomienda el CT Nro. 2 "Asuntos Aduaneros".
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1° -Aprobar la "Nómina de Puntos de Frontera de Controles Integrados entre los Estados Partes" que figura como anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2° -Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes organismos:
Argentina: Administración Nacional de Aduanas Dirección Nacional de Migraciones Servicio Nacional de Sanidad Agroalimentaria (SENASA) Dirección Nacional de Sanidad de Frontera y Terminales de Transporte Secretaria de Seguridad Interior Secretaría de Obras Publicas y Transporte Brasil: Departamento de Policía Federal del Ministerio de Justicia Departamento de Transporte Rodoviarios Ministerio de Transporte Secretaría de la Receita Federal Ministerio de Hacienda Coordinación de Puertos, Aeropuertos y Fronteras Ministerio de Salud Secretaría de Defensa Agropecuaria Ministerio de Agricultura y Reforma Agraria. Paraguay: Dirección General de Aduanas (Sub-Secretaría de Tributación Ministerio de Hacienda) Dirección General de Migraciones (Policía Nacional) Dirección General de Transporte (Ministerio de Obras Publicas) ANNP (Administración Nacional de Navegación y Puertos) Dirección General de Sanidad Animal (Vice Ministerio de Ganadería-Ministerio de Agricultura y Ganadería). Dirección General de Sanidad Vegetal (Vice Ministerio de Ganadería -Ministerio de Agricultura y Ganadería). Uruguay: Dirección Nacional de Aduanas (MEF) Dirección Nacional de Migración (MI) Dirección Nacional de Pasos de Frontera (MDN) Dirección Nacional de Arquitectura (MTOP) Dirección Nacional de Transporte (MTOP) Ministerio de Relaciones Exteriores Servicios de Protección Agrícola (MGAP) Dirección de Sanidad Animal (MGAP) Dirección de Epidemiología (MSP) Laboratorio Tecnológico del Uruguay (MIEM) Ministerio de Turismo
Art. 3° -La presente Resolución entrara en vigencia a partir de la fecha de su aprobación
Art. 4° -Derogar la Resolución Nro. 8/94 del Grupo Mercado Común.
XXV GMC - Asunción, 25/IV/97