Secretaría de Hacienda

DEUDA PUBLICA

Resolución 230/97

Dispónese la emisión de "Letras Externas de la República Argentina en Liras Italianas a Tasa Flotante 1997-2004", en el marco del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo.

Bs. As., 20/5/97

B.O.: 26/05/97

VISTO el Expediente N° 010-000268/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley N° 24.156, la Ley N° 24.764, el Decreto N° 1588 de fecha 26 de julio de 1993, modificado por el Decreto N° 1445 de fecha 12 de diciembre de 1996, la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 280 del 17 de diciembre de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1588/93 modificado por el Decreto N° 1445/96 se faculto al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a través de la SECRETARIA DE HACIENDA a suscribir un Programa de Letras Externas a Mediano Plazo por un VALOR NOMINAL de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES ONCE MIL MILLONES (V.N. U$S 11.000.000.000,-), que puede ser utilizado dentro de sucesivos ejercicios fiscales; y autorizándolo asimismo, a contraer obligaciones externas cuyo saldo en circulación en todo momento no supere el importe del Programa.

Que por intermedio de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 280/96, en su artículo 1° se dispuso la ampliación de dicho Programa.

Que se ha 11egado a un acuerdo para efectuar una colocación a SIETE (7) años de plazo por un monto de hasta VALOR NOMINAL LIRAS ITALIANAS QUINIENTOS MIL MILLONES (V.N. ITL 500.000.000.000,-), a través de un sindicato de bancos encabezados por DEUTSCHE MORGAN GRENFELL.

Que dicha operación se encuentra dentro de los límites autorizados del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo.

Que se ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA especificada en el artículo 61 de la Ley N° 24.156.

Que la DIRECCION DE ADMINISTRACION DE LA DEUDA PUBLICA ha informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la planilla anexa N° 9 del artículo 6° de la Ley Nº 24.764.

Que el suscripto se encuentra facultado por el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 1588 de fecha 26 de julio de 1993, modificado por el Decreto N° 1445 de fecha 12 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1° -Dispónese, en el marco del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo, la emisión de "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN LIRAS ITALIANAS A TASA FLOTANTE 1997-2004" que serán colocadas a través de un sindicato de bancos encabezados por el DEUTSCHE MORGAN GRENFELL, con fecha 27 de mayo de 1997, de acuerdo con las siguientes características financieras:

Serie Número: 52

Monto: hasta un VALOR NOMINAL LIRAS ITALIANAS QUINIENTOS MIL MILLONES (V.N. ITL 500.000.000.000.-).

Plazo: SIETE (7) años.

Fecha de emisión: 27 de mayo de 1997.

Vencimiento: 27 de mayo de 2004.

Amortización: integra al vencimiento.

Tasa de interés: flotante, tomándose como tasa base la "LONDON INTERBANK OFFER RATE (LIBOR)" a TRES (3) meses para LIRAS ITALIANAS, más UNO CON SESENTA POR CIENTO (1,60 %) y que será pagadera trimestralmente, habiéndose fijado para el primer trimestre de intereses al momento del lanzamiento en OCHO CON CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MILESIMOS POR CIENTO (8,475 %). Para los períodos siguientes la tasa se fijará DOS (2) días hábiles anteriores a la fecha de inicio de cada cupón según la página 3740 de TELERATE.

Precio de emisión: CIEN POR CIENTO (100,- %).

Precio de reoferta: NOVENTA Y NUEVE CON NOVENTA POR CIENTO (99,90 %)

Comisión neta: CERO CON CUARENTA POR CIENTO (0,40 %).

Gastos de traducción: hasta un importe máximo de PESOS DOS MIL ($ 2.000,-).

Art. 2°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívase.-Pablo E. Guidotti.