Instituto Nacional de Obras Sociales y Administración Nacional del Seguro de Salud

OBRAS SOCIALES

Resolución Conjunta 57/97 y 1235/97

Amplíase el plazo establecido en el artículo 4° de las Resoluciones Conjuntas 149/96 y 6110/96 a fin de que la Obra Social para el Personal Ferroviario efectúe determinadas presentaciones en actuaciones judiciales.

Bs. As., 30/5/97

B.O.: 06/06/97

VISTO las Actuaciones 35375/96- ANSSAL y 35419/96 - ANSSAL y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad a lo peticionado por la OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL FERROVIARIO y las consideraciones que se formulan en el Dictamen 828/97-GAJ y Providencia 1552/97-GG-ANSSAL el plazo oportunamente previsto en el artículo 4° de las Resoluciones Conjuntas 0149/96 y 6110/96, artículo 4° para que se efectuen las presentaciones correspondientes a la nueva personería de la Obra Social en expedientes judiciales ha resultado exiguo, resultando necesario, oportuno y conveniente ampliar dicho plazo para que la Obra Social pueda presentarse en todas las acciones judiciales en las que el INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES PARA EL PERSONAL FERROVIARIO fuere actor, demandado o tercero citado.

Que el suscripto obra en uso de las facultades emergentes de las leyes 23.660 y 23.661. Decretos 784/93 y 785/93 y de la Resolución 48/93-MSAS.

Por ello,

EL INTERVENTOR EN EL INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES Y EN LA ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º-Amplíase en NOVENTA (90) días hábiles judiciales a contar desde la fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial, el plazo establecido en el artículo 4° de las Resoluciones Conjuntas 0149/96 y 6110/96 a fin de que la OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL FERROVIARIO efectúe las presentaciones correspondientes a su nueva personería en las actuaciones judiciales en la que el INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES PARA EL PERSONAL FERROVIARIO -creado por ley 18.290, hubiera sido actor, demandado o tercero citado.

Art. 2°-Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-José L. Lingeri.