Instituto Nacional de Vitivinicultura

VITIVINICULTURA

Resolución C.21/97

Fíjanse límites mínimos de tenor alcohólico real para los Vinos de Mesa y/o Regionales, elaboración 1997 unificados con remanentes de elaboración 1996 y anteriores, que se liberen al consumo en las zonas de origen: Córdoba, San Luis, Valles Calchaquíes, La Rioja y Catamarca.

Mendoza. 30/5/97

B.O: 11/6/97

VISTO la Ley N° 14.878, la Resolución N° C-071/92, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° C-71/92 en su punto 1.1. incisos a) y b), establece que el Organismo fijará anualmente el grado alcohólico mínimo que deben contener los Vinos de Mesa y Regionales para su liberación al consumo.

Que el Operativo Control Cosecha y Elaboración llevado a cabo en las zonas de origen de Córdoba, San Luis, Valles Calchaquíes, La Rioja y Catamarca ha permitido a este Instituto reunir antecedentes técnicos suficientes para determinar la riqueza alcohólica de los caldos obtenidos, de acuerdo a los tenores azucarinos de las uvas de las cuales provienen.

Que los diversos microclimas existentes en las referidas zonas determinan apreciables diferencias en la graduación alcohólica de los productos elaborados en los diferentes establecimientos.

Que las características de comercialización de estas zonas, determinan un mercado de traslado prácticamente inexistente, envasando cada uno de ellos los productos de su elaboración.

Que lo expuesto precedentemente aconseja fijar el grado alcohólico 1997 por bodega, unificado con los volúmenes de vinos remanentes de la cosecha 1996 y anteriores.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566, el Decreto - Ley N° 2.284/91 y el Decreto N° 1.084/96.

EL DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°-Fíjase los límites mínimos de tenor alcohólico real para los Vinos de Mesa y/o Regionales, elaboración 1997 unificados con remanentes de elaboración 1996 y anteriores, que se liberen al consumo en las zonas de origen: Córdoba, San Luis, Valles Calchaquíes, La Rioja y Catamarca, conforme los Anexos I, II, III y IV que se adjuntan como parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2°-Considerase grado alcohólico real, el contenido como tal en el vino, determinado mediante método oficial, sin tener en cuenta el alcohol potencial del probable contenido de azucares reductores en el producto.

Art. 3°-Los análisis de Libre Circulación requeridos a partir de la puesta en vigencia de la presente, deberán reunir los requisitos establecidos en los Anexos citados en el punto 1° de la presente. Los correspondientes a vinos 1996 y anteriores, caducarán automáticamente a partir del 17 de junio de 1997, sin que ello de lugar al reintegro de los aranceles analíticos equivalentes a los volúmenes no despachados.

Art. 4°-Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, y cumplido, archívese.-Felix R. Aguinaga.

ANEXO I A LA RESOLUCION N° C.021/97

GRADO ALCOHOLICO 1997-ZONA DE ORIGEN: CORDOBA

VINO REGIONAL

BGA. NUMERO   RAZON SOCIAL                  BLANCO          COLOR          

Q-70037       BGAS. CAMPANA SRL             10,30           9,90           

Q-70065       ENRIQUE DE GIUSTTI                            9,30           

Q-70089       LA CAROYENSE COOP. LTDA.      10,70           9,50           

Q-70108       SUC. ELVIO SGO. LAURET        11,60           9,60           

Q-70133       NANINI Y CIA. SRL.                            9,60           

Q-70169       GUILLERMO M. PATIÑO           9,80                           


GRADO ALCOHOLICO 1997-ZONA DE ORIGEN: SAN LUIS

VINO REGIONAL

BGA. NUMERO   RAZON SOCIAL                  BLANCO         COLOR           

Q-72034       B. YV. AYACUCHO SRL           9,10                           


ANEXO II A LA RESOLUCION Nº C.021/97

GRADO ALCOHOLICO 1997-ZONA DE ORIGEN: VALLES CALCHAQUIES

VINO REGIONAL

N° BODEGA     RAZON SOCIAL                  BLANCO         COLOR           

S-72007       RAUL DAVALOS                  13,10          14,20           

S-73016       LOS PARRALES S. A.            12,00          13,50           

S-73089       BGA. ETCHART DE CUSENIER      12,20          12,80           
              SAIC                                                         

S-73090       LA BANDA SAAI Y C             11,40          12,70           

S-73117       CAVAS DE SANTA MARIA S. A.    11,70          12,20           

S-73121       MICHEL TORINO HNOS. SAICA     12,00          12,30           

S-73133       MIRALPEIXY CIA. S. R. L.      12,20          13,10           

S-73145       B. Y V. NANNI S. A.           11,80                          

S-73157       RIVADENEIRA HECTOR Y RICARDO  14,40          14,10           

S-73169       JOSE ANTONIO ROMAN            13,20          11,40           

S-73213       B. Y V. DOMINGO HNOS. S.R.L.  11,80          12,90           

S-73225       C. MANUEL AMADO S. A.         11,70          12,40           

S-73249       PRELATURA DE CAFAYATE         12,30                          


ANEXO III A LA RESOLUCION N° C.021/97

GRADO ALCOHOLICO 1997-ZONA DE ORIGEN: LA RIOJA

VINO REGIONAL

Nº BODEGA     RAZON SOCIAL                  BLANCO         COLOR           

P-70054       RAMON ESTANISLAO DELGADO                     12,60           

P-70066       PABLO ANDRES DIAZ                            12,80           

P-70134       SAUL MENEM E HIJOS S. A.      12,50          12,50           

P-70195       MICHEL PEDRO SAADI            11,70          12,00           

P-70343       EXPORTADORA RIOJANA S.A.      12,50          12,50           

P-70355       VERA BARROS Y CIA. S. R. L.   13,40          13,90           

P-73019       BGA. SANTA MARIA S. R. L.     12,20          12,70           

P-73020       B. Y V. EL AGUILA S. R. L.    11,80          11,60           

P-73148       LA RIOJANA COOP. VIT. DE LA   11,50          11,80           
              RIOJA                                                        

P-73228       SOC. NACARI LTDA.             11,70          11,30           

P-73277       BGA. LA RIOJA SACI Y A        12,10          12,40           

P-73289       MOTEGAY S. A.                 11,90          11,50           

P-73413       ADRIAN FARID NASIF                           11,60           

P-73437       BENINI Y CREDE S. A.          12,50          12,50           

P-73499       B. Y V. ANGUINAN S. A.        12,00          12,50           

P-73498       JOSE ANTONIO GONZALEZ         11,70          11,70           

P-73505       ING. JOSE FERREZ              12,10                          

P 73542       JOSE JUAN O. ELIAS            12,50          12,50           

P-73591       PEÑA SOLA S. R. L.            13,20                          

P-73646       L. DEL C. SALAS DE MASUD Y    11,30          11,80           
              O.                                                           


ANEXO IV A LA RESOLUCION N° C.021/97

GRADO ALCOHOLICO 1997-ZONA DE ORIGEN: CATAMARCA

VINO REGIONAL

N° BODEGA     RAZON SOCIAL                  BLANCO            COLOR        

P-72084       OMAR Y JORGE JAIS S. H.       11,70             11,10        

P-72103       B.Y V. VITTORIO LONGO S.A.    12,00             12,20        

P-72127       NANINI Y CIA. S. R. L.                          12,60        

P-72152       ELIAS J. SALEME S. A.         12,70             12,60