Instituto Nacional de Vitivinicultura

VITIVINICULTURA

Resolución C.22/97

Fíjanse límites mínimos de tenor alcohó1ico real para los Vinos de Mesa, elaboración 1997 unificados con remanentes de elaboración 1996 y anteriores, que se liberen al consumo en las zonas de origen: Rio Negro, Neuquén y La Pampa.

Mendoza, 6/6/97

B.O: 18/6/97

VISTO la Ley Nº 14.878, la Resolucion Nº C-071/92, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº C-71/92 en su punto 1.1 Incisos a) y b), establece que el Organismo fijará anualmente el grado alcohólico mínimo que deben contener los Vinos de Mesa y Regionales para su liberación al consumo.

Que el Operativo Control Cosecha y Elaboración llevado a cabo en las zonas de origen de Rio Negro, Neuquén y La Pampa, ha permitido a este Instituto reunir antecedentes técnicos suficientes para determinar la riqueza alcohólica de los caldos obtenidos, de acuerdo a los tenores azucarinos de las uvas de las cuales provienen.

Que los diversos microclimas existentes en las referidas zonas determinan apreciables diferencias en la graduación alcohólica de los productos elaborados en los diferentes establecimientos.

Que las caracteristicas de comercialización de estas zonas, determinan un mercado de traslado practicamente inexistente, envasando cada uno de ellos los productos de su elaboración.

Que lo expuesto precedentemente aconseja fijar el grado alcohólico 1997 por bodega, unificado con los volúmenes de vinos remanentes de la cosecha 1996 y anteriores.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566, el Decreto-Ley Nº 2.284/91 y el Decreto Nº 1084/96.

EL DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

Artículo 1º-Fíjase los límites de tenor alcohólico real para los Vinos de Mesa, elaboración 1997 unificados con remanentes de elaboración 1996 y anteriores, que se liberen al consumo en las zonas de origen: Rio Negro, Neuquen y La Pampa, conforme el Anexo I, que se adjunta como parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º -Considérase grado alcohólico real, el contenido como tal en el vino, determinado mediante método oficial, sin tener en cuenta el alcohol potencial del probable contenido de azúcares reductores en el producto.

Art. 3º-Los análisis de Libre Circulación requeridos a partir de la puesta en vigencia de la presente, deberán reunir los requisitos establecidos en el Anexo citado en el punto 1º de la presente. Los correspondientes a vino 1996 y anteriores, caducarán automáticamente a partir del 30 de junio de 1997, sin que ello de lugar al reintegro de los aranceles analíticos equivalentes a los volúmenes no despachados.

Art. 4 -Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, notifíquese y cumplido, archívese.-Felix R. Aguinaga.

ANEXO I A LA RESOLUCION Nº C.022/97

GRADO ALCOHOLICO 1997 - ZONA DE ORIGEN: RIO NEGRO

VINO DE MESA

    Nº BODEGA                 RAZON SOCIAL               BLANCO      COLOR   

                                                                             

 N-70173            B. Y V. BALILA JUAN VAGNONI        11,50                 
                                                                       11,50 

 N-70290           COOP. A. DE P. Y VIÑATEROS UNIDOS   10,70           10,80 

 N-70357           CEPA ROJA DE J. SANCHEZ CARRILLO    12.20           11.50 

 N-70382            B. Y V. HUMBERTO TRONELLI          11.50           12.60 

 N-70401           COOP. AGR. COL. CHOELE CHOEL        11.00           11.70 
                   LTDA.                                                     

 N-70425            COOP. FRUTI-VINICOLA ALLEN         11.60           11.80 

 N-70462            COOP. VALLE FERTIL LTDA.           12,10           12,10 

 N-70517            CONSTANTINI RAFAEL                 12,40           -     

 N-70695            EST. HUMBERTO CANALE S. A.         11,90           12,80 

 N-70702            FAVRETTO HNOS.                     12,30           12.40 

 N-70726            ELISA G. DE FEDALTO                12.80           13,30 

 N-70827            EMLIO LINO GENARI                  12,50           13,00 

 N-70855            MILLANTU SAICAG                    10,90           11,80 

 N-70972            DELLANZO LUIS                      17,10           13,40 

 N-7125C            B. Y V. RIO NEGRO S. R. L.         11,50           10,60 

 N-7126Z-                      LEPANTO S.A                             12,70 
                                                          12,60              

 N-71342            PIRRI SIRACUSA TORMENAY CIA.       12,10           12,50 

 N-71366            EDUARDO PODLESCH                   11,70           11,90 

 N-71538            COOP. VIT. LUIS A. HUERGO          12,20           12,40 

 N-71551            SUC. DE GIUSTINO PECINI EHIJOS     12,10              -  

 N-71707            VALLE LINDO S. A.                  10,90           11,20 

 N-71735            VECCHI HNOS.                       11,50           12,70 

 N-71772            VERDECCHIA HNOS.                   11.90           11,80 

 N-71968               GENSABELLA LEANDRO ALFONSO      13,20           12,80 

 N-72001            VALLE LINDO SAIACI E I             11,20           11,60 

 N-74079            HENRY HNOS. Y QUILES               13,50           13,40 

 N-74147              SUC. MARTIN ANTONIO BERNARDO     12,40           12,00 


GRADO ALCOHOLICO 1997 - ZONA DE ORIGEN: NEUQUEN

Nº BODEGA          RAZON SOCIAL       VINO DE MESA        COLOR              
                                      BLANCO                                 

N-71305            PEDRO KOWALYK      15,60               15,50