ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS

Resolución N. 39/97

Expte. Nº 12.138-96

Bs. As., 8/5/97

B.O.: 18/06/97

VISTO el error material incurrido en el dictado de la Resolución ETOSS Nº 25 del 18 de marzo de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que en el sexto CONSIDERANDO de la citada resolución se mencionó a la Ley 24.269, cuando debió haberse hecho referencia a la Ley 24.629.

Que el Artículo 100 del Reglamento de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 aprobado por Decreto Nº 1759/72 autoriza a rectificar los errores materiales en cualquier momento, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto administrativo de que se trata.

Que la citada norma resulta de aplicación a los actos dictados por este Ente Regulador en virtud de lo dispuesto en el Artículo 2º del convenio interjurisdiccional de constitución del ETOSS de fecha 10 de febrero de 1992, ratificado en el orden nacional por Decreto Nº 999/92.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES ha tomado la intervención que le compete.

Que este Ente Regulador se encuentra facultado para el dictado de la presente Resolución en virtud de lo dispuesto en el Artículo 17, inciso u) del Marco Regulatorio aprobado por Decreto Nº 999/92.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Rectificar el error material incurrido en el sexto CONSIDERANDO de la Resolución ETOSS Nº 25 del 18 de marzo de 1997, aclarándose que donde dice "Ley 24.269" se trata en realidad de la "Ley 24.629"-.

ARTICULO 2º.-Regístrese, notifíquese a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA NACION, a la COMISION BICAMERAL PARA LA REFORMA DEL ESTADO creada por Ley Nº 23.696, a la Concesionaria AGUAS ARGENTINAS S. A., ordénese la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL y cumplido, archívese.-Esc. José M. Moiron, Director.-Ing. Eduardo R. Cevallo, Presidente.-Dr. Gustavo Criscuolo, Director.-Ing. Héctor Marzocca, Vicepresidente.Ing. Martín Lascano, Director.-Dra. Patricia Susana Prono, Secretaría Ejecutiva.-Lic. Eduardo Erszteyn, Director.

e. 18/6 Nº 189.273 v. 18/6/97