Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 1945/97

Confírmase el otorgamiento de una Licencia en régimen de competencia para la prestación de los Servicios de Valor Agregado, establecido por la Resolución Nº 25.843/96.

Bs. As., 23/6/97

B.O: 7/7/97

VISTO el Expediente Nº 33.793/96, del registro de la Ex-COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, en el cual se gestiona en favor de TZAMAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA el otorgamiento de la licencia definitiva para la prestación de servicios de telecomunicaciones en régimen de competencia, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 731 del 12 de setiembre de 1989, modificado por su similar Nº 59 del 5 de enero de 1990, estableció que los servicios de telecomunicaciones no considerados básicos o declarados en régimen de exclusividad por el PODER EJECUTlVO NACIONAL, serán prestados en régimen de competencia.

Que los Decretos Nros. 62 del 5 de enero de 1990 y 1185 del 22 de junio de 1990 y sus modificatorios, establecen que los interesados en la prestación de servicios de Telecomunicaciones en régimen de competencia, deberán obtener la respectiva licencia.

Que las Resoluciones dictadas por la ex-COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES Nros. 477 del 17 de febrero de 1993 y 996 del 12 de marzo de 1993, establecen el régimen y los requisitos para la obtención de las licencias de prestación de servicios de telecomunicaciones en régimen de competencia.

Que oportunamente se concedió a TZAMAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, licencia en régimen de competencia, por el término de NOVENTA [90) DIAS, para posibilitar, dentro de ese lapso, la regularización de la documentación presentada, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la Resolución Nº 996 dictada por la ex, COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES el 12 de marzo de 1993.

Que a la fecha la recurrente ha dado cumplimiento a dicho requisito, por lo que corresponde confirmar el otorgamiento de la licencia solicitada.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Anexo II del Decreto 1620/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1º-Confirmarse el otorgamiento de la licencia en régimen de competencia a TZAMAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para la prestación de los SERVICIOS DE VALOR AGREGADO, establecido en el Artículo 1º de la Resolución Nº 25.843, dictada por la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, el 9 de diciembre de 1996.

Art, 2º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Germán Kammerath.