MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 373/97

Extiéndese el plazo para el proceso de liquidación definitiva de Tanque Argentino Mediano Sociedad del Estado en Liquidación (TAMSE E.L.).

Bs. As., 30/6/97

B.O: 14/7/97

VISTO las leyes Nros. 19.550, 23.696, 24.045 y 24.764; los Decretos Nros. 1105 del 20 de octubre de 1989, 1396 del 23 de julio de 1990 y 185 del 24 de enero de 1982 y la Resolución Nro. 972 del Ministerio de Defensa del 25 de octubre de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que TANQUE ARGENTINO MEDIANO SOCIEDAD DEL ESTADO EN LIQUIDACION (TAMSE E.L.) se halla "sujeta a privatización" en los términos establecidos en el capítulo II de la Ley Nº 23.696 de Reforma del Estado y su Decreto Reglamentario Nº 1105/89.

Que a través de la Ley Nº 24.045 se aprueba la declaración de sujeta a privatización efectuada por el Decreto Nº 1396/90 respecto de Entidades que operan en el ámbito del Ministerio de Defensa, entre las que se encuentra alcanzada TANQU E ARGENTINO MEDIANO SOCIEDAD DEL ESTADO EN LIQUIDACION (TAMSE E.L.).

Que mediante la Resolución Nº 972/93 del Ministerio de Defensa se dispone la disolución y declaración en estado de liquidación de la Empresa, en los términos del Art. 94, Incisos Nros. 4 y 5 de la Ley 19.550 y sus modificatorias.

Que por Decreto Nº 185/92, el Poder Ejecutivo Nacional delega en el Ministerio de Defensa el ejercicio de las facultades conferidas en la Ley 23.696 en cuanto a las Empresas en que resulte Autoridad de Aplicación.

Que la complejidad del tema y las demoras producidas en el proceso liquidatorio hacen que la Sindicatura General de la Nación aun no se haya podido expedir sobre la auditoría del Estado Patrimonial de la Sociedad.

Que el artículo 25 de la Ley 24.764 prevé un plazo límite hasta el 30 de junio de 1997, para la liquidación definitiva de las Sociedades declaradas en estado de liquidación antes del 1º de Enero de 1997; y que en casos excepcionales y cuando razones de trámites pendientes así lo justifiquen, podrá extenderse dicho plazo hasta el 31 de Diciembre de 1997:

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Defensa ha tomado la intervención que le compete a los efectos de propiciar la presente Decisión.

Que el Jefe de Gabinete de Ministros se halla facultado, para el dictado de la presente en virtud de lo preceptuado en el Artículo 25 de la Ley Nº 24:764.

Por ello.

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º-Autorízase la prórroga hasta el 31 de Diciembre de 1997 para el proceso de liquidación definitiva de TANQUE ARGENTINO MEDIANO SOCIEDAD DEL ESTADO EN LIQUIDACION (TAMSE E.L.), en los términos del artículo 25 de la Ley 24.764.

Art. 2º-Comuníquese a la Comisión Bicameral creada por el artículo 14 de la Ley 23.696.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Jorge A. Rodríguez.- Jorge Domínguez.