MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 374/97

Extiéndese el plazo para la liquidación definitiva de Aceros Ohler S.A. (E.L.) y Altos Hornos Zapla Construcciones S.A (E.L.).

Bs. As., 30/6/97

B.O: 14/7/97

VISTO las Leyes Nros. 19.550 y 24.764; los Decretos Nro.96 del l9 de enero de 1981; 185 del 24 de enero de 1992, la Resolución Conjunta MEOSP Nº 100 y MD Nº 125 del 24 de enero de 1994 y el Acta de Asamblea General Extraordinaria del 27 de mayo de 1982, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 96/81 se ratifica la disolución y liquidación de ACEROS OHLER S.A. (E.L.) dispuesta por Asamblea del 27 de mayo de 1979, en los términos del Artículo 94, incisos 4 y 5 de la Ley de Sociedades Comerciales.

Que por Asamblea General Extraordinaria del 27 de marzo de 1982, se resuelve la disolución anticipada y la liquidación de ALTOS HORNOS ZAPLA CONSTRUCCIONES S.A. (E.L.). Dicha medida se efectivizó a partir del 1º de junio de 1982, teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 94, incisos 1 y 4 (primera parte) de la Ley de Sociedades Comerciales, como consecuencia de que la sociedad había dado cumplimiento a los objetivos que determinaron su creación.

Que a través de la Resolución Conjunta MD Nº 125/94y MEOSP Nº 100/94, el Ministro de Defensa y el Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos resuelven la transferencia de ALTOS HORNOS ZAPLA CONSTRUCCIONES S.A. (E.L.) y ACEROS OHLER S.A. (E.L.) a la jurisdicción de la Subsecretaría de Normalización Patrimonial de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, dando cumplimiento al artículo 2º del Decreto Nº 2394 del 15 de diciembre de 1992.

Que como consecuencia del extravió de la documentación contable y libros societarios de las empresas en liquidación ACEROS OHLER S.A. (E. L.) y ALTOS HORNOS ZAPLA CONSTRUCCIONES S.A. (E.L.), la transferencia de las mismas se ha visto demorada y dada la complejidad que ocasiona tal circunstancia, la citada gestión de transferencia continua siendo analizada por la Subsecretaría de Normalización Patrimonial del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Que el artículo 25 de la Ley 24.764 prevé un plazo límite hasta el 30 de junio de 1997, para la liquidación definitiva de las Sociedades declaradas en estado de liquidación antes del 1º de enero de 1997, y que en casos excepcionales y cuando razones de trámites pendientes así lo justifiquen, podrá extenderse dicho plazo hasta el 31 de diciembre de 1997.

Que el Jefe de Gabinete de Ministros se halla facultado para el dictado de la presente en virtud de lo preceptuado en el artículo 25 de la Ley Nº 24.764.

Por ello.

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º-Autorízase la prórroga hasta el 31 de diciembre de 1997 para la liquidación definitiva de ACEROS OHLER S.A. (E.L.) y ALTOS HORNOS ZAPLA CONSTRUCCIONES S.A. (E.L.) en los términos del artículo 25 de la Ley 24.764.

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Jorge A. Rodríguez.- Jorge Domínguez.