MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

SECRETARIA DE HACIENDA

Resolución Nº 305/97

Bs. As., 11/7/97

B.O.: 22/07/97

VISTO, la Ley Nº 21.865 y el Decreto 1180 de fecha 14 de julio de 1994 y,

CONSIDERANDO:

Que la mayor parte de los fondos sobrantes de haberes de la Policía Federal Argentina, que el Banco adjudicatario de la licitación prevista en el Decreto del visto, transfiere a la Secretaría de Hacienda, conforme Resolución S.H. Nº 429/94 y 157/95, deberían girarse a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina según lo establece el artículo 3º de la Ley Nº 21.865.

Que la Policía Federal Argentina es el organismo que está en condiciones de determinar en qué medida estos sobrantes deben ser ingresados a la mencionada Caja o a la Secretaría de Hacienda.

Que el presente acto se dicta en función de las atribuciones conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 1180/94.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

ARTICULO 1º - La entidad bancaria adjudicataria de la licitación pública efectuada por la Policía Federal Argentina, para el pago de haberes a su personal de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 1180/94 y la Resolución S.H. Nº 429/94, deberá transferir los sobrantes de haberes a la cuenta Nº 2605/59 que dicho organismo mantiene en el Banco de la Nación Argentina - Casa Central.

ARTICULO 2º - La Policía Federal Argentina, del importe recibido según el artículo 1º, deberá depositar, a favor de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina, el monto que corresponda según el artículo 3º de la Ley Nº 21.865 y a favor de la Secretaría de Hacienda el saldo según procedimiento establecido en Resolución S.H. Nº 157/95.

ARTICULO 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - PABLO E. GUIDOTTI, Secretaría de Hacienda.

e. 22/7 Nº 192.718 v. 22/7/97