MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL

SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

Resolución Conjunta Nº 359/97-MSyAS y Nº 151/97 - SEDRONAR

Bs. As., 10/6/97

B.O.: 23/07/97

VISTO las Leyes Nº 23.737 y Nº 24.455, los Decretos Nos. 580/95, 623/96, 1119/96, 1339/96 y 342/97, y la Resolución conjunta MSyAS Nº 160/95 y SEDRONAR Nº 03/95, y

CONSIDERANDO:

Que por los Decretos Nros. 1119/96 y 342/97 se conformó un Comité de Trabajo Conjunto integrado, entre otros organismos, por el MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL y la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a fin de unificar criterios que posibiliten el efectivo cumplimiento de lo establecido en el artículo 1º, inciso b), y en el artículo 2º de la Ley Nº 24.455, y de lo dispuesto en los artículos 13 y 14 del Decreto Nº 623/96.

Que el artículo 3º del Anexo I del Decreto Nº 580/95, reglamentario de la Ley Nº 24.455, encomienda al MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL y a la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION la elaboración de programas destinados a cubrir las contingencias previstas en el artículo lº de la mencionada ley.

Que en tal sentido debe normalizarse los servicios preventivo - asistenciales especializados en drogadependencia, para optimizar la calidad de sus prestaciones, haciendo posible un funcionamiento eficiente y acorde con las necesidades que exige el adecuado tratamiento y rehabilitación del drogadependiente.

Que para el logro de los objetivos enunciados se requiere actualizar la Resolución Conjunta citada en el visto, como asimismo adecuarla a los requerimientos de la población beneficiaria de las obras sociales.

Que el Decreto Nº 1339/96 del VISTO dispone que la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION adoptará los principios y postulados programáticos contenidos en el documento: "ESTRATEGIA ANTIDROGAS EN EL HEMISFERIO". aprobado y ratificado por aclamación y unanimidad el 17 de octubre de 1996, en ocasión del Vigésimo Período Ordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD/OEA) celebrado en la Ciudad de Buenos Aires.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1447/96y por el Decreto Nº 1426/96-Anexo II-, por lo que procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD Y ACCION SOCIAL Y EL SECRETARIO DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHACONTRA EL NARCOTRAFICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVEN:

ARTICULO 1º-Confórmase un Subcomité de Trabajo, en el ámbito del Comité de Trabajo conjunto creado por los Decretos Nos. l l l 9 del 3 de octubre de 1996 y 342 del 16 de abril de 1997, el que estera integrado por representantes del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL y de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

ARTICULO 2º-Será responsabilidad del Subcomité creado por el artículo precedente efectuar el análisis de la Resolución Conjunta MSyAS Nº 160 y SEDRONAR Nº 03 del 11 de mayo de 1995, a fin de proyectar su actualización y su adecuación a la demanda potencial de la población beneficiaria de las obras sociales a los fines previstos en los artículos 1º, inciso b), y 2º de la Ley Nº 24.455. A ese efecto realizará la evaluación y seguimiento permanente de la aplicación de las Leyes Nos. 23.737 y 24.455 a fin de cumplimentar - en la instancia correspondiente - las disposiciones del Artículo 2º del Decreto Nº 1119/96 y de su similar Nº 342/97.

ARTICULO 3º-El Subcomité deberá contemplar en sus propuestas las disposiciones del Decreto Nº 1339/96, que dispone que la SECRETAR-A DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION adoptara los principios y postulados programáticos contenidos en el documento: "ESTRATEGIA ANTIDROGAS EN EL HEMISFERIO, aprobado y ratificado por aclamación y unanimidad el 17 de octubre de 1996, en ocasión del Vigésimo Período Ordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD/OEA) celebrado en la Ciudad de Buenos Aires.

ARTICULO 4º-En orden a lo establecido en el articulo 18 del Decreto Nº 623/96, el Subcomité de Trabajo queda facultado para invitar a participar de sus reuniones, así como para integrar los grupos de trabajo específicos que se formen en su ámbito, a personalidades destacadas en el tema y a representantes de organismos gubernamentales y no gubernamentales con competencia en la materia.

ARTICULO 5º-Las funciones de los miembros del Subcomité y de las personalidades invitadas a colaborar con el mismo según lo dispuesto por el artículo precedente, serán desempeñadas a título honorario y, en el caso de tratarse de funcionarios de la Administración Pública, nacional, provincial o municipal, los mismos actuaran sin perjuicio de las tareas propias de sus respectivos cargos.

ARTICULO 6º-Comuníquese, publíquese y archívese. - Dr. JULIO CESAR ARAOZ, Secretario de Estado.- Dr. ALBERTO MAZZA. Ministro de Salud y Acción Social.

e. 23/7 Nº 193.638v.23/7/97