Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 2174/97

B.O.: 24/7/97

Convócase a la Séptima Audiencia Pública Regional sobre Telecomunicaciones Rurales, destinada a cubrir la Provincias de La Pampa y Buenos Aires.

Bs. As., 18/7/97

VISTO el expediente SC Nº 301/96, lo dispuesto por el Decreto Nº 1620/96, la Resolución S.C. Nº 57/96, y

CONSIDERANDO:

Que es uno de los objetivos de esta Secretaría dotar al sector agropecuario, agroindustrial y de servicios relacionados con el agro de una infraestructura de telecomunicaciones eficiente y moderna.

Que para ello, resulta de suma importancia obtener un conocimiento acabado de las necesidades de los sectores involucrados.

Que por Resolución S.C. Nº 57/96 se aprobó el Reglamento General de Audiencias Públicas y Documentos de Consulta para las Comunicaciones, siendo necesario aplicar este procedimiento para conocer la opinión de los distintos sectores interesados en forma previa al dictado de normas de alcance general.

Que la utilidad a este respecto del mecanismo de Audiencias Públicas consultivas ha quedado demostrado con la realización de la Audiencia Pública sobre Telefonía Rural del 20 de diciembre de 1996 en Buenos Aires, la que aporto valiosa información, como también en las recientes Audiencias Públicas Regionales sobre el mismo tema llevadas a cabo a partir del pasado 20 de marzo en la Patagonia, Cuyo, la Región Central y el NEA

Que con el objeto de facilitar la concurrencia de quienes residen en zonas alejadas de la Capital, resulta aconsejable trasladar este sistema de consulta a las distintas regiones de nuestro país, con la intención de cubrir la totalidad del territorio nacional.

Que, por lo tanto, es oportuno que esta Secretaría continúe convocando a la realización de Audiencias Públicas Regionales en los términos del artículo 15 de la Resolución S.C. Nº 57/96, a efectos de que los distintos Interesados hagan conocer al Gobierno Nacional sus necesidades en cuanto a las comunicaciones en las áreas rurales de nuestro país, así como sus propuestas acerca de eventuales soluciones a estos problemas.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1620/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1º - Adóptase el procedimiento de Audiencia Pública previsto en el artículo 15 del "Reglamento General de Audiencias Públicas y Documentos de Consulta para las Comunicaciones" a fin de que los distintos interesados hagan conocer al Gobierno Nacional las necesidades de telecomunicaciones del sector rural en la región Pampeana del país, así como sus propuestas o eventuales soluciones a los problemas existentes en la actualidad. En consecuencia, convócase a la Séptima Audiencia Pública Regional sobre Telecomunicaciones Rurales, destinada a cubrir las Provincias de La Pampa y Buenos Aires, el día 8 de agosto de 1997, a las 10.00 horas, en el Salón de la Asociación Italiana "20 de Septiembre de Socorros Mutuos", ubicado en Calle 17 Nº 957, Ciudad de General Pico, Provincia de La Pampa.

Art. 2º - Habilítese un Registro de Oradores de los interesados en exponer en la audiencia pública convocada, el que funcionará de la siguiente manera:

Del 29 de julio al 6 de agosto de 1997:

- Por telegrama dirigido a esta Secretaría de Comunicaciones, Sarmiento 151 - 4º piso (1000) Capital Federal

- Por fax, al 01 - 318-9448

El día 7 de agosto de 15.00 a 20.00 horas:

- Personalmente en la Municipalidad de Gral. Pico (planta alta), ubicada en Av. San Martín 451, Ciudad de General Pico, Provincia de La Pampa.

- Por fax, a los números (0302) 34019 / 34225

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Germán Kammerath.