COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

Decreto 681/97

Apruébase la escala salarial del personal del citado ente descentralizado.

Bs. As., 22/7/97

B.O: 25/7/97

VISTO el expediente Nº 373/97 del registro de la Ex-COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES dependiente de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION y el Decreto Nº 1626 del 23 de diciembre de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 31 del Decreto Nº 660/96 con las modificaciones introducidas por sus similares Nros. 952/96 y 1260/96, se creó la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, a partir de la fusión de la Ex - Comisión Nacional de Telecomunicaciones y la Ex - Comisión Nacional de Correos y Telégrafos.

Que por Decreto Nº 1626 de fecha 23 de diciembre de 1996 se aprobó la estructura organizativa de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, ente descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que es necesario aprobar la escala salarial del personal del ente descentralizado en cuestión, tomando como antecedente las que reglan para los entes fusionados.

Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99 inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA

Artículo 1º-Apruébase la escala salarial del personal de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES que como Anexo I integra el presente.

Art.2º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.

ANEXO I

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

ESCALA SALARIAL


CATEGORIA                CODIGO CATEGORIA         SUELDO BRUTO             

PRESIDENTE                                                7.800,00         

VICEPRESIDENTE                                            7.300,00         

DIRECTOR                                                  6.800,00         

GERENTE                             A                     6.000,00         

SUBGERENTE                          A1                    5.500,00         

PROFES. COORDIN.                    B                     4.000,00         

PROFES. SUPERIOR                    B1                    3.500,00         

PROFES. AVANZADO                    C                     3.000,00         

PROFESIONAL INICIAL                 C1                    2.500,00         

TECNICO SUPERIOR                    D                     2.100,00         

TECNICO                             D1                    1.550,00         

ADMINIST. SUPERIOR                  E                     1.350,00         

ADMINISTRATIVO                      E1                    1.000,00