Administración Nacional de la Seguridad Social

SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 684/97

Establécense normas que reglamentan el derecho de libre elección por parte de los beneficiarios mencionados en el artículo 8º, inciso b) de la Ley N. 23.660, determinando cuales son los sujetos legitimados, los requisitos de fondo y de forma para ejercicio de dicha opción, la fecha a partir de la cual se hará efectiva, el período durante el cual podrá ser válidamente ejercida y los procedimientos para la liquidación y pago de las cápitas a favor de los Agentes elegidos.

Bs. As., 18/7/97

B.O. 25/7/97

VISTO las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661 y los Decretos Nº 292 de fecha 14 de agosto de 1995, Nº 492 de fecha 22 de septiembre de 1995, Nº 1187 de fecha 18 de octubre de 1996, Nº 197 de fecha 10 de marzo de 1997, la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOC1AL Nº 151 y del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 364 de fecha 26 de octubre de 1995, la Resolución D. E. Nº 216 de fecha 23 de noviembre de 1995, la Resolución D. E. A. Nº 792 de fecha 8 de noviembre de 1996 y la Resolución D.E. Nº 246 de fecha 18 de marzo de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del artículo 11 del Decreto Nº 292/95, modificado por su similar Nº 492/95, los beneficiarios mencionados en el artículo 8º, inciso b) de la Ley Nº 23.660 podrán optar por afiliarse al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJyP) o a cualquier otro Agente del SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD (ASNSS) inscripto en el Registro correspondiente.

Que conforme a lo prescripto por el artículo citado precedentemente, los AGENTES DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD inscriptos en el Registro quedarán obligados a recibir a los beneficiarios que opten por ellos, a sus respectivos grupos familiares y adherentes, no pudiendo en ningún caso condicionar su ingreso por patología médica o ninguna otra causa. .

Que el artículo 12 del Decreto Nº 292/95 establece que las opciones de cambio solo podrán ser ejercidas por los beneficiarios una vez por año, mediante presentación ante la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y tendrán vigencia efectiva a partir del primer día del tercer mes posterior a dicha presentación.

Que el mencionado artículo faculta a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) para establecer y poner en funcionamiento los procedimientos necesarios que posibiliten a los jubilados y pensionados elegir libremente el AGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD que les brindará la prestación médico - asistencial.

Que resulta necesario readecuar los procedimientos vigentes para regularizar las opciones de traspaso y subsanar las posibles dificultades, en las opciones que en el futuro se produzcan.

Que el artículo 13 del Decreto Nº 292/95 autoriza a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) a transferir automáticamente a los Agentes elegidos el monto de las cápitas establecidas en el segundo párrafo del artículo citado. Asimismo se dispone que dicha transferencia deberá efectuarse entre los días CINCO (5) y QUINCE (15) de cada mes.

Que en consecuencia, corresponde dictar las normas que reglamenten el derecho de libre elección por parte de los beneficiarios mencionados en el artículo 8º, inciso b) de la Ley Nº 23.660, determinando expresamente cuales son los sujetos legitimados, los requisitos de fondo y de forma para el ejercicio de dicha opción, la fecha a partir de la cual se hará efectiva, el período durante el cual podrá ser válidamente ejercida y los procedimientos para la liquidación y pago de las cápitas a favor de los Agentes elegidos.

Que el Decreto Nº 1187/96 aprobó la nueva estructura orgánico - funcional de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

Que en virtud de dicha aprobación han perdido vigencia las competencias oportunamente asignadas por la Resolución D. E. Nº 216/95 a las Unidades Orgánicas existentes con anterioridad al dictado de dicho Decreto.

Que corresponde, por lo tanto, adecuar las funciones necesarias para implementar lo dispuesto por los Decretos Nº 292/95 y Nº 492/95, asignando competencia a las Unidades Orgánicas creadas por la Resolución D.E.A. Nº 792/96 en cumplimiento del Decreto Nº 1187/96.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º.- A partir de la fecha de vigencia de la presente Resolución, todo beneficiario, titular de una prestación previsional otorgada por el SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES (SIJyP), podrá optar por afiliarse al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJyP) o a cualquier otro AGENTE DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD inscripto en el Registro creado por el artículo 10 del Decreto Nº 292/95 modificado por su similar Nº 492/95. Dicha opción deberá formalizarse ante las UNIDADES DE ATENCION INTEGRAL (UDAI) o Delegaciones dependiente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) mediante la presentación del Formulario previsto para tal fin.

Art. 2º.- Los miembros del grupo familiar primario que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 9º de la Ley Nº 23.660, declarados en las opciones de traspaso de obra social, deberán presentar constancia de afiliación emitida por el INSSJyP o, acreditar el vínculo de parentesco de acuerdo a la documentación detallada en la Resolución D.E. Nº 246/97. Para aquellas personas declaradas no contempladas en el artículo citado, se exigirá la constancia de afiliación emitida por el INSSJyP.

Art. 3º.- A partir de la vigencia de la presente, los jubilados y pensionados que ejercieron su opción de cambio de obra social deberán informar las novedades producidas en la conformación de su grupo familiar mediante el formulario previsto para tal fin, con la documentación exigida según Resolución Nº 246/97.

Art. 4º.- Las Obras Sociales inscriptas en el Registro creado por el artículo 10 del Decreto Nº 292/95, modificado por su similar Nº 492/95, podrán efectuar presentaciones de opciones de traspaso de Obra Social en soporte magnético, de acuerdo al diseño de registro que consta en Anexo I, integrante de la presente y a la norma de procedimiento dispuesta para tal fin.

Art. 5º.- Con el soporte magnético se deberá adjuntar el formulario cumplimentado de acuerdo a la normativa vigente y la documentación exigida en el artículo 2º de la presente Resolución.

Art. 6º.- La GERENCIA DE SISTEMAS Y TELECOMUNICACIONES controlará, antes de generar el archivo de liquidación de pago de cápitas, las opciones ingresadas con el REGISTRO UNICO DE BENEFICIARIOS (RUB), determinando las opciones aceptadas y las rechazadas, en el primer caso generará la leyenda que identifique la obra social elegida en la orden de pago previsional o documentación que la reemplace.

Art. 7º.- La GERENCIA DE SISTEMAS Y TELECOMUNICACIONES deberá generar y remitir a la GERENCIA UNIDAD CENTRAL DE APOYO, antes del primer día del tercer mes posterior al ejercicio de la opción, los traspasos discriminados según el siguiente detalle:

a) Soportes magnéticos con la totalidad de los traspasos, aceptados valorizados y rechazados, ambos en forma nominativa, identificados por obra social, para entregar a cada AGENTE NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD y al INSSJyP.

b) Listados resúmenes valorizados con el total de traspasos efectuados discriminados por obra social, para la GERENCIA DE CONTABILIDAD con el objeto de que efectúe los pagos de las cápitas correspondientes a los AGENTES DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD conforme a lo dispuesto por el artículo 13 del Decreto Nº 292/95.

c) Soporte magnético con la totalidad de traspasos efectuados, aceptados y rechazados, correspondientes los beneficiarios del régimen de capitalización, para entregar a la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (SAFJyP) para que informe a los titulares que ejercieron la opción.

Art. 8º.- Entre los días PRIMERO (1) y CINCO (5) de cada mes, la GERENCIA UNIDAD CENTRAL DE APOYO deberá controlar y remitir los listados y soportes mencionados en el artículo anterior a la GERENCIA DE CONTABILIDAD, a la SAFJyP y al INSSJyP. A partir del día SEIS (6) y hasta el día QUINCE (15) de cada mes remitirá los soportes magnéticos a cada AGENTE NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Art. 9º.- La GERENCIA DE CONTABILIDAD deberá abonar las cápitas informadas y controladas por la GERENCIA UNIDAD CENTRAL DE APOYO entre los días CINCO (5) y QUINCE (15) de cada mes. Una vez efectuados los pagos a favor de los AGENTES DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD, la Gerencia mencionada en primer término deberá informar a la Gerencia Unidad Central de Apoyo el detalle de las fechas de pago antes del cierre de dicho mes.

Art. 10.- Los titulares y sus grupos familiares declarados, que pierdan su condición de beneficiarios, de acuerdo a los requisitos establecidos en el artículo 2º serán dados de baja en forma automática por esta ADMINISTRACION NACIONAL.

Art. 11.- Los eventuales reclamos por retroactividades pendientes de pago, originados por la operatoria anterior deberán presentarse ante el INSSJyP.

Art. 12.- La GERENCIA UNIDAD CENTRAL DE APOYO podrá recibir del INSSJyP las novedades por fallecimiento correspondientes a un beneficiario titular o un miembro de su grupo familiar, las que deberán informarse por escrito, con copia de la partida de defunción y de corresponder, procederá a descontar las cápitas abonadas erróneamente.

Art. 13.- Las cápitas correspondientes a grupos familiares de titulares fallecidos, se continuarán liquidando por un plazo de TRES (3) meses. Si estos adquieren el carácter de pensionados, podrán efectuar la opción de traspaso de acuerdo a esta normativa.

Art. 14.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día PRIMERO (1) de agosto del corriente año 1997.

Art. 15.- Derógase la Resolución D. E. Nº 216 del 23 de noviembre de 1995.

Art. 16.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.- Horacio Rodríguez Larreta.

Diseño de Registro                                                       

Nombre del Registro:             Longitud del              Hoja 1          
Padrones                          Registro:                 de 3           
                                529 posiciones                             

Campo   Posiciones    Long.         Nombre y/o        Tipo    Observaciones   
Nro                    del     Contenido del Campo     de                     
                      campo                           Dato                    

        Desde  Hasta                                                          

  1       1      12      12         Beneficio 1                Benef Reparto  

          1      2       2           Ex- Caja 1          2                    

          3      3       1             Tipo 1            2                    

          4      10      7            Número 1           2                    

         11      11      1         Copartícipe 1         2                    

         12      12      1            Dígito 1           2                    

  2      13      24      12         Beneficio 2                Benef Reparto  

         13      14      2           Ex- Caja 2          2                    

         15      15      1             Tipo 2            2                    

         16      22      7            Número 2           2                    

         23      23      1         copartícipe 2         2                    

         24      24      1            dígito 2           2                    

  3      25      38      14      Beneficio ref. Cap            Benef. Capt.   

         25      25      1            Códigos            1                    

         26      27      2         Prefijo CUIL/T        2                    

         28      32      8         Número CUIL/T         2                    

         36      36      1         Dígito CUIL/T         2                    

         37      38      2              Tipo             2                    

  4      39      42      4         Código de AFJP        1      Ver Tabla 3   

  5      43      53      11      CUIL/ CUIT titular      2                    

  6      54      66      13     Doc. Ident. Titular                           

         54      55      2       Tipo de documento       1      Ver Tabla 4   

         56      63      8       Nro. de Documento       2                    

         64      66      3         Pcia. Emisión         1    CI Ver Tabla 1  

  7      67      74      8      Fecha de Nacimiento      2       DDMMAAAA     

  8      75     1114     40     Ap. y Nombre Titular     1                    

  9      115    115      1              Sexo             1    M=Masc. F=Fem.  

  10     16     118      3          Nacionalidad         2      Ver Tabla 5   

  11     119    120      2          Estado Civil         2      Ver Tabla 6   

  12     121    190      70          Domicilio                                

         121    150      30            Calle             1                    

         151    155      5             Número            2                    

         156    157      2              Piso             3     PB, EP, SS o   
                                                                    Nº        

         158    161      4              Dpto             1                    

         162    165      4         Código Postal         2                    

         166    187      22          Localidad           1                    

         188    190      3           Provincia                  Ver Tabla 1   

  13     191    197      7            Teléfono           2                    

  14     198    203      6       Agente SNSS Actual      1      Cód. ANSSAL   

  15     204    209      6      Agente SNSS que opta     1      Cód. Ansal    

CODIGO DE               1            3 Alfanumérico                         
TIPO DE             Alfabético                              S Empaquetado   
DATO                                4 Empaquetado S/S            C/S        
                    2 Numérico                                              


Diseño de Registro                                                       

Nombre del Registro:       Longitud del Registro:          Hoja 2          
Padrones                       529 posiciones               de 3           

Campo   Posiciones   Long.         Nombre y/o         Tipo    Observaciones   
Nro                   del      Contenido del Campo     de                     
                     campo                            Dato                    

       Desde  Hasta                                                           

  16    210    529     320       Miemb. Del Grupo                             
                                       Fam.                                   

                                   4 Ocurrencias                              

                                                                              

        210    220      11       CUIT/ CUIL Fliar.       2                    

        221    260      40       Apellido y Nombre       1                    

                                     Documento                                

        261    262      2        Tipo de Documento       1      Ver Tabla 4   

        263    270      8       Número de Documento      2                    


Diseño de Registro                                                       

Nombre del Registro:       Longitud del Registro:          Hoja 2          
Padrones                       529 posiciones               de 3           

Campo   Posiciones   Long.         Nombre y/o         Tipo    Observaciones   
Nro                   del      Contenido del Campo     de                     
                     campo                            Dato                    

       Desde  Hasta                                                           

        271    273      3          Pcia. Emisión         1    CI Ver Tabla 1  

        274    274      1              Sexo              1    M=Masc. F=Fem.  

        275    277      3          Nacionalidad                 Ver Tabla 5   

        278    279      2          Estado Civil                 Ver Tabla 6   

        280    287      8       Fecha de Nacimiento      2       DDMMAAAA     

        288    289      2           Parentesco           2      Ver Tabla 2   

                                                                              

        290    300      11       CUIT/ CUIL Fliar.       2                    

        301    340      40       Apellido y Nombre       1                    

                                     Documento                                

        341    342      2        Tipo de Documento       2      Ver Tabla 4   

        343    350      8        Nro. de Documento       2                    

        251    353      3          Pcia. Emisión         2    CI Ver Tabla 1  

        354    354      1              Sexo              1    M=Masc. F=Fem.  

        355    357      3          Nacionalidad          2      Ver Tabla 5   

        358    359      2          Estado Civil          2      Ver Tabla 6   

        360    367      8       Fecha de Nacimiento      2       DDMMAAAA     

        368    369      2           Parentesco           2      Ver Tabla 2   

                                                                              

        370    380      11       CUIT/ CUIL Fliar.       2                    

        381    420      40       Apellido y Nombre       1                    

                                     Documento                                

        421    422      2        Tipo de Documento       1      Ver Tabla 4   

        423    430      8         Nº de Documento        2                    

        431    433      3          Pcia. Emisión         1    CI Ver Tabla 1  

        434    434      1              Sexo                   M=Masc. F=Fem.  

        435    437      3          Nacionalidad          2      Ver Tabla 5   

        438    439      2          Estado Civil          2      Ver Tabla 6   

        440    447      8       Fecha de Nacimiento      2       DDMMAAAA     

        448    449      2           Parentesco           2      Ver Tabla 2   

CODIGO DE              1            3 Alfanumérico                          
TIPO DE            Alfabético                            S Empaquetado C/S  
DATO                               4 Empaquetado S/S                        
                   2 Numérico                                               


Diseño de Registro                                                       

Nombre del Registro:       Longitud del Registro:          Hoja 3          
Padrones                       529 posiciones               de 3           

Campo   Posiciones   Long.         Nombre y/o         Tipo    Observaciones   
Nro                   del      Contenido del Campo     de                     
                     campo                            Dato                    

       Desde  Hasta                                                           

        450    460      11       CUIT/ CUIL Fliar.       2                    

        461    500      40       Apellido y Nombre       1                    

                                     Documento                                

        501    502      2        Tipo de Documento       1      Ver Tabla 4   

        503    510      8         Nº de Documento        2                    

        511    513      3          Pcia. Emisión         1    CI Ver Tabla 1  

        514    514      1              Sexo                   M=Masc. F=Fem.  

        515    517      3          Nacionalidad          2      Ver Tabla 5   

        518    519      2          Estado Civil          2      Ver Tabla 6   

        520    527      8       Fecha de Nacimiento      2       DDMMAAAA     

        528    529      2           Parentesco           2      Ver Tabla 2   

CODIGO DE              1            3 Alfanumérico                          
TIPO DE            Alfabético                            s Empaquetado c/s  
DATO                               4 Empaquetado s/s                        
                   2 Numérico                                               


TABLA 1 - PROVINCIA

02                 Buenos Aires       08                 Mendoza            

01                 Capital Federal    19                 Misiones           

03                 Catamarca          20                 Neuquén            

16                 Chaco              22                 Río Negro          

17                 Chubut             10                 Salta              

04                 Córdoba            11                 San Juan           

05                 Corrientes         12                 San Luis           

06                 Entre Ríos         23                 Santa Cruz         

18                 Formosa            13                 Santa Fe           

07                 Jujuy              14                 Santiago del       
                                                         Estero             

21                 La Pampa           24                 Tierra del Fuego   

09                 La Rioja           15                 Tucumán            


TABLA 2 - PARENTESCO

01                 Cónyuge                                                

02                 Conviviente                                            

03                 Hijo soltero menor de 21 años                          

04                 Hijo soltero de 21 a 25 años cursando estudios         
                   regulares                                              

05                 Hijo de cónyuge soltero menor de 21 años               

06                 Hijo de cónyuge soltero de 21 a 25 años cursando       
                   estudios regulares                                     

07                 Menor bajo guarda o tutela                             

08                 Adherente                                              

09                 Hijo mayor de 21 años discapacitado                    

10                 Otros PAMI                                             


TABLA 3 - CODIGOS DE AFJP

Denominación AFJP               Código AFJP                      

AFIANZAR AFJP S.A.              AZAR                             

ARAUCA BIT AFJP S.A.            ARAU                             

CLARIDAD AFJP S.A.              CLAR                             

CONSOUDAR AFJP S.A.             CONS                             

ETHIKA AFJP S.A.                ETIK                             

FECUNDA AFJP S.A.               FECU                             

FUTURA AFJP S.A.                FUTU                             

GENERAR AFJP S.A.               GENE                             

MÁS VIDA AFJP S.A.              VIDA                             

AFJP MAXIMA S.A.                MAXI                             

NACION AFJP S.A.                NACI                             

ORIGENES AFJP S.A.              ORIG                             

AFJP PREVINTER S.A. P.I.        PREV                             

PREVISOL AFJP S.A.              ISOL                             

PROFESION + AUGE AFJP S.A.      FESI                             

AFJP PRORENTA S.A.              PROR                             

SAN JOSE AFJP S A.              JOSE                             

SIEMBRA AFJP S.A.               SIEM                             

UNIDOS S.A AFJP                 UNIS                             


TABLA 4 - TIPO DE DOCUMENTO

DU:                    Documento único                           

LC:                    Libreta Cívica                            

LE:                    Libreta de enrolamiento                   

01-24:                 Cédula de identidad argentina provincial  
                       (ver Tabla 1)                             

PA:                    Pasaporte extranjero                      

CM:                    Certificado de migración                  


NOTA: Si nacionalidad es argentina (012), tipos de documento permitidos son: DU, LC, LE. Si nacionalidad no es argentina, tipo de documento permitidos son: DU, Cl, 01 a 24), PA, CM.

TABLA 5 - NACIONALIDADES

003                Alemania           088                Israel             

012                Argentina          089                Italia             

013                Australia          091                Japón              

014                Austria            099                Líbano             

019                Bélgica            115                Méjico             

024                Bolivia            122                Nicaragua          

026                Brasil             125                Noruega            

032                Canadá             130                Panamá             

039                Colombia           132                Paraguay           

041                Corea              133                Perú               

043                Costa Rica         135                Polonia            

044                Cuba               136                Portugai           

036                Chile              300                Puerto Rico        

037                China              141                República          
                                                         Dominicana         

045                Dinamarca          143                Rumania            

047                Ecuador            152                Siria              

049                El Salvador        157                Suecia             

051                España             158                Suiza              

052                Estados Unidos     167                Turquia            

058                Francia            170                Uruguay            

139                Gran Bretaña       172                Venezuela          

062                Grecia             301                Otros Paises de    
                                                         América            

065                Guatemala          302                Otros Paises       
                                                         Europeos           

071                Haiti              303                Otros Paises       
                                                         Asiáticos          

072                Holanda            304                Unión Sudafricana  

073                Honduras           305                Otros Países de    
                                                         Africa             

075                Hungría            306                Otros Países de    
                                                         Oceanía            

080                Irlanda            307                Apátrida           


TABLA 6 - ESTADO CIVIL

1.                 Soltero/a                                              

2.                 Casado/a                                               

3.                 Viudo/a                                                

4.                 Separado/a legal                                       

5.                 Separado/a de hecho                                    

6.                 Divorciado/a                                           

7.                 Convivencia