Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

CARNES

Resolución 476/97

Distribúyense toneladas de cortes enfriados vacunos sin hueso de alta calidad del cupo otorgado por la Unión Europea, para el período comprendido entre el 1°-7-97 al 3-6-98.

Bs. As., 22/7/97.

B.O.: 28/7/97.

VISTO el expediente N° 800-005870/97 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, la Resolución N° 443 del 10 de julio de 1.997 del mismo registro, en punto al cupo tarifario de cortes enfriados vacunos de alta calidad asignado a nuestro país por la UNION EUROPEA, a través de la cual se establecieron las bases para su distribución entre las empresas habilitadas, y el Reglamento (CE) N° 936 del 26 de mayo de 1.997 de LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Reglamento mencionado en el Visto, la UNION EUROPEA, procedió a la apertura para el período comprendido entre el 1° de julio de 1.997 y el 30 de junio de 1.998, de un contingente arancelario comunitario de carne vacuna de alta calidad, equivalente de VEINTIOCHO MIL (28.000) toneladas.

Que se han aplicado los parámetros establecidos en la resolución mencionada en el Visto.

Que como resultado de lo expuesto, procede determinar las cantidades que corresponden a cada empresa.

Que para acceder al mencionado cupo, resultará imprescindible que las firmas cumplimenten la totalidad de los requisitos establecidos en la Resolución N° 443/97 del registro de esta Secretaría.

Que se constituye una reserva de TRES MIL CIENTO ONCE (3.111) toneladas, destinadas a dar cumplimiento a las medidas cautelares que se encuentran vigentes a la fecha del dictado de la presente resolución.

Que asimismo se establece una reserva de SEISCIENTAS (600) toneladas para aquellas empresas cuyas matrículas se encuentran canceladas.

Que la DELEGACION II de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de las facultades que le otorga el artículo 37 del Decreto N° 2284 del 31 de octubre de 1.991, modificado por su similar N° 2488 del 26 de noviembre de 1.991.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION RESUELVE:

Artículo 1°- Distribuir la cantidad de DIECINUEVE MIL TRESCIENTAS SETENTA Y OCHO (19.378) toneladas del total del cupo tarifario de VEINTIOCHO MIL (28.000) toneladas de cortes enfriados vacunos sin hueso de alta calidad, otorgado por la UNION EUROPEA a nuestro país para el período comprendido entre el 1° de julio de 1.997 y el 30 de junio de 1.998.

Art. 2°- Al total de VEINTIOCHO MIL (28.000) toneladas del mencionado cupo se le descuentan la cantidad de UN MIL QUINIENTAS CUARENTAY CINCO (1.545) toneladas destinada a PROYECTOS CONJUNTOS ENTRE FRIGORIFICOS, EXPORTADORES Y ASOCIACIONES DE CRIADORES Y/O GRUPOS DE PRODUCTORES DE RAZAS BOVINAS, TRES MIL CIENTO ONCE (3.111) toneladas, para dar cumplimiento a las medidas cautelares que se encuentran vigentes a la fecha del dictado de la presente resolución, NOVECIENTAS CINCUENTA Y OCHO (958) toneladas destinadas a plantas nuevas que se encuentran en vías de cumplimentar la totalidad de los requisitos para ser adjudicatarias de cuota, DOS MIL TRESCIENTAS CINCUENTA Y OCHO (2.358) toneladas en calidad de reserva para aquellos frigoríficos cuyas habilitaciones para exportar ante la UNION EUROPEA se encuentran momentáneamente suspendidas, SEISCIENTAS (600) toneladas en calidad de reserva para aquellas empresas cuyas matriculas se encuentran canceladas, CINCUENTA (50) toneladas destinadas a cubrir las diferencias de tonelaje que surja por la aplicación del artículo 2°, inciso c) de la Resolución N° 443 del 10 de julio de 1.997 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION.

Art. 3°- Las DIECINUEVE MIL TRESCIENTAS SETENTA Y OCHO (19.378) toneladas a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución se distribuirán entre los frigoríficos habilitados por la UNION EUROPEA, conforme a lo consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 4°- Déjase expresa constancia que la distribución a la que se refiere esta resolución, sólo quedará perfeccionada cuando los frigoríficos habilitados cumplimenten previamente todos los requisitos establecidos en la Resolución N° 443 del 10 de julio de 1.997 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, caso contrario no se emitirán los respectivos Certificados de Autenticidad de Cuota Hilton, conforme lo establecido en el artículo 19 de la citada resolución.

Art. 5°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Felipe C. Solá.

ANEXO

                                                              

ESTABLECIMIENTOS FRIGORIFICOS                   TONELADAS      

                                                              

CEPA                                                 3.036 961 

RIOPLATENSE                                                961 

QUICKFOOD                                                2.184 

AGROPATAGONICO                                             100 

CATTER MEAT S. A.                                          190 

CONSIGNACIONES RURALES                                     200 

FINEXCOR S. A.                                           1.750 

FRIAR S. A.                                              2.211 

INDEXER                                                    199 

FRIGOLOMAS S. A.                                           338 

FRIO. GORINA S. A.                                         228 

FRIGORIFICO LAFAYETTE S. A.                                144 

FRIGORIFICO UNO MAS S. A.                                  239 

IND. FRIO. NELSON S. A.                                    869 

MAT. Y FRIO. FEDERAL S. A.                                 200 

NUTRYTE NUTRICION Y TECNOLOGIA                             949 

SWIFT-ARMOUR S. A.                                       2.115 

VIGNA HNOS. SRL.                                           223 

VILLA OLGA                                                 389 

VIZENTAL Y CIA. S. A.                                      691 

CIA. PROCESADORA DE CARNES                                 241 

DEXAMAR                                                    100 

FRICARD                                                    100 

MACELLARIUS                                                158 

RD                                                         100 

FRIGO-OESTE                                                100 

MEATS                                                      100 

SADOWA                                                     200 

U.T.E. PILAGA-PERRIN                                       300 

ARRE-BEEF                                                  296 

HV                                                         100 

TRANSLINK                                                  367