BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "A" 2562. 17/7/97. Ref.: Circular CONAU 1-220. Actualización de las normas contables - Deudores del Sistema Financiero.

B.O: 31/7/97

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar las modificaciones introducidas en el régimen informativo de "Total de deudores" y "Principales deudores del Sistema Financiero", que se unificará en el de "Deudores del Sistema Financiero" y que tendrá vigencia a partir de las Informaciones correspondientes a setiembre -su presentación se efectuará el 20 de octubre del corriente año-.

Las empresas emisoras de tarjetas de crédito del sistema cerrado deberán declarar como "Total de deuda" de los titulares del sector no financiero el saldo impago, financiado por ellas o en mora, que surja del último "cierre" cuyo vencimiento para el pago se haya producido, más el monto de los cupones registrados cuyo vencimiento tenga lugar en el próximo "cierre".

Igual concepto deberán tener en cuenta las entidades financieras para determinar la deuda por tarjeta de crédito de sus clientes.

Además, a partir de la puesta en vigencia de esta comunicación, a los fines de lo especificado en el punto 3.2. Identificación, sólo se aceptará como "tipo" CUIT, CUIL o CDI.

Por último, se extiende al presente régimen, lo previsto en el punto 5 del Anexo I a la Comunicación "A" 2216 en el sentido de que a solicitud de los clientes incluidos en este régimen informativo, dentro de los 10 días corridos del pedido, la entidad financiera deberá comunicarles la última clasificación que les ha asignado junto con los fundamentos que la justifican según la evaluación realizada por la entidad, el importe total de deudas con el sistema financiero y las clasificaciones asignadas que surjan de la última información disponible en los "Deudores del Sistema Financiero".

En Anexo se acompañan las hoyas que corresponde incorporar o reemplazar en la Circular CONAU- 1.

ANEXOS: NOTA La documentación no publicada, puede ser consultada en la Sede Central de la Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).

e. 31/7 Nº 194.114 v. 31/7/97