Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

PESCA

Resolución 481/97

Derógase la Resolución N° 426/97, que estableciera que a los buques pesqueros arrastreros de más de quince metros de eslora, cuya captura de merluza hubbsi haya superado durante el año 1.996 un determinado porcentaje del total de lo capturado, se les aplicaría una reducción de los días de navegación durante el corriente año.

Bs. As., 28/7/97.

B.O.: 1/8/97.

VISTO el expediente N° 800-004275/97 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, y

CONSIDERANDO:

Que es responsabilidad indelegable del Estado la preservación de los distintos recursos destinados a la producción.

Que en tal sentido la SUBSECRETARIA DE PESCA ha iniciado, en esta nueva etapa de su gestión, el estudio integral de medidas que posibiliten reducir sustancialmente el esfuerzo pesquero al que se hallan sometidas determinadas especies.

Que con fecha 30 de junio de 1.997 se dictó la Resolución N° 426 del registro de esta SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION.

Que a través de la misma se estableció que a los buques pesqueros arrastreros de más de QUINCE (15) metros de eslora, cuya captura de merluza hubbsi haya superado durante el año 1.996 el QUINCE POR CIENTO (15 %) del total de lo capturado, se les aplicaría una reducción de los días de navegación durante el año 1.997, de acuerdo a los parámetros fijados por la citada norma.

Que resulta aconsejable en esta instancia, limitar la aplicación de medidas parciales, hasta tanto concluya el estudio mencionado precedentemente.

Que, atento ello, se considera oportuno derogar la Resolución N° 426 de fecha 30 de junio de 1.997, del registro de esta SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION.

Que la DELEGACION II de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente, de acuerdo a las facultades emanadas del Decreto N° 2236 de fecha 24 de noviembre de 1.991.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

Artículo 1°- Derógase la Resolución N° 426 de fecha 30 de junio de 1.997, del registro de esta SECRETARIA DE ACRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION.

Art. 2°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Felipe C. Solá.