Secretaría de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Resolución 706/97

Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por "Eaton Industrial y Comercial Sociedad Anónima".

Bs. As., 29/6/97

B.O: 1/8/97

VISTO el expediente Nº 060-001755,/97, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma "EATON INDUSTRIAL Y COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA", con domicilio en Ruta 8 Km. 36.500, José C. Paz, Provincia de Buenos Aires, solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de la industria automotriz, y

CONSIDERANDO:

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.l.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.l.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.

CONSIDERANDO:

Que la Delegación III de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en los artículos 6º y 14 del Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996 y en el artículo 1º de la Resolución ex-S.M. e Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.l.C. y M. Nº 175 del 26 de setiembre de 1996 y Resolución S.l.C. y M. Nº 29 del 11 de abril de 1997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1º-Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la firma "EATON INDUSTRIAL Y COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA" con domicilio en Ruta 8 Km. 36.500, José C. Paz, Provincia de Buenos Aires con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º-Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M . e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.l.C. y M. Nº 175 del 26 de setiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997 y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. Nº 060-001755/97.

Art. 3º -Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma "EATON INDUSTRIAL Y COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA" constituye domicilio especial en Reconquista 1166, Piso 10, Capital Federal, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4º-La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.

Art. 5º-Remítase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 6º-Notifíquese a la interesada.

Art. 7º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Alieto A. Guadagni.

Expediente Nº 060-001755/97

ANEXO A LA RESOLUCION S.l.C. y M. Nº 706

Empresa: EATON INDUSTRIAL Y COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA

Productos a Exportar                                                       

                                                                           

Posición N.C.M.                      Descripción                           

                                                                           

8708.92.00                           Ejes                                  

8708.50.90                           Partes                                

                                                                           

Productos a Importar:                                                      

Posición N.C.M.                      Descripción                           

                                                                           

8708.92.00                           Ejes                                  

870850.90                            Partes