Secretaría de Hacienda

DEUDA PUBLICA

Resolución 329/97

Dispónese la emisión de "Letras Externas de la República Argentina en Liras Italianas 10 % 1997-1999 7,625 % 1999-2007", y apruébase la octava modificación al "Acuerdo de Agencia" del "Programa de Letras Externas a Mediano Plazo".

Bs. As., 30/7/97

B.O: 4/8/97

VISTO el Expediente Nº 001-003214/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 24.156, la Ley Nº 24.764, el Decreto Nº 1588 de fecha 26 de julio de 1993, modificado por el Decreto Nº 1445 de fecha 12 de diciembre de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1588/93 modificado por el Decreto Nº 1445/96 se facultó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a través de la SECRETARIA DE HACIENDA a suscribir un Programa de Letras Externas a Mediano Plazo por un VALOR NOMINAL de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES ONCE MIL MILLONES (V.N. U$S 11.000.000.000.-), que puede ser utilizado dentro de sucesivos ejercicios fiscales: y autorizándolo asimismo, a contraer obligaciones externas cuyo saldo en circulación en todo momento no supere el importe del Programa.

Que por intermedio de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 280/96, en su artículo 1º se dispuso la ampliación de dicho Programa.

Que se ha llegado a un acuerdo para efectuar una colocación a DIEZ (10) años de plazo por un monto de hasta VALOR NOMINAL LIRAS ITALIANAS SETECIENTOS CINCUENTA MIL MILLONES (V.N. ITL. 750.000.000.000.), a través de un sindicato de bancos encabezado por el CHASE MANHATTAN INTERNATIONAL LlMITED.

Que se ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA especificada en el artículo 61 de la Ley Nº 24.156.

Que la DIRECCION DE ADMINISTRACION DE LA DEUDA PUBLICA ha informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la planilla anexa Nº 9 del artículo 6º de la ley Nº 24.764.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1445 de fecha 12 de Diciembre de 1996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1º.-Apruébase la octava modificación al "Acuerdo de Agencia'' del "Programa de Letras Externas a Mediano Plazo", cuya copia en idioma Inglés y su traducción al Castellano, obra como anexo a la presente Resolución, que permite adecuar los términos establecidos en el Programa a la posible unificación monetaria europea, esperada para Enero de 1999.

Art. 2º-Dispónese, en el marco del Programa de Letras Externas a Mediano Plazo, la emisión de "LETRAS EXTERNAS DE LA REPUBLICA ARGENTlNA EN LlRAS ITALIANAS 10% 1997 - 1999 Y 7,625 % 1999-2007" que serán colocadas a través de CHASE MANHATTAN INTERNATIONAL LIMITED, con fecha 11 de Agosto de 1997, de acuerdo con las siguientes caracteristicas financieras:

Serie Numero: 55

Monto: hasta un VALOR NOMINAL LIRAS ITALIANAS SETECIENTOS CINCUENTA MIL MILLONES (V.N. ITL. 750.000.000.000.-).

Plazo: DIEZ (10) años

Fecha de colocación: 11 de Agosto de 1997.

Vencimiento: 11 de Agosto de 2007.

Amortización: integra al vencimiento.

Tasa de interés fija: DIEZ POR CIENTO (10 %) hasta el 11 de agosto de 1999. A partir de esa fecha hasta el 11 de agosto de2007 la tasa será de SIETE CON SEISCIENTOS VEINTICINCO POR CIENTO (7,625 %). Ambas serán pagaderas anualmente.

Precio de emisión: CIEN CON NOVENTA POR CIENTO (100,90 %).

Precio de reoferta: NOVENTA Y NUEVE CON CINCUENTA POR CIENTO (99.50 %).

Comisión neta total: CERO CON SESENTA POR CIENTO (0.60 %).

Condición de Bono Tributario ("Tributary Bond"): a partir del 11 de agosto de 1999: si la REPUBLICA DE ITALIA entra en la "Unión Monetaria Europea" la REPUBLICA ARGENTINA, podrá sin el consentimiento de los tenedores de los títulos emitidos por la presente, redenominarlos a la nueva moneda a los tipos de cambio establecidos para tal conversión.

Gastos de colocación: DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MIL (U$S 50.000.-).

Gastos de traducción: hasta un importe maximo de PESOS DOS MIL ($ 2.000)..

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Pablo E. Guidotti.

NOTA: Esta Resolución se publica sin anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).