MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Resolución Nº 854/97

Bs. As., 25/7/97

B.O.: 08/08/97

VISTO el Expediente Nº 2912-2779/96 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION Y TURISMO DE LA PROVINCIA DE NEUQUEN y los Artículos 13 y 14, inciso d) de la Ley Nº 24.331, y

CONSIDERANDO:

Que la Comisión de Evaluación y Selección de la Zona Franca de Zápala, PROVINCIA DEL NEUQUEN, ha procedido a llamar a Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de la Administración y Explotación de dicha Zona Franca, en el marco de lo previsto en el Artículo 14, inciso c) de la Ley Nº 24.331.

Que como resultado de dicho proceso licitatorio, la citada Comisión de Evaluación y Selección ha procedido a adjudicar la Licitación a la empresa NEUQUEN PARA EL MUNDO SOCIEDAD ANONIMA, que resultará único oferente en dicho proceso.

Que tal como lo estipula la norma legal citada, la Comisión de Evaluación y Selección de la Zona de Zápala, PROVINCIA DEL NEUQUEN eleva a consideración de esta Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 24.331 las actuaciones del proceso licitatorio para que se proceda a la aprobación o rechazo de la Adjudicación, tal como lo contempla el Artículo 14, inciso d) de la Ley Nº 24.331.

Que al respecto se observaron inconvenientes para tal aprobación, en lo atinente a la integración del capital ya que no se acredita fehacientemente su suscripción; la inclusión en su Estado Patrimonial de un "Valor Llave" de DOSCIENTOS MIL PESOS ($ 200.000) dado que el capital mínimo exigido es de UN MILLON DE PESOS ($ 1.000.000); la inclusión dentro de su programa de inversiones de un aporte de capital de CATORCE MILLONES DE PESOS ($ 14.000.000) vía suscripción de acciones que deberían surgir de su oferta en cl mercado sin consignarse otras posibles fuentes de inversión en sustitución de un eventual fracaso en la colocación de las acciones y la inscripción de la Empresa ante la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, con anterioridad a su efectiva constitución legal.

Que las circunstancias señaladas obstan, a juicio de este Ministerio, para la aprobación de la adjudicación solicitada.

Que el Servicio Jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la Intervención que le compete en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7, inciso d) de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos, dictaminando que resulta procedente no aprobar el acto de adjudicación y rechazar la oferta de la empresa NEUQUEN PARA EL MUNDO SOCIEDAD ANONIMA.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 13 y 14, inciso d) de la Ley Nº 24.331.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º-No aprobar la Adjudicación para la Concesión de la Explotación de la Zona Franca de Zápala, PROVINCIA DEL NEUQUEN.

ARTICULO 2º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Dr. ROQUE BENJAMIN FERNANDEZ, Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos.

e. 8/8 Nº 194.546 v. 8/8/97