ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 222/2024

RESOL-2024-222-ANSES-ANSES

Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-56112492- -ANSES-DGDNYP#ANSES, las Resoluciones D.E.-N Nº 959 del 20 de noviembre de 2006 y GDNyP Nº 172 del 8 de noviembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario llevar adelante una SIMPLIFICACIÓN NORMATIVA, debiendo confeccionar textos actualizados de las Normas de Procedimiento.

Que, asimismo, se deberán aplicar mejoras continuas de procesos, a través de la utilización de las nuevas tecnologías y herramientas informáticas, utilizar e identificar los mejores instrumentos, los más innovadores y los menos onerosos, con el fin de agilizar procedimientos administrativos y reducir tiempos que afectan a los administrados.

Que el Manual de Procedimientos tiene la finalidad de recopilar todas las normativas relativas a las prestaciones y servicios que brinda la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), los procedimientos de apoyo y los procedimientos internos de cada una de las áreas, tendientes a garantizar un desempeño homogéneo en toda la organización.

Que el Manual de Procedimientos debe ser una herramienta de publicación interna de las Normas de Procedimiento de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL.

Que, en virtud de la experiencia acumulada desde la puesta en vigencia de la Resolución DE N° 959/2006, aprobatoria del Manual de Procedimientos, resulta necesario establecer una nueva estructura de naturaleza estable, independientemente de las diferentes configuraciones orgánico – funcionales que adopte esta Administración Nacional.

Que, tal reforma, trae aparejada la necesidad de propiciar la aprobación de una “Norma General” que establezca las pautas y las características que deben seguirse para el dictado de las normas y los procedimientos.

Que, de acuerdo con lo expresado en el Considerando precedente, resulta imprescindible unificar los criterios de redacción y presentación de las normas y procedimientos, a fin de contar con elementos homogéneos que aseguren su estandarización.

Que la Resolución GDNyP Nº 172/10 aprobó la Estructura del Manual de Procedimientos vigente para esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

Que la difusión de pautas claras es fundamental para el normal funcionamiento de las áreas operativas de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), a fin de homogeneizar los procedimientos internos, tendientes a evitar que una misma petición sea resuelta de modo distinto por las Oficinas de esta Administración Pública.

Que, en este mismo orden de ideas, se considera conveniente reemplazar el uso de las Circulares que afectan procedimientos, quedando derogada su utilización para dicho fin, a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.

Que, existiendo en la ANSES diversas normas de las áreas operativas, corresponde crear una COMISIÓN DE SEGUIMIENTO NORMATIVO, conformada por integrantes que determinarán la Secretaría General y la Secretaría Legal y Técnica, la cual analizará la necesidad de prorrogar la vigencia de las Normas de Procedimiento vigente.

Que, asimismo, corresponde determinar que la vigencia de todas las Normas de Procedimiento finalizará el próximo 31 de diciembre de 2024, fecha en la cual la COMISIÓN DE SEGUIMIENTO NORMATIVO presentará el nuevo Manual de Procedimientos con las Normas de Procedimiento actualizadas y vigentes, pudiendo la mencionada comisión proponer a la Dirección Ejecutiva prorrogar dicho plazo, por cuestiones operativas.

Que los procesos incluidos en el Manual de Procedimientos vigente se rigen supletoriamente por las disposiciones de la Ley de Procedimientos Administrativos vigente y sus reglamentaciones, cuando existan aspectos no previstos y/o no tratados expresamente de modo distinto en los procesos allí incluidos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del organismo ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Resolución se dicta de conformidad con las disposiciones establecidas en los Decretos Nros. 2741/91 y 178/24.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “Plan de Simplificación y Actualización de Normas de Procedimiento” que contiene, como ANEXO I N° IF-2024-56742003-ANSES-DGDNYP#ANSES, el nuevo Manual de Procedimientos, el cual consta de una Estructura General (Anexo I-1); una Apertura Temática (Anexo I-2); las Pautas para la Elaboración de Normas de Procedimiento (Anexo I-3) y un circuito de aprobación de Normas de Procedimiento (Anexo I-4), los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que toda Norma de Procedimiento será aprobada por la Dirección Ejecutiva y deberá contar con la intervención previa de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, mediante la emisión del correspondiente dictamen de legalidad.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que la Dirección General de Diseño de Normas y Procesos deberá:

a. Realizar los análisis objetivos en relación al diseño de los procesos y su normatización, como así también realizar la definición de requisitos operativos para su aplicación en los procesos administrativos y sistemas informáticos, en el marco de las normas vigentes y como responsables de las Normas de Procedimiento, instituidas por la presente resolución;

b. Analizar los procesos y generar definiciones para la concreción de los procedimientos administrativos, en el marco de las normas vigentes, con la intervención de la Dirección General de Control Prestacional y las áreas usuarias respectivas, según corresponda, remitiendo las mismas a la Dirección General de Tecnología de la Información y la Dirección General de Innovación de Procesos, para que realicen su desarrollo y aplicación;

c. Informar, a la Dirección General de Comunicaciones y Prensa, los procesos a implementarse en el organismo, para que los comunique en la Intranet de ANSES;

d. Poner en conocimiento de la Unidad de Auditoría Interna toda Norma de Procedimiento que se emita;

e. Mantener actualizados los contenidos de las Normas de Procedimiento en el Manual de Procedimientos, a través de un Texto Ordenado.

ARTÍCULO 4º.- Creáse una COMISIÓN DE SEGUIMIENTO NORMATIVO, conformada por integrantes que determinarán la Secretaría General y la Secretaría Legal y Técnica.

La Comisión creada por este articulo tendrá como objeto actualizar y adaptar, de resultar necesario, todas las Normas y Circulares a los circuitos aprobados en la presente resolución, hasta el próximo 31 de diciembre de 2024 inclusive, pudiendo requerir al Director Ejecutivo que prorrogue dicho plazo por cuestiones exclusivamente operativas.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1266/2024 de la Administración Nacional de la Seguridad Social B.O. 02/01/2025 se prorroga el plazo establecido en el presente artículo hasta el 30 de abril de 2025, inclusive; en virtud de los términos expuestos en la resolución de referencia)

ARTÍCULO 5º.- Déjase sin efecto el uso de Circulares que regulan los procedimientos, quedando prohibida su utilización para dicho fin a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- Derógase la Resolución D.E.-N Nº 959 de fecha 20 de noviembre de 2006, sus normas complementarias y toda norma que se oponga a la presente.

ARTÍCULO 7°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mariano de los Heros

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/06/2024 N° 35069/24 v. 04/06/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANSES


ANEXO I

(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 1238/2024 de la Administración Nacional de la Seguridad Social B.O. 27/12/2024. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina)

ESTRUCTURA GENERAL DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS



IF-2024-127179553-ANSES-DGDNYP#ANSES

ANEXO II

(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 1238/2024 de la Administración Nacional de la Seguridad Social B.O. 27/12/2024. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina)

APERTURA TEMÁTICA DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

Capítulo Activos (ACTI)



Capítulo Asignaciones Familiares (AAFF)


Capítulo Control (CTRL)


Capítulo Desempleo (DESE)


Capítulo Dirección Ejecutiva (DIEJ)


Capítulo Diseño de Procesos y Normas (DNYP)


Capítulo Finanzas (FINA)


Capítulo Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGSU)


Capítulo Innovación Prestacional (INPR)


Capítulo Jurídicos (JURI)


Capítulo Logística (LOGI)


Capítulo Obras Sociales (OOSS)


Capítulo Planeamiento (PLAN)


Capítulo Prestaciones (PRES)


Capítulo Previsional (PREV)


Capítulo Recursos Humanos (RRHH)


Capítulo Relaciones Institucionales (REIN)


Capítulo Secretaría General (SEGE)


Capítulo Secretaría Legal y Técnica (SELT)


Capítulo Sistemas (SIST)


Capítulo Subdirección Ejecutiva de Administración (SEDA)


Capítulo Unidad de Gabinete de Asesores (DUGA)


IF-2024-132204996-ANSES-DGDNYP#ANSES

ANEXO III

(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 1238/2024 de la Administración Nacional de la Seguridad Social B.O. 27/12/2024. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina)

PAUTAS PARA LA ELABORACIÓN DE NORMAS DE PROCEDIMIENTOS

CONCEPTOS GENERALES

Un procedimiento es un conjunto de pasos a seguir para el logro de un objetivo. Los procedimientos son rutinas repetitivas establecidas para que las operaciones se ejecuten en forma ordenada, consistente y con criterios uniformes a fin de facilitar su interpretación, seguimiento y control.

En cuanto a su contenido, un Procedimiento o Norma de Procedimiento debe considerar:

- Una descripción clara y precisa del tratamiento o curso de acción a seguir ante cada alternativa factible de ocurrencia (qué hacer, cómo hacerlo y cuándo hacerlo).

- Definición del responsable de la ejecución de cada tarea.

- Información requerida para la ejecución de dichas tareas.

- Información que se debe generar como consecuencia del resultado de la ejecución de cada una de las tareas.

- Formularios a utilizar, especificando emisor, oportunidad de emisión, cantidad de copias, instrucciones para el llenado de datos, distribución de las copias, etc.

- Archivos a utilizar, en cuanto a contenido, responsable, período de resguardo legal y operativo.

- Instrumentos idóneos para el ejercicio del control previo y posterior, con su correspondiente curso de acción, favoreciendo la implementación de un adecuado sistema de control interno

En cuanto a su forma, las Normas de Procedimiento:

Deben:

✓ ser claras y completas, tanto en su objetivo como en el ámbito de aplicación.

✓ tener una redacción uniforme, estilo y estructura iguales, alcanzar coherencia dentro del cuerpo del manual relacionado a la terminología utilizada, uso de abreviaturas, símbolos, gráficos y flujogramas.

✓ tener permanencia en el tiempo.

No deben:

✓ ser muy extensas a los fines de permitir un fácil proceso de actualización en lo referente a modificaciones y reemplazos.

✓ entrar en conflicto con otras normas.

ORIGEN

Una Norma de Procedimiento puede originarse, principalmente, por:

Leyes, Decretos, Resoluciones, etc, los cuales afectan directamente la operatoria de las Prestaciones y Servicios de ANSES.

La necesidad de hacer más eficiente, efectivo y uniforme el procedimiento vigente de un proceso determinado.

Planificación de procesos.

OBJETIVO

Optimizar y uniformar procesos de prestaciones y servicios para los trabajadores y para los pasivos, como así también para las áreas no prestacionales de ANSES, identificando acciones que permitan lograr una mejora significativa en términos de certeza, transparencia, uso de recursos tecnológicos disponibles y calidad de servicio para el usuario interno y externo.

Una norma se formula para satisfacer una necesidad concreta, por lo tanto, el primer paso es definir claramente cuál es la necesidad a satisfacer u "objetivo” de la norma.

La fijación del objetivo debe surgir de un acuerdo entre quien solicitó la elaboración de la norma y la autoridad administrativa con competencia para su aprobación y dictado, con un análisis de factibilidad legal de parte del servicio jurídico permanente del organismo. Puede ocurrir que, en el comienzo del análisis, el objetivo se defina en forma general sin precisar detalles, pero, a medida que se avanza en el relevamiento, se puede ampliar el objetivo original, incorporar aspectos no considerados e incluso cambiarlo.

El objetivo de la norma se expresa en términos de:

Prestaciones y servicios a suministrar.

Mantenimiento de recursos.

Optimización de las relaciones con beneficiarios, usuarios internos, otros organismos de gobierno y público en general.

APLICACIÓN

Las normas son de aplicación obligatoria constituyéndose en el único procedimiento de operación, no existiendo alternativas particulares y/o excepcionales que puedan implementarse en su reemplazo, sin la previa y expresa autorización de la autoridad administrativa con competencia para la modificación de la norma general.

CONTROL DE VIGENCIA

Con frecuencia, las condiciones que dieron origen a una norma se modifican con el correr del tiempo, por lo que dicha norma pierde vigencia o actualidad (ya sea, a través de una modificación en la legislación, reestructuración del organismo, sistematización, etc.) Para ello, las Áreas emisoras de las normas de procedimientos, deben desarrollar técnicas de seguimiento y/o evaluación, que permitan detectar este tipo de situaciones. Igual responsabilidad recaerá sobre el servicio jurídico permanente del organismo, quien deberá comunicar toda modificación normativa que pudiera significar una modificación o adecuación necesaria de los procedimientos o normativa interna del Organismo.


FORMA

1. Hoja: Tamaño A4 (210 mm. x 297 mm)

2. Márgenes:


3. Texto:


Los títulos de las normas de procedimientos

Deben:

✓ Ser concretos S Ser cortos

✓ Permitir identificar el tema que se desarrolla

No deben:

✓ Ser ambiguos

✓ Usar la forma "Norma de Procedimiento para...”

✓ Utilizar el nombre y número de una norma legal S Repetirse salvo en caso de reemplazo

4. Numeración de tareas:

✓ Identificar las áreas intervinientes como el 1er. nivel de la cascada.

✓ Para la numeración de tareas, utilizar la presentación en cascada, la cual no debe superar los tres (3) niveles más una viñeta (-).

✓ El texto debe estar definido con interlineado simple.

✓ El párrafo con espaciado posterior en 12 puntos.

ESTRUCTURA

I. Objetivo

Describir en forma clara, concreta y específica el propósito de la norma.

II. Alcance

Indicar el "desde” y "hasta” que abarca la norma. El "desde” está ligado, generalmente, con la primera acción y el "hasta” con el cumplimiento del objetivo.

III. Consideraciones Generales

Incluir todo comentario de relevancia para la interpretación de la norma. Especificar, cuando corresponda, si el procedimiento que se está describiendo responde a una norma de orden superior, indicando número y fecha. En este punto se debe indicar la unidad orgánica responsable del cumplimiento de los procedimientos en cuestión.

IV. Flujograma de Macronivel

Elaborar un diagrama de bloques, especificando las acciones de cada área en forma global.

V. Detalle de Tareas

Describir en forma lógica y secuencial, cada una de las acciones necesarias para el cumplimiento del objetivo.

- Las acciones se deben describir en tercera persona del presente (emite, archiva, controla, etc.)

- Luego de una acción de control o verificación, describir en primer término la acción del resultado positivo y luego la de resultado negativo.

- Las acciones de recepción y remisión o envío deben responder a la siguiente estructura:

DE QUIEN O A QUIEN, QUE COSA.

- La acción de archivo debe responder a la siguiente estructura:

QUE COSA, COMO, DONDE Y SI ES TRANSITORIO O DEFINITIVO

- Los anexos se numeran de acuerdo al orden en que son nombrados en el detalle de tareas.

- Todo documento que se presenta, circula como vehículo de información hasta que queda archivado o destruido en algún punto del procedimiento.

- No se deben describir en la norma acciones que desarrollen terceros.

VI. Anexos

Detallar en una página, que oficia de carátula, todos los anexos identificados con números romanos. A continuación, una copia de cada uno de ellos.

IF-2024-127179996-ANSES-DGDNYP#ANSES

ANEXO IV

(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 1238/2024 de la Administración Nacional de la Seguridad Social B.O. 27/12/2024. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina)

CIRCUITO DE APROBACIÓN DE NORMAS DE PROCEDIMIENTO

Dirección Requirente (siempre debe ser una Dirección General o superior)

1. Envía formulario digital a la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas solicitando la Norma de Procedimiento, con la siguiente información:

a. Proceso a crear, modificar o dar de baja;

b. Motivo de la solicitud;

c. Identificación de la Norma de Procedimiento si es baja o modificación de proceso;

d. Áreas y responsables del proceso;

e. Plazos de implementación del proceso (Legal o por Planificación).

Dirección General de Diseño de Procesos y Normas

2. Recibe el pedido y lo deriva a la Dirección bajo su órbita administradora del proceso.

Dirección Administradora del Proceso (dependiente de la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas)

3. Releva lo recibido por la Dirección Requirente analiza lo propuesto, su viabilidad legal y operativa y,

4. Convoca a reunirse con la Dirección General Requirente y a las Áreas Intervinientes en el proceso, para el análisis, elaboración y aprobación de una Norma de Procedimiento.

5. Una vez definido el borrador de la Norma de Procedimiento, lo envía a las Áreas Involucradas para tu intervención y aprobación.

Áreas Involucradas e Intervinientes

Las Áreas Intervinientes son aquellas que tienen participación directa en el proceso que se está normando y las Áreas Involucradas son aquellas que por normativa participan en la revisión y conformidad de la Norma de Procedimiento. Ellas son: Dirección General Innovación de Procesos, Dirección General de Tecnología de la Información y Comunicaciones, la Unidad de Auditoría Interna y la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

De acuerdo a su incumbencia, analizaran la viabilidad sistémica y tecnológica, la existencia de controles adecuados en el proceso propuesto, su gestión y factibilidad jurídica.

6. Las Áreas Involucradas, a excepción de la Unidad de Auditoría Interna, reciben la propuesta.

7. Realizan el análisis de su incumbencia.

8. Devuelven el análisis del proceso con sus recomendaciones a la Dirección Administradora del Proceso.

Dirección Administradora del Proceso (dependiente de la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas)

9. Recibe las recomendaciones de los involucrados y propone el proceso a las áreas intervinientes en el mismo, en base a los análisis realizados.

10. Consensua proceso definitivo, luego de encuentros para análisis, elaboración y aprobación en forma conjunta, con las demás áreas.

11. Elabora proyecto de Norma de Procedimiento definitivo.

12. Remite para su revisión, vía correo electrónico, a la Coordinación Manual de Procedimientos, proyecto de Norma de Procedimiento.

Coordinación Manual de Procedimientos (dependiente de la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas)

13. Recibe proyecto de Norma de Procedimiento, examina integralmente la misma, corrige errores (en caso de corresponder), y remite la mencionada normativa a la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas.

Dirección General de Diseño de Procesos y Normas

14. Revisa el proyecto de Norma de Procedimiento y envía a la Dirección Ejecutiva para su aprobación.

Dirección Ejecutiva

15. Aprueba el proyecto de Norma de Procedimiento y lo devuelve a la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas.

Dirección General de Diseño de Procesos y Normas

16. Con la aprobación de la Dirección Ejecutiva, ordena a la Dirección Administradora del Proceso que comience con el armado de Expediente Electrónico.

Dirección Administradora del Proceso (dependiente de la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas)

17. Envía el proyecto de Norma de Procedimiento aprobado por la Dirección Ejecutiva a las Áreas Involucradas y a las Áreas Intervinientes para su conformidad, vía correo electrónico con confirmación de lectura, comunicando que tienen un plazo determinado para las conformidades y/o observaciones.

Áreas Involucradas e Intervinientes

18. Reciben correo electrónico y dan la conformidad en el plazo establecido por la Norma de Procedimiento correspondiente.

19. Remiten conformidades a la Dirección Administradora del Proceso.

Dirección Administradora del Proceso (dependiente de la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas)

20. Caratula Expediente Electrónico en GDE, incluyendo formulario, antecedentes normativos, Informe Técnico, conformidades recibidas de las Áreas vía correo electrónico, proyecto de Norma de Procedimiento, proyecto de resolución, nota de elevación.

21. Remite Expediente Electrónico a la Coordinación Manual de Procedimientos.

Coordinación Manual de Procedimientos (dependiente de la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas)

22. Incorpora en el Expediente Electrónico la Norma de Procedimiento definitiva y remite el Expediente Electrónico a la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas.

Dirección General de Diseño de Procesos y Normas

23. Revisa el Expediente Electrónico, su contenido e integridad.

24. Envía Expediente Electrónico a la Unidad de Auditoria Interna para su opinión.

Unidad de Auditoria Interna

25. Analiza y devuelve Expediente Electrónico a la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas.

La intervención por parte de la Unidad de Auditoría Interna consiste en un análisis, en abstracto, del proyecto de Norma de Procedimiento, en el sentido expuesto. Ello, no obsta que, en posteriores tareas de control, donde pueda verificarse la implementación en concreto de los procedimientos normados y evaluarse sus resultados, las Normas de Procedimiento en cuestión puedan ser revisadas u observadas en miras al mantenimiento de un eficiente y eficaz sistema de control interno.

Dirección General de Diseño de Procesos y Normas

26. Recibe el Expediente Electrónico.

27. Revisa proyecto de resolución e incorpora el mismo en el Expediente Electrónico.

28. Remite el Expediente Electrónico a la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

Dirección General de Asuntos Jurídicos (dependiente de la Secretaría Legal y Técnica)

29. Revisa proyecto de resolución y emite dictamen legal como servicio jurídico permanente del organismo, adjuntando el mismo al Expediente Electrónico.

30. Remite Expediente Electrónico a la Dirección de Despacho.

Dirección de Despacho

31. Revisa Expediente Electrónico y toda su documentación y pasa a la firma a la Dirección Ejecutiva.

Dirección Ejecutiva

32. Recibe Expediente Electrónico y firma Resolución.

33. Envía Expediente Electrónico a la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas.

Dirección General de Diseño de Procesos y Normas

34. Recibe Expediente Electrónico con resolución firmada y lo envía a la Dirección Administradora del Proceso, para su guarda temporal.

35. Publica la Norma en el Manual de Procedimientos, a través de la Coordinación Manual de Procedimientos.

36. Informa de su publicación a la Unidad de Auditoria Interna.

Dirección Administradora del Proceso (dependiente de la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas)

37. Recibe Expediente Electrónico y lo envía a Guarda Temporal.

IF-2024-139955702-ANSES-DGDPYN#ANSES