ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 222/2024
RESOL-2024-222-ANSES-ANSES
Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-56112492- -ANSES-DGDNYP#ANSES, las
Resoluciones D.E.-N Nº 959 del 20 de noviembre de 2006 y GDNyP Nº 172
del 8 de noviembre de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario llevar adelante una SIMPLIFICACIÓN NORMATIVA,
debiendo confeccionar textos actualizados de las Normas de
Procedimiento.
Que, asimismo, se deberán aplicar mejoras continuas de procesos, a
través de la utilización de las nuevas tecnologías y herramientas
informáticas, utilizar e identificar los mejores instrumentos, los más
innovadores y los menos onerosos, con el fin de agilizar procedimientos
administrativos y reducir tiempos que afectan a los administrados.
Que el Manual de Procedimientos tiene la finalidad de recopilar todas
las normativas relativas a las prestaciones y servicios que brinda la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), los
procedimientos de apoyo y los procedimientos internos de cada una de
las áreas, tendientes a garantizar un desempeño homogéneo en toda la
organización.
Que el Manual de Procedimientos debe ser una herramienta de publicación
interna de las Normas de Procedimiento de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL.
Que, en virtud de la experiencia acumulada desde la puesta en vigencia
de la Resolución DE N° 959/2006, aprobatoria del Manual de
Procedimientos, resulta necesario establecer una nueva estructura de
naturaleza estable, independientemente de las diferentes
configuraciones orgánico – funcionales que adopte esta Administración
Nacional.
Que, tal reforma, trae aparejada la necesidad de propiciar la
aprobación de una “Norma General” que establezca las pautas y las
características que deben seguirse para el dictado de las normas y los
procedimientos.
Que, de acuerdo con lo expresado en el Considerando precedente, resulta
imprescindible unificar los criterios de redacción y presentación de
las normas y procedimientos, a fin de contar con elementos homogéneos
que aseguren su estandarización.
Que la Resolución GDNyP Nº 172/10 aprobó la Estructura del Manual de
Procedimientos vigente para esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
Que la difusión de pautas claras es fundamental para el normal
funcionamiento de las áreas operativas de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), a fin de homogeneizar los
procedimientos internos, tendientes a evitar que una misma petición sea
resuelta de modo distinto por las Oficinas de esta Administración
Pública.
Que, en este mismo orden de ideas, se considera conveniente reemplazar
el uso de las Circulares que afectan procedimientos, quedando derogada
su utilización para dicho fin, a partir de la entrada en vigencia de la
presente resolución.
Que, existiendo en la ANSES diversas normas de las áreas operativas,
corresponde crear una COMISIÓN DE SEGUIMIENTO NORMATIVO, conformada por
integrantes que determinarán la Secretaría General y la Secretaría
Legal y Técnica, la cual analizará la necesidad de prorrogar la
vigencia de las Normas de Procedimiento vigente.
Que, asimismo, corresponde determinar que la vigencia de todas las
Normas de Procedimiento finalizará el próximo 31 de diciembre de 2024,
fecha en la cual la COMISIÓN DE SEGUIMIENTO NORMATIVO presentará el
nuevo Manual de Procedimientos con las Normas de Procedimiento
actualizadas y vigentes, pudiendo la mencionada comisión proponer a la
Dirección Ejecutiva prorrogar dicho plazo, por cuestiones operativas.
Que los procesos incluidos en el Manual de Procedimientos vigente se
rigen supletoriamente por las disposiciones de la Ley de Procedimientos
Administrativos vigente y sus reglamentaciones, cuando existan aspectos
no previstos y/o no tratados expresamente de modo distinto en los
procesos allí incluidos.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del organismo ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Resolución se dicta de conformidad con las disposiciones establecidas en los Decretos Nros. 2741/91 y 178/24.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “Plan de Simplificación y Actualización de
Normas de Procedimiento” que contiene, como ANEXO I N°
IF-2024-56742003-ANSES-DGDNYP#ANSES, el nuevo Manual de Procedimientos,
el cual consta de una Estructura General (Anexo I-1); una Apertura
Temática (Anexo I-2); las Pautas para la Elaboración de Normas de
Procedimiento (Anexo I-3) y un circuito de aprobación de Normas de
Procedimiento (Anexo I-4), los cuales forman parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que toda Norma de Procedimiento será aprobada
por la Dirección Ejecutiva y deberá contar con la intervención previa
de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica, mediante la emisión del correspondiente
dictamen de legalidad.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que la Dirección General de Diseño de Normas y Procesos deberá:
a. Realizar los análisis objetivos en relación al diseño de los
procesos y su normatización, como así también realizar la definición de
requisitos operativos para su aplicación en los procesos
administrativos y sistemas informáticos, en el marco de las normas
vigentes y como responsables de las Normas de Procedimiento,
instituidas por la presente resolución;
b. Analizar los procesos y generar definiciones para la concreción de
los procedimientos administrativos, en el marco de las normas vigentes,
con la intervención de la Dirección General de Control Prestacional y
las áreas usuarias respectivas, según corresponda, remitiendo las
mismas a la Dirección General de Tecnología de la Información y la
Dirección General de Innovación de Procesos, para que realicen su
desarrollo y aplicación;
c. Informar, a la Dirección General de Comunicaciones y Prensa, los
procesos a implementarse en el organismo, para que los comunique en la
Intranet de ANSES;
d. Poner en conocimiento de la Unidad de Auditoría Interna toda Norma de Procedimiento que se emita;
e. Mantener actualizados los contenidos de las Normas de Procedimiento
en el Manual de Procedimientos, a través de un Texto Ordenado.
ARTÍCULO 4º.- Creáse una COMISIÓN DE SEGUIMIENTO NORMATIVO, conformada
por integrantes que determinarán la Secretaría General y la Secretaría
Legal y Técnica.
La Comisión creada por este articulo tendrá como objeto actualizar y
adaptar, de resultar necesario, todas las Normas y Circulares a los
circuitos aprobados en la presente resolución, hasta el próximo 31 de
diciembre de 2024 inclusive, pudiendo requerir al Director Ejecutivo
que prorrogue dicho plazo por cuestiones exclusivamente operativas.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1266/2024
de la Administración Nacional de la Seguridad Social B.O. 02/01/2025 se
prorroga el plazo establecido en el presente artículo hasta el 30 de
abril de 2025, inclusive; en virtud de los términos expuestos en la
resolución de referencia)
ARTÍCULO 5º.- Déjase sin efecto el uso de Circulares que regulan los
procedimientos, quedando prohibida su utilización para dicho fin a
partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- Derógase la Resolución D.E.-N Nº 959 de fecha 20 de
noviembre de 2006, sus normas complementarias y toda norma que se
oponga a la presente.
ARTÍCULO 7°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su
publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mariano de los Heros
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/06/2024 N° 35069/24 v. 04/06/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANSES
ANEXO I
(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 1238/2024
de la Administración Nacional de la Seguridad Social B.O. 27/12/2024.
Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la
República Argentina)
ESTRUCTURA
GENERAL DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
IF-2024-127179553-ANSES-DGDNYP#ANSES
ANEXO
II
(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 1238/2024
de la Administración Nacional de la Seguridad Social B.O. 27/12/2024.
Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la
República Argentina)
APERTURA
TEMÁTICA DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
Capítulo Activos (ACTI)
Capítulo Asignaciones Familiares (AAFF)
Capítulo Control (CTRL)
Capítulo Desempleo (DESE)
Capítulo Dirección Ejecutiva (DIEJ)
Capítulo Diseño de Procesos y Normas
(DNYP)
Capítulo Finanzas (FINA)
Capítulo Fondo de Garantía de
Sustentabilidad (FGSU)
Capítulo Innovación Prestacional (INPR)
Capítulo Jurídicos (JURI)
Capítulo Logística (LOGI)
Capítulo Obras Sociales (OOSS)
Capítulo Planeamiento (PLAN)
Capítulo Prestaciones (PRES)
Capítulo Previsional (PREV)
Capítulo Recursos Humanos (RRHH)
Capítulo Relaciones Institucionales
(REIN)
Capítulo Secretaría General (SEGE)
Capítulo Secretaría Legal y Técnica
(SELT)
Capítulo Sistemas (SIST)
Capítulo Subdirección Ejecutiva de
Administración (SEDA)
Capítulo Unidad de Gabinete de
Asesores (DUGA)
IF-2024-132204996-ANSES-DGDNYP#ANSES
ANEXO
III
(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 1238/2024
de la Administración Nacional de la Seguridad Social B.O. 27/12/2024.
Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la
República Argentina)
PAUTAS
PARA LA ELABORACIÓN DE NORMAS DE PROCEDIMIENTOS
CONCEPTOS GENERALES
Un procedimiento es un conjunto de pasos a seguir para el logro de un
objetivo. Los procedimientos son rutinas repetitivas establecidas para
que las operaciones se ejecuten en forma ordenada, consistente y con
criterios uniformes a fin de facilitar su interpretación, seguimiento y
control.
En cuanto a su contenido, un
Procedimiento o Norma de Procedimiento debe considerar:
- Una descripción clara y precisa del
tratamiento o curso de acción a seguir ante cada alternativa factible
de ocurrencia (qué hacer, cómo hacerlo y cuándo hacerlo).
- Definición del responsable de la ejecución de cada tarea.
- Información requerida para la ejecución de dichas tareas.
- Información que se debe generar como consecuencia del resultado de la
ejecución de cada una de las tareas.
- Formularios a utilizar, especificando emisor, oportunidad de emisión,
cantidad de copias, instrucciones para el llenado de datos,
distribución de las copias, etc.
- Archivos a utilizar, en cuanto a contenido, responsable, período de
resguardo legal y operativo.
- Instrumentos idóneos para el ejercicio del control previo y
posterior, con su correspondiente curso de acción, favoreciendo la
implementación de un adecuado sistema de control interno
En cuanto a su forma, las Normas de
Procedimiento:
Deben:
✓ ser claras y completas, tanto en su
objetivo como en el ámbito de aplicación.
✓ tener una redacción uniforme, estilo y estructura iguales, alcanzar
coherencia dentro del cuerpo del manual relacionado a la terminología
utilizada, uso de abreviaturas, símbolos, gráficos y flujogramas.
✓ tener permanencia en el tiempo.
No deben:
✓ ser muy extensas a los fines de
permitir un fácil proceso de actualización en lo referente a
modificaciones y reemplazos.
✓ entrar en conflicto con otras normas.
ORIGEN
Una Norma de Procedimiento puede originarse, principalmente, por:
Leyes, Decretos, Resoluciones, etc, los cuales afectan directamente la
operatoria de las Prestaciones y Servicios de ANSES.
La necesidad de hacer más eficiente, efectivo y uniforme el
procedimiento vigente de un proceso determinado.
Planificación de procesos.
OBJETIVO
Optimizar y uniformar procesos de prestaciones y servicios para los
trabajadores y para los pasivos, como así también para las áreas no
prestacionales de ANSES, identificando acciones que permitan lograr una
mejora significativa en términos de certeza, transparencia, uso de
recursos tecnológicos disponibles y calidad de servicio para el usuario
interno y externo.
Una norma se formula para satisfacer una necesidad concreta, por lo
tanto, el primer paso es definir claramente cuál es la necesidad a
satisfacer u "objetivo” de la norma.
La fijación del objetivo debe surgir de un acuerdo entre quien solicitó
la elaboración de la norma y la autoridad administrativa con
competencia para su aprobación y dictado, con un análisis de
factibilidad legal de parte del servicio jurídico permanente del
organismo. Puede ocurrir que, en el comienzo del análisis, el objetivo
se defina en forma general sin precisar detalles, pero, a medida que se
avanza en el relevamiento, se puede ampliar el objetivo original,
incorporar aspectos no considerados e incluso cambiarlo.
El objetivo de la norma se expresa en términos de:
Prestaciones y servicios a suministrar.
Mantenimiento de recursos.
Optimización de las relaciones con beneficiarios, usuarios internos,
otros organismos de gobierno y público en general.
APLICACIÓN
Las normas son de aplicación obligatoria constituyéndose en el único
procedimiento de operación, no existiendo alternativas particulares y/o
excepcionales que puedan implementarse en su reemplazo, sin la previa y
expresa autorización de la autoridad administrativa con competencia
para la modificación de la norma general.
CONTROL DE VIGENCIA
Con frecuencia, las condiciones que dieron origen a una norma se
modifican con el correr del tiempo, por lo que dicha norma pierde
vigencia o actualidad (ya sea, a través de una modificación en la
legislación, reestructuración del organismo, sistematización, etc.)
Para ello, las Áreas emisoras de las normas de procedimientos, deben
desarrollar técnicas de seguimiento y/o evaluación, que permitan
detectar este tipo de situaciones. Igual responsabilidad recaerá sobre
el servicio jurídico permanente del organismo, quien deberá comunicar
toda modificación normativa que pudiera significar una modificación o
adecuación necesaria de los procedimientos o normativa interna del
Organismo.
FORMA
1. Hoja: Tamaño A4 (210 mm. x 297 mm)
2. Márgenes:
3. Texto:
Los títulos de las normas de procedimientos
Deben:
✓ Ser concretos S Ser cortos
✓ Permitir identificar el tema que se desarrolla
No deben:
✓ Ser ambiguos
✓ Usar la forma "Norma de Procedimiento para...”
✓ Utilizar el nombre y número de una norma legal S Repetirse salvo en
caso de reemplazo
4. Numeración de tareas:
✓ Identificar las áreas intervinientes
como el 1er. nivel de la cascada.
✓ Para la numeración de tareas, utilizar la presentación en cascada, la
cual no debe superar los tres (3) niveles más una viñeta (-).
✓ El texto debe estar definido con interlineado simple.
✓ El párrafo con espaciado posterior en 12 puntos.
ESTRUCTURA
I.
Objetivo
Describir en forma clara, concreta y específica el propósito de la
norma.
II. Alcance
Indicar el "desde” y "hasta” que abarca la norma. El "desde” está
ligado, generalmente, con la primera acción y el "hasta” con el
cumplimiento del objetivo.
III. Consideraciones Generales
Incluir todo comentario de relevancia para la interpretación de la
norma. Especificar, cuando corresponda, si el procedimiento que se está
describiendo responde a una norma de orden superior, indicando número y
fecha. En este punto se debe indicar la unidad orgánica responsable del
cumplimiento de los procedimientos en cuestión.
IV. Flujograma de Macronivel
Elaborar un diagrama de bloques, especificando las acciones de cada
área en forma global.
V. Detalle de Tareas
Describir en forma lógica y secuencial, cada una de las acciones
necesarias para el cumplimiento del objetivo.
- Las acciones se deben describir en
tercera persona del presente (emite, archiva, controla, etc.)
- Luego de una acción de control o verificación, describir en primer
término la acción del resultado positivo y luego la de resultado
negativo.
- Las acciones de recepción y remisión o envío deben responder a la
siguiente estructura:
DE QUIEN O A QUIEN, QUE COSA.
- La acción de archivo debe responder a
la siguiente estructura:
QUE COSA, COMO, DONDE Y SI ES
TRANSITORIO O DEFINITIVO
- Los anexos se numeran de acuerdo al
orden en que son nombrados en el detalle de tareas.
- Todo documento que se presenta, circula como vehículo de información
hasta que queda archivado o destruido en algún punto del procedimiento.
- No se deben describir en la norma acciones que desarrollen terceros.
VI. Anexos
Detallar en una página, que oficia de carátula, todos los anexos
identificados con números romanos. A continuación, una copia de cada
uno de ellos.
IF-2024-127179996-ANSES-DGDNYP#ANSES
ANEXO
IV
(Anexo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 1238/2024
de la Administración Nacional de la Seguridad Social B.O. 27/12/2024.
Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la
República Argentina)
CIRCUITO
DE APROBACIÓN DE NORMAS DE PROCEDIMIENTO
Dirección Requirente (siempre debe ser
una Dirección General o superior)
1. Envía formulario digital a la
Dirección General de Diseño de Procesos y Normas solicitando la Norma
de Procedimiento, con la siguiente información:
a. Proceso a crear, modificar o dar de
baja;
b. Motivo de la solicitud;
c. Identificación de la Norma de Procedimiento si es baja o
modificación de proceso;
d. Áreas y responsables del proceso;
e. Plazos de implementación del proceso (Legal o por Planificación).
Dirección General de Diseño de
Procesos y Normas
2. Recibe el pedido y lo deriva a la
Dirección bajo su órbita administradora del proceso.
Dirección Administradora del Proceso
(dependiente de la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas)
3. Releva lo recibido por la Dirección
Requirente analiza lo propuesto, su viabilidad legal y operativa y,
4. Convoca a reunirse con la Dirección General Requirente y a las Áreas
Intervinientes en el proceso, para el análisis, elaboración y
aprobación de una Norma de Procedimiento.
5. Una vez definido el borrador de la Norma de Procedimiento, lo envía
a las Áreas Involucradas para tu intervención y aprobación.
Áreas Involucradas e Intervinientes
Las Áreas Intervinientes son aquellas
que tienen participación directa en el proceso que se está normando y
las Áreas Involucradas son aquellas que por normativa participan en la
revisión y conformidad de la Norma de Procedimiento. Ellas son:
Dirección General Innovación de Procesos, Dirección General de
Tecnología de la Información y Comunicaciones, la Unidad de Auditoría
Interna y la Dirección General de Asuntos Jurídicos.
De acuerdo a su incumbencia, analizaran
la viabilidad sistémica y tecnológica, la existencia de controles
adecuados en el proceso propuesto, su gestión y factibilidad jurídica.
6. Las Áreas Involucradas, a excepción de la Unidad de Auditoría
Interna, reciben la propuesta.
7. Realizan el análisis de su incumbencia.
8. Devuelven el análisis del proceso con sus recomendaciones a la
Dirección Administradora del Proceso.
Dirección Administradora del Proceso
(dependiente de la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas)
9. Recibe las recomendaciones de los
involucrados y propone el proceso a las áreas intervinientes en el
mismo, en base a los análisis realizados.
10. Consensua proceso definitivo, luego de encuentros para análisis,
elaboración y aprobación en forma conjunta, con las demás áreas.
11. Elabora proyecto de Norma de Procedimiento definitivo.
12. Remite para su revisión, vía correo electrónico, a la Coordinación
Manual de Procedimientos, proyecto de Norma de Procedimiento.
Coordinación Manual de Procedimientos
(dependiente de la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas)
13. Recibe proyecto de Norma de
Procedimiento, examina integralmente la misma, corrige errores (en caso
de corresponder), y remite la mencionada normativa a la Dirección
General de Diseño de Procesos y Normas.
Dirección General de Diseño de
Procesos y Normas
14. Revisa el proyecto de Norma de
Procedimiento y envía a la Dirección Ejecutiva para su aprobación.
Dirección Ejecutiva
15. Aprueba el proyecto de Norma de
Procedimiento y lo devuelve a la Dirección General de Diseño de
Procesos y Normas.
Dirección General de Diseño de
Procesos y Normas
16. Con la aprobación de la Dirección
Ejecutiva, ordena a la Dirección Administradora del Proceso que
comience con el armado de Expediente Electrónico.
Dirección Administradora del Proceso
(dependiente de la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas)
17. Envía el proyecto de Norma de
Procedimiento aprobado por la Dirección Ejecutiva a las Áreas
Involucradas y a las Áreas Intervinientes para su conformidad, vía
correo electrónico con confirmación de lectura, comunicando que tienen
un plazo determinado para las conformidades y/o observaciones.
Áreas Involucradas e Intervinientes
18. Reciben correo electrónico y dan la
conformidad en el plazo establecido por la Norma de Procedimiento
correspondiente.
19. Remiten conformidades a la Dirección Administradora del Proceso.
Dirección Administradora del Proceso
(dependiente de la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas)
20. Caratula Expediente Electrónico en
GDE, incluyendo formulario, antecedentes normativos, Informe Técnico,
conformidades recibidas de las Áreas vía correo electrónico, proyecto
de Norma de Procedimiento, proyecto de resolución, nota de elevación.
21. Remite Expediente Electrónico a la Coordinación Manual de
Procedimientos.
Coordinación Manual de Procedimientos
(dependiente de la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas)
22. Incorpora en el Expediente
Electrónico la Norma de Procedimiento definitiva y remite el Expediente
Electrónico a la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas.
Dirección General de Diseño de
Procesos y Normas
23. Revisa el Expediente Electrónico,
su contenido e integridad.
24. Envía Expediente Electrónico a la Unidad de Auditoria Interna para
su opinión.
Unidad de Auditoria Interna
25. Analiza y devuelve Expediente
Electrónico a la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas.
La intervención por parte de la Unidad de Auditoría Interna consiste en
un análisis, en abstracto, del proyecto de Norma de Procedimiento, en
el sentido expuesto. Ello, no obsta que, en posteriores tareas de
control, donde pueda verificarse la implementación en concreto de los
procedimientos normados y evaluarse sus resultados, las Normas de
Procedimiento en cuestión puedan ser revisadas u observadas en miras al
mantenimiento de un eficiente y eficaz sistema de control interno.
Dirección General de Diseño de
Procesos y Normas
26. Recibe el Expediente Electrónico.
27. Revisa proyecto de resolución e incorpora el mismo en el Expediente
Electrónico.
28. Remite el Expediente Electrónico a la Dirección General de Asuntos
Jurídicos.
Dirección General de Asuntos Jurídicos
(dependiente de la Secretaría Legal y Técnica)
29. Revisa proyecto de resolución y
emite dictamen legal como servicio jurídico permanente del organismo,
adjuntando el mismo al Expediente Electrónico.
30. Remite Expediente Electrónico a la Dirección de Despacho.
Dirección de Despacho
31. Revisa Expediente Electrónico y
toda su documentación y pasa a la firma a la Dirección Ejecutiva.
Dirección Ejecutiva
32. Recibe Expediente Electrónico y
firma Resolución.
33. Envía Expediente Electrónico a la Dirección General de Diseño de
Procesos y Normas.
Dirección General de Diseño de
Procesos y Normas
34. Recibe Expediente Electrónico con
resolución firmada y lo envía a la Dirección Administradora del
Proceso, para su guarda temporal.
35. Publica la Norma en el Manual de Procedimientos, a través de la
Coordinación Manual de Procedimientos.
36. Informa de su publicación a la Unidad de Auditoria Interna.
Dirección Administradora del Proceso
(dependiente de la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas)
37. Recibe Expediente Electrónico y lo
envía a Guarda Temporal.
IF-2024-139955702-ANSES-DGDPYN#ANSES