PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 470/2024
DA-2024-470-APN-JGM - Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 05/06/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-53201541-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.701
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 88 del 26
de diciembre de 2023, el Decreto N° 280 del 26 de marzo de 2024 y la
Decisión Administrativa N° 5 del 11 de enero de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario adecuar el presupuesto vigente de diversas
Jurisdicciones y Entidades del SECTOR PÚBLICO NACIONAL, con el objeto
de afrontar gastos impostergables para su normal funcionamiento.
Que la presente adecuación presupuestaria contempla, entre otras
cuestiones, el refuerzo de los créditos de gastos en personal, con el
fin de atender necesidades vigentes en materia salarial, de gastos de
funcionamiento y equipamiento de las Jurisdicciones y Entidades de la
Administración Nacional.
Que es preciso incrementar los créditos vigentes del H. SENADO DE LA
NACIÓN y de la DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA NACIÓN, organismos actuantes
en el ámbito del PODER LEGISLATIVO NACIONAL, a efectos de posibilitar
su normal funcionamiento.
Que es necesario incrementar el presupuesto vigente de la DEFENSORÍA
GENERAL DE LA NACIÓN, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO
PÚBLICO DE LA DEFENSA, con el fin de afrontar sus necesidades
específicas.
Que se incrementa el presupuesto de la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con el fin de atender el pago del
refuerzo de ingreso previsional para beneficiarios de pensiones no
contributivas.
Que resulta necesario incorporar refuerzos de crédito para gastos
operativos financiados con Fuente de Financiamiento 22 – Crédito
Externo en el marco del Programa de Apoyo a la Inclusión Social de las
Personas Con Discapacidad y del Programa Promoción del Modelo Social de
la Discapacidad en Municipios.
Que es menester incrementar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
JUSTICIA con el objeto de afrontar, entre otros gastos de
funcionamiento, el costo de la prórroga del servicio de supervisión,
monitoreo, rastreo de parejas de agresores y víctimas de Violencia de
Género; y la adquisición de equipamiento informático y mobiliario para
la implementación del sistema acusatorio previsto en el Código Procesal
Penal.
Que corresponde adecuar el presupuesto vigente del ESTADO MAYOR GENERAL
DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en el
ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, con el objeto de incorporar aviones
de caza Multirol y recuperar la capacidad de las operaciones
aeroespaciales en la VI Brigada Aérea de Tandil, en la Provincia de
BUENOS AIRES.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto de la SECRETARÍA DE
ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con destino al proyecto “Reversión
del Gasoducto Norte”.
Que resulta oportuno reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
SALUD con el fin de atender la compra de vacunas y medicamentos en el
marco de varios programas, así como las Ayudas Sociales a Personas y
Asignaciones Familiares del Programa de Cobertura Sanitaria
Compensatoria en el ámbito de la Dirección de Asistencia Directa por
Situaciones Especiales.
Que es menester incrementar el presupuesto de la SECRETARÍA NACIONAL DE
NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO con el
fin de afrontar la Prestación Alimentar hasta el mes de julio de 2024.
Que corresponde incrementar el presupuesto de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), organismo descentralizado
actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL de la
SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE
CAPITAL HUMANO, destinado a atender gastos operativos del Organismo.
Que resulta necesario reforzar el presupuesto destinado a la atención
de la prestación por Desempleo en virtud de lo dispuesto por la
Resolución N° 9 del 2 de mayo de 2024 del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO,
LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL del MINISTERIO DE
CAPITAL HUMANO.
Que es menester reforzar las transferencias al INSTITUTO NACIONAL DE
SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, ente del SECTOR
PÚBLICO NACIONAL actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD.
Que es necesario adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la
órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO,
destinados a las Empresas BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA,
empresa del SECTOR PÚBLICO NACIONAL actuante en el ámbito de la
SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMÍA; FÁBRICA ARGENTINA
DE AVIONES “BRIGADIER SAN MARTÍN” SOCIEDAD ANÓNIMA, empresa del SECTOR
PÚBLICO NACIONAL actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA y a
ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, empresa del SECTOR PÚBLICO NACIONAL
actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
Que por el artículo 2° del Decreto N° 280/24 se sustituyó el artículo
6° de la Ley N° 27.701, determinando el total de cargos y horas de
cátedra para cada Jurisdicción y Entidad de la Administración Nacional.
Que resulta necesario distribuir los cargos y horas de cátedra en el marco del citado artículo 6°.
Que a los fines estrictamente presupuestarios, las modificaciones de
los créditos presupuestarios de las áreas involucradas en la
reorganización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL, se realiza con
cargo a las denominaciones presupuestarias de origen.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus
modificatorias y por los artículos 6°, 8° y 9° de la Ley N° 27.701 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 88/23.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2024, de acuerdo con el detalle obrante en
las PLANILLAS ANEXAS (IF-2024-55138383-APN-SSP#MEC) al presente
artículo, que forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Distribúyense los cargos y horas de cátedra en el marco
de lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley N° 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, vigente
conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus
modificatorias, en los términos del Decreto N° 88/23, sustituido por el
artículo 2° del Decreto N° 280 del 26 de marzo de 2024, de acuerdo con
el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-55138544-APN-SSP#MEC)
al presente artículo que integra la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Francos - Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/06/2024 N° 36116/24 v. 06/06/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)