DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Resolución Sintetizada 37/2024
Resolución Sintetizada RESOL-2024-37-E-DDP-DPSCA
EXPTE. EX 2024-00006429--DDP-DMGEYAG#DPSCA – DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Buenos Aires,31 de mayo de 2024
LA TITULAR DE LA DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL RESUELVE:
1º: Incorpórase como último párrafo del artículo 10° del Anexo a la
Resolución N°8 de fecha 4 de febrero de 2014, el texto que a
continuación se detalla: “Facultase a la DIRECCION DE ADMINISTRACION a
aceptar dichas renuncias”.
2º: Modifícase el artículo 167° del Anexo aprobado por Resolución N°8
de fecha 4 de febrero de 2014, el que quedará redactado de la siguiente
manera: “ARTICULO 167. El valor del módulo será el que se determine de
acuerdo al Artículo 19 de la Ley 24.600 y se aplicará automáticamente
en tanto el Organismo no cuente con su propia Comisión Negociadora y/o
la misma no se encuentre en funcionamiento.”
3º: Modifícase el artículo 51° del Anexo aprobado por Resolución N°8 de
fecha 4 de febrero de 2014, el que quedará redactado de la siguiente
manera: “ARTICULO 51°: Delegación de facultades. Facúltase al
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DEL EMPLEO de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN a
conceder las licencias ordinarias y especiales, justificaciones y
franquicias del presente régimen. Las licencias extraordinarias serán
otorgadas por el/la Defensor/a del Público de Servicios de Comunicación
Audiovisual a excepción de las mencionadas en el Artículo 62° inciso e)
y f), las que podrán ser concedidas por acto administrativo de la
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN.”
4º: Incorpórase el inciso d) al artículo 66° del Anexo a la Resolución
N°8 de fecha 4 de febrero de 2014, el que quedará redactado de la
siguiente manera: “d) POR FUNCIONES GREMIALES: Franquicia relativa al
ejercicio de funciones de los/as Delegados/as Gremiales. Los/as agentes
elegidos/as como representantes del personal gozarán de las horas que
su actividad demande. Para el goce de la mencionada franquicia las
asociaciones sindicales con personería gremial y representación
efectiva en el ámbito de actuación de la DEFENSORIA DEL PUBLICO DE
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, deberán remitir a la misma, la
nómina de delegados/as elegidos/as como representantes del personal,
indicando por escrito nombre y apellido, número de legajo, lugar de
trabajo y fecha de iniciación y cese del mandato.”
5°: Regístrese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, comuníquese y archívese.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la
página WEB de la DEFENSORIA DEL PUBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL. https://defensadelpublico.gob.ar/actos administrativos/
Miriam Lewin, Defensora.
e. 07/06/2024 N° 36230/24 v. 07/06/2024