ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 135/2024

RESOL-2024-135-APN-ANAC#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 10/06/2024

VISTO, el Expediente N° EX-2024-28686654- -APN-DGDYD#JGM, la Ley N°17.285 (Código Aeronáutico), los Decretos N° 92 de fecha 15 de enero de 1970 y N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Marcos Ernesto CORNEJO KREBS (CUIT N° 20-22.730.447-3) en su carácter de presidente del AEROCLUB RÍO DE LA PLATA (CUIT N° 33-59332105-9), mediante la Nota de fecha 19 de marzo de 2024, solicitó el cambio de la denominación del Aeródromo público EZPELETA (EZP) por la denominación de Aeródromo público BERAZATEGUI / ALAS DE MALVINAS (BGI).

Que resulta justificado dar lugar a la solicitud formulada, con el objeto de adecuar el emplazamiento del Aeródromo a su ubicación geográfica real, como así también con el objeto de coadyuvar a la construcción de su identidad en el Municipio en el cual se inserta socialmente.

Que, dicha solicitud se encuentra fundada en una modificación debidamente esclarecida en el Acta de Asamblea del citado Aeroclub.

Que de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 92 de fecha 15 de enero de 1970, la identificación de los Aeropuertos y Aeródromos se realizará adoptando el nombre del Municipio, localidad o accidente geográfico más cercano a estos o bien de la localidad más importante a la que sirven.

Que, reunidos todos los antecedentes previamente mencionados la Dirección de Aeródromos (DA), dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIYSA) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), informo que no surgen objeciones para proceder al cambio de denominación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIYSA) dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIONES DE NAVEGACIÓN AÉREA (DNINA) dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 27 del Código Aeronáutico Ley N° 17.285 y por el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Modifíquese la denominación del Aeródromo público “EZPELETA” (EZP), de la Provincia de BUENOS AIRES, por Aeródromo público “BERAZATEGUI / ALAS DE MALVINAS” (BGI), de la Provincia de BUENOS AIRES, a partir de la firma de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al AEROCLUB RÍO DE LA PLATA (CUIT N° 33-59332105-9), a la Dirección Regional Centro (DRCE) dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIYSA) y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIONES DE NAVEGACIÓN AÉREA (DNINA) ambas dependientes de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), difúndase la presente Resolución mediante las publicaciones de Información Aeronáutica.

ARTÍCULO 3º.- Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL, y cumplido archívese

Gustavo Miguel Maron

e. 12/06/2024 N° 37332/24 v. 12/06/2024