MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 517/2024

RESOL-2024-517-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 13/06/2024

VISTO el EX-2024-55068196- -APN-SSLE#MSG, el Decreto N° 456 del 3 de agosto de 2022 y el Decreto Nº 8 del 2 de enero del 2024, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 8 del 2 de enero del 2024 en su anexo establece que es objetivo de la SUBSECRETARÍA LEGAL:”12. Intervenir en la tramitación de los sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en el Ministerio.”

Que el Reglamento de Investigaciones Administrativas aprobado por el Decreto N° 456/2022 del 3 de agosto de 2022 establece en su Artículo 4 que “La información sumaria o el sumario serán siempre instruidos en la jurisdicción donde se produzca el hecho.”

Que, a mayor precisión, los Artículos 6, 19, 118, 119, 121, 123, 124 y 127 del Reglamento de Investigaciones Administrativas refieren intervención por parte de la denominada OFICINA DE SUMARIOS en el procedimiento normado.

Que el Reglamento de Investigaciones Administrativas impone tareas de interacción con la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, la PROCURADURÍA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS, la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y Juzgados intervinientes.

Que existen tareas administrativas de manejo de registros, respuesta de requerimientos y confección de informes vinculados a las investigaciones administrativas de este MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que los INSTRUCTORES y SECRETARIOS ACTUANTES intervienen en las investigaciones administrativas bajo designación y aceptación de cargo en expedientes de carácter confidencial.

Que actualmente no existiendo OFICINA DE SUMARIOS todo evento debe ser reportado directamente a la SUBSECRETARÍA LEGAL.

Que, por tal motivo, se considera apropiada la conformación de un ámbito de trabajo unificado con miras a la aplicación del Reglamento de Investigaciones Administrativas.

Que, en función de ello, se estima necesaria la constitución de una UNIDAD DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS equiparable al concepto de OFICINA DE SUMARIOS con el objeto de gestionar tareas administrativas y la organización en la tramitación de las Informaciones Sumarias y Sumarios de esta jurisdicción en los términos procedimentales que lo establece el Reglamento de Investigaciones Administrativas.

Que la mencionada UNIDAD contará con un Titular, Instructores y Secretarios Actuantes con la finalidad de la normal prosecución de las investigaciones administrativas.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado de la presente medida en virtud de lo prescripto en los artículos 4º, inciso b), apartado 9, y 22 bis de la Ley N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase la UNIDAD DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS en el ámbito de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio.

ARTÍCULO 2°.- El Titular de la UNIDAD DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS será designado por la máxima autoridad de este Ministerio.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase la misión de la UNIDAD DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS, las funciones que tendrá a cargo el titular de la UNIDAD DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS, y la integración de personal del área, de conformidad con el considerando de la presente y con el detalle obrante en el Anexo registrado bajo el IF-2024-55124632-APN-SSLE#MSG, el cual forma parte integrante de la presente medida

ARTÍCULO 4°.- La presente medida no implica erogación presupuestaria alguna al ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 5°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Patricia Bullrich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 14/06/2024 N° 38297/24 v. 14/06/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


UNIDAD DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS

MISIÓN:

Sustanciar los sumarios disciplinarios en jurisdicción del MINISTERIO DE SEGURIDAD, comprendiendo todas las diligencias y actos contemplados en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

Instruir los sumarios o informaciones sumarias, a los efectos de determinar existencia de perjuicio fiscal, comprendiendo todas las diligencias y actos regulados en la ley precitada, decretos reglamentarios y normas complementarias.

Instruir de sumarios administrativos instados por la COMISION DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y TRATO.

FUNCIONES:

1. Realizar el análisis de cuestiones que pudieran dar lugar a la promoción de informaciones sumarias o sumarios administrativos disciplinarios y patrimoniales y asesorar sobre su viabilidad.

2. Elaborar proyectos de denuncias a instaurar por el funcionario autorizado ante la Justicia Penal competente, cuando del sumario administrativo surgieran indicios de haberse cometido delito que dé nacimiento a la acción pública, de acuerdo con lo previsto por el Código Procesal Penal de la Nación.

3. Asistir en la elaboración de todo planteo vinculado al área de su competencia que deba ser sometido a la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACIÓN, a la PROCURADURIA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS, a la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, a la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO

PUBLICO, a la Unidad de Auditoría Interna y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y/o a cualquier otro organismo que corresponda.

4. Intervenir en todos los pedidos de rehabilitación que se formulen, evaluando y considerando cada situación en particular y la viabilidad o no de la solicitud respectiva.

5. Colaborar con las áreas intervinientes en el análisis y seguimiento de las actuaciones disciplinarias sustanciadas en las fuerzas policiales y de seguridad.

6. Colaborar y prestar asistencia técnica a la oficina de sumarios de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA.

7. Asistir a la SUBSECRETARÍA LEGAL en el estudio de reclamos y recursos vinculados a actuaciones disciplinarias.

8. Asesorar en lo que hace a su competencia a la SUBSECRETARÍA LEGAL en los sumarios disciplinarios de las fuerzas policiales y de seguridad.

9. Entender en la formulación e implementación de programas de información al personal, relativos a los derechos que les asisten ante la instrucción de un sumario.