MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN
Disposición 106/2024
DI-2024-106-APN-SSIYF#MS
Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2024
VISTO el expediente N° EX-2024-20095888- -APN-DNCSSYRS#MS del registro
del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes N° 17.132 y N° 23.873, los Decretos
PEN N° 10/ 2003 y N° 587/2004, la Resolución MS N° 956/2010 y N°
1448E/2016 y,
CONSIDERANDO:
Que el ordenamiento racional, la planificación y distribución de los
Recursos Humanos en Salud son un componente central de las políticas de
Recursos Humanos en Salud.
Que la Ley N° 17.132, su modificatoria la Ley N° 23.873 y sus Decretos
reglamentarios determinan las alternativas de requerimientos que un
profesional odontólogo debe cumplir para anunciarse como especialista
en una especialidad determinada.
Que las especialidades odontológicas reconocidas fueron armonizadas con
las jurisdicciones provinciales y aprobadas por la Resolución MS N°
956/2010.
Que entre dichas especialidades médicas se encuentra la especialidad de ORTODONCIA Y ORTOPEDIA MAXILAR.
Que el CÍRCULO ARGENTINO DE ODONTOLOGÍA (CAO) ha solicitado el
reconocimiento como entidad certificante para la especialidad de
ORTODONCIA Y ORTOPEDIA MAXILAR.
Que la Resolución MS 1448-E/2016 establece los requisitos que deben
cumplir las entidades científicas para el otorgamiento de dicho
reconocimiento.
Que el CÍRCULO ARGENTINO DE ODONTOLOGÍA (CAO) ha acreditado cumplir con los requisitos establecidos en dicho procedimiento.
Que las modalidades de certificación que ha informado el CÍRCULO
ARGENTINO DE ODONTOLOGÍA (CAO) están en concordancia con lo establecido
por la Ley N° 17132, leyes modificatorias y sus decretos reglamentarios.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN
SANITARIA y la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y
SANIDAD DE FRONTERAS han tomado la intervención correspondiente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución MS N° 1448-E/2016.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Renuévase el reconocimiento del CÍRCULO ARGENTINO DE
ODONTOLOGÍA (CAO) como entidad científica certificante de la
especialidad de ORTODONCIA Y ORTOPEDIA MAXILAR.
ARTÍCULO 2°.- El reconocimiento dispuesto por el artículo anterior
tendrá una duración de CINCO (5) años a partir de la publicación de la
presente y deberá ser renovado con los mismos requerimientos con un
mínimo de TREINTA (30) días previo a su vencimiento, acorde lo
dispuesto por la Resolución MS N° 1448-E/2016.
ARTÍCULO 3°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN,
FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS a otorgar la autorización para
anunciarse como especialistas en ORTODONCIA Y ORTOPEDIA MAXILAR a los
profesionales odontólogos que presenten una certificación de la
especialidad extendida por el CÍRCULO ARGENTINO DE ODONTOLOGÍA (CAO) en
los términos que su reglamentación interna lo contempla.
ARTÍCULO 4°.- Todo cambio en los mecanismos de certificación del
CÍRCULO ARGENTINO DE ODONTOLOGÍA (CAO) deberá ser previamente
autorizado por este MINISTERIO. Este incumplimiento dará lugar a la
revocación del presente reconocimiento.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Enrique Alberto Rifourcat
e. 15/07/2024 N° 45303/24 v. 15/07/2024